B¨¢rcenas trabaja como contable de su hijo para disfrutar de 15 horas libre al d¨ªa
El extesorero del PP, que tambi¨¦n colaborar¨¢ en un comedor social, sale del centro penitenciario de r¨¦gimen abierto entre las 7.30 y las 23.00 horas
La situaci¨®n penitenciaria del exsenador y extesorero del PP Luis B¨¢rcenas ha dado un giro radical en los ¨²ltimos d¨ªas. De permanecer en r¨¦gimen cerrado en la c¨¢rcel de Soto del Real (Madrid), sin poder salir m¨¢s que cuando se le conced¨ªa un permiso, ha pasado a poder abandonar durante m¨¢s de 15 horas al d¨ªa el centro de inserci¨®n social del centro de la capital en las que desde la semana pasada cumple su condena en semilibertad, seg¨²n detallan a EL PA?S fuentes penitenciarias y confirma la defensa del pol¨ªtico.
En concreto, el extesorero est¨¢ autorizado a salir desde las 7.30 de la ma?ana hasta las 23.00 horas, adem¨¢s de pasar todos los fines de semana y festivos en su domicilio, despu¨¦s de que haya justificado ante la Secretar¨ªa General de Instituciones Penitenciarias que tiene un trabajo como contable para una empresa de su hijo Guillermo, m¨²sico y l¨ªder de la banda Taburete, y que est¨¢ apuntado como voluntario en el comedor social regentado por una orden religiosa, detallan fuentes de su defensa. Esta ¨²ltima actividad a¨²n no la ha iniciado. ¡°Est¨¢ a la espera de que le llamen¡±, a?aden estas ¨²ltimas fuentes.
Sobre B¨¢rcenas pesa la condena de 29 a?os y un mes de prisi¨®n que, en octubre de 2020, le impuso el Tribunal Supremo por su implicaci¨®n en el caso G¨¹rtel, aunque un tribunal fij¨® posteriormente que el tiempo m¨¢ximo que deb¨ªa pasar en prisi¨®n no pod¨ªa superar los 12 a?os, que se corresponde con el triple de la pena de su delito m¨¢s grave, en este caso, los de blanqueo de capitales y contra la Hacienda P¨²blica, penados ambos con cuatro a?os de c¨¢rcel. De esos 12 a?os, ya ha cumplido m¨¢s de la mitad: seis a?os y dos meses.
El cambio en la situaci¨®n penitenciaria de B¨¢rcenas es fruto de la reciente decisi¨®n del Ministerio del Interior de aplicarle el art¨ªculo 100.2 del Reglamento Penitenciario, una norma que permite flexibilizar el r¨¦gimen de vida penitenciario de un recluso en segundo grado (el ordinario, en el que est¨¢ m¨¢s del 70% de los condenados en Espa?a) para disfrutar de parte de los beneficios de los reclusos clasificados en tercer grado o r¨¦gimen abierto.
En aquella decisi¨®n pes¨® que el extesorero hab¨ªa disfrutado ya de una veintena de permisos de salida sin ning¨²n incidente (el ¨²ltimo, para pasar esta Nochebuena en su domicilio), hab¨ªa mostrado un buen comportamiento durante su encarcelamiento y estaba participando en un programa de reinserci¨®n que incluye encuentros grupales de justicia restaurativa con v¨ªctimas de diferentes delitos. El ¨²ltimo, con una mujer que hab¨ªa sufrido un delito sexual, seg¨²n detallan fuentes de su defensa. Estos programas, que son de participaci¨®n voluntaria, no llevan aparejados ning¨²n beneficio penitenciario, pero Prisiones s¨ª los tiene en cuenta a la hora de concederlos.
Tras la decisi¨®n de Interior, B¨¢rcenas ingres¨® el 27 de diciembre en el Centro de Inserci¨®n Social Victoria Kent (en el centro de Madrid y donde cumplen condena los presos en semilibertad). All¨ª fue entrevistado ese mismo d¨ªa por el educador, el jurista, el psic¨®logo y el trabajador social del centro, y sometido a una revisi¨®n por parte del servicio de enfermer¨ªa. Dos d¨ªas despu¨¦s, la junta de tratamiento ¨Dun ¨®rgano formado por profesionales penitenciarios, entre ellos los que le entrevistaron¨D dise?¨® el plan de ejecuci¨®n que debe seguir el extesorero para lo que le resta de la pena, incluido el horario de salidas que le va a permitir pasar gran parte del d¨ªa fuera del centro al que solo acude ya a dormir entre el lunes y el jueves. No obstante, fuentes de la defensa del extesorero recalcan que la medida a¨²n no es firme y que puede ser recurrida por la Fiscal¨ªa ante el juez de vigilancia penitenciaria en primera instancia y, posteriormente, ante el tribunal de la Audiencia Nacional que le juzg¨®.
En mayo, la junta de tratamiento volver¨¢ a analizar la clasificaci¨®n penitenciaria de B¨¢rcenas. El extesorero aspira a que entonces se le clasifique en tercer grado o r¨¦gimen abierto, una situaci¨®n que no cambiar¨ªa sustancialmente el d¨ªa a d¨ªa que ha empezado a disfrutar ahora, pero que resulta fundamental para que pueda pedir la libertad condicional, adelantada en septiembre de 2024. Seg¨²n los c¨¢lculos realizados por este diario, en ese momento habr¨¢ cumplido dos terceras partes de la pena de 12 a?os.
Para aspirar a esta libertad, regulada por el art¨ªculo 90.2 del C¨®digo Penal, el preso debe haber cumplido esa parte de condena y estar clasificado en tercer grado, adem¨¢s de cumplir otros requisitos, como haber tenido un buen comportamiento y haber ¡°desarrollado actividades laborales, culturales u ocupacionales [...] del que se haya derivado una modificaci¨®n relevante y favorable de aquellas de sus circunstancias personales relacionadas con su actividad delictiva previa¡±.
Un a?o m¨¢s tarde, en septiembre de 2025, el extesorero habr¨¢ cumplido tres cuartas partes de la pena. En ese momento, la ley contempla una segunda posibilidad de acceder a la libertad condicional. Los requisitos son similares a la excarcelaci¨®n adelantada ¡ªestar clasificado en tercer grado y buen comportamiento¡ª, pero ya no se exige el haber participado en actividades laborales o culturales. La ¨²ltima fecha reflejada en su ficha penitenciaria es la de cumplimiento definitivo y extinci¨®n de la pena. B¨¢rcenas la alcanzar¨¢ en septiembre de 2028.
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