Tres versiones diferentes para una misma reforma penal
El Supremo, la Fiscal¨ªa y la Abogac¨ªa del Estado interpretan de forma dispar los cambios en los delitos de sedici¨®n y malversaci¨®n pactados por el Gobierno y ERC
Tres interpretaciones distintas para una misma ley. La reforma de la sedici¨®n y la malversaci¨®n entr¨® en vigor el pasado 12 de enero y el Tribunal Supremo, la Fiscal¨ªa y la Abogac¨ªa del Estado ya se han pronunciado sobre sus efectos para los l¨ªderes independentistas condenados o acusados por estos delitos, pero cada parte mantiene tesis diferentes. Por ahora, solo ...
Tres interpretaciones distintas para una misma ley. La reforma de la sedici¨®n y la malversaci¨®n entr¨® en vigor el pasado 12 de enero y el Tribunal Supremo, la Fiscal¨ªa y la Abogac¨ªa del Estado ya se han pronunciado sobre sus efectos para los l¨ªderes independentistas condenados o acusados por estos delitos, pero cada parte mantiene tesis diferentes. Por ahora, solo la versi¨®n del ministerio p¨²blico sortea en parte la rebaja de penas buscada por el Gobierno y reclama que se mantenga intacto el castigo para los exdirigentes de la Generalitat condenados por ambos delitos (entre ellos el exvicepresidente Oriol Junqueras), pero s¨ª pide revisar la pena a los condenados solo por sedici¨®n. Las interpretaciones que hacen el instructor del proc¨¦s, Pablo Llarena, y la Abogac¨ªa implican reduc¨ªrsela a todos los condenados y rebajar las peticiones de penas a los huidos, aunque el magistrado y los servicios jur¨ªdicos del Estado aplican f¨®rmulas opuestas.
La principal discrepancia entre las acusaciones y el Supremo se da en c¨®mo afecta la derogaci¨®n de la sedici¨®n. El juez considera que la eliminaci¨®n de este delito plantea un ¡°contexto cercano a la despenalizaci¨®n¡± de los hechos que se atribuyen a los l¨ªderes independentistas. Llarena no acepta el camino dise?ado por el Gobierno, que pretend¨ªa que el Supremo sustituyera las acusaciones y condenas de sedici¨®n por la de des¨®rdenes p¨²blicos agravados, un nuevo delito que prev¨¦ entre uno y cuatro a?os de prisi¨®n (indultada para Junqueras y los otros ocho exdirigentes ya juzgados por el Supremo) y de dos a seis de inhabilitaci¨®n.
La Fiscal¨ªa y la Abogac¨ªa han recurrido esa interpretaci¨®n porque consideran que los incidentes que tuvieron lugar en Catalu?a el d¨ªa del refer¨¦ndum ilegal y en las semanas previas s¨ª encajan en el nuevo delito. Ambos esgrimen argumentos parecidos y se apoyan en la sentencia del proc¨¦s dictada por el Supremo en octubre de 2019 que, aseguran, da por probados que existieron todos los elementos que conforman los des¨®rdenes p¨²blicos agravados, como actuaci¨®n en grupo, fin de atentar contra la paz p¨²blica, incumplimiento de resoluciones judiciales y realizaci¨®n de actos de violencia o invasi¨®n de edificios alterando sus servicios esenciales. ¡°Si no se aplica el delito de des¨®rdenes p¨²blicos, ello significa que no existi¨® sedici¨®n, pues estos disturbios contra el orden p¨²blico fueron el trayecto seguido en el iter criminis para conseguir la desobediencia, la realizaci¨®n del refer¨¦ndum ilegal y la proclamaci¨®n de independencia¡±, sostienen los fiscales.
Las dos acusaciones discrepan, sin embargo, respecto a la reforma de la malversaci¨®n. El ministerio p¨²blico se suma a la interpretaci¨®n del juez y rechaza tomar la ruta dise?ada por el Ejecutivo, que pact¨® con ERC una nueva modalidad atenuada de este delito para los casos en los que se desv¨ªen fondos a un uso p¨²blico distinto al inicialmente previsto. Los fiscales y Llarena consideran que la malversaci¨®n del proc¨¦s no cabe bajo ese paraguas porque el fin del desv¨ªo de fondos era il¨ªcito (la organizaci¨®n del refer¨¦ndum del 1-O, declarado ilegal por el Tribunal Constitucional). La distracci¨®n de caudales p¨²blicos a la comisi¨®n de actividades delictivas y/o il¨ªcitas no puede, en ning¨²n supuesto, por propia definici¨®n, ser encajada en el uso de fondos para fines p¨²blicos que recoge el nuevo art¨ªculo 433¡å, se?alan los fiscales. Si como se prev¨¦ esta es la interpretaci¨®n que acaba aplicando el Supremo, la reforma de la malversaci¨®n no beneficiar¨¢ a los l¨ªderes independentistas, que era el objetivo admitido por el Gobierno cuando la llev¨® al Congreso.
La Abogac¨ªa defiende la tesis del Ejecutivo y asegura que el nuevo delito castiga cualquier desv¨ªo de fondos para un uso p¨²blico diferente al previsto, sin importar que este uso sea o no legal. Con este argumento, pide cambiar las condena de malversaci¨®n agravada que impuso el Supremo (que preve¨ªa de 8 a 12 a?os de c¨¢rcel y de 10 a 20 de inhabilitaci¨®n) por este nuevo tipo, con penas m¨¢s suaves (de uno a cuatro a?os de prisi¨®n y de dos a seis de inhabilitaci¨®n en su versi¨®n agravada, que es por la que apuesta la Abogac¨ªa). El efecto de esta interpretaci¨®n sobre las condenas de los l¨ªderes independentistas es variable, pero todos ver¨ªan rebajada su pena de inhabilitaci¨®n (la de prisi¨®n est¨¢ indultada) en varios a?os. En el caso de Junqueras, se reducir¨ªa a la mitad (de 13 a?os a 7). La ¨²ltima palabra la tiene el Supremo, que se pronunciar¨¢ en los pr¨®ximos d¨ªas.