La Abogac¨ªa del Estado pide rebajar a la mitad la inhabilitaci¨®n de Oriol Junqueras
Los servicios jur¨ªdicos del Ministerio de Justicia consideran que los hechos del ¡®proc¨¦s¡¯ entran en el nuevo tipo atenuado de malversaci¨®n porque no hubo lucro
La Abogac¨ªa del Estado ha enviado este jueves al Tribunal Supremo su petici¨®n de revisi¨®n de penas para los condenados del proc¨¦s independentista catal¨¢n. En ella, el m¨¢ximo servicio jur¨ªdico de la Administraci¨®n, dependiente del Ministerio de Justicia, concluye que, tras la reforma del C¨®digo Penal acordada por el Gobierno y ERC y aprobada en el Parlamento en diciembre, corresponde rebajar las penas de inhabilitaci¨®n a todos los condenados. La Abogac¨ªa aplica las tesis del Gobierno tanto para el delito de sedici¨®n (que, afirma, debe ser sustituido por el nuevo de des¨®rdenes p¨²blicos agravados) como para el de malversaci¨®n (delito que mantiene, pero aplicando una modalidad atenuada). La condena de Oriol Junqueras, exvicepresidente de la Generalitat y l¨ªder de ERC, se reducir¨ªa a casi la mitad: de los 13 a?os de inhabilitaci¨®n que le impuso el Supremo a 7 a?os. Podr¨ªa presentarse, por tanto, a unas elecciones en 2025.
La rebaja de pena que pide la Abogac¨ªa deriva, por una parte, de la derogaci¨®n del delito de sedici¨®n y su cambio por el delito de des¨®rdenes p¨²blicos agravados. Y, por otra, de su apuesta por que los hechos del proc¨¦s queden englobados ahora en un nuevo tipo de malversaci¨®n con penas mucho m¨¢s suaves que el de la malversaci¨®n agravada que vio el Supremo. Seg¨²n el escrito presentado este jueves, la sentencia de 2019 dej¨® claro que en esos hechos no se hab¨ªa producido enriquecimiento propio o de terceros, por lo que, sostiene la Abogac¨ªa, deben quedar enmarcados en el nuevo tipo penal que castiga ¡°la aplicaci¨®n del patrimonio p¨²blico a una finalidad p¨²blica diferente de aquella a que estaba destinado, sin ¨¢nimo de apropiaci¨®n¡±.
La Abogac¨ªa remarca que, aunque el dinero malversado por la Generalitat fue destinado a un uso ilegal ¡ªla organizaci¨®n del refer¨¦ndum de independencia¡ª, la redacci¨®n de ese tipo delictivo solo habla de dar un uso p¨²blico ¡°diferente¡± al inicialmente previsto, sin que importe si ese destino fue legal o ilegal. As¨ª, los servicios jur¨ªdicos del Estado asumen ¨ªntegramente la tesis que inspir¨® al Gobierno y ERC para acordar la reforma del C¨®digo Penal: la rebaja del castigo a los implicados en el proc¨¦s alegando que s¨ª hubo desv¨ªo del dinero p¨²blico pero para un uso tambi¨¦n p¨²blico.
Esta tesis discrepa de la mantenida por el instructor del proc¨¦s, el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, y por la Fiscal¨ªa, que rechazan aplicar esta modalidad atenuada de malversaci¨®n porque el dinero, subrayan, se desvi¨® para un fin ilegal. La Abogac¨ªa, sin embargo, defiende que la ¡°aplicaci¨®n p¨²blica¡± de la que habla el nuevo delito debe entenderse por oposici¨®n a una aplicaci¨®n ¡°privada¡±, como la que se produce en los casos de apropiaci¨®n indebida. Seg¨²n los servicios jur¨ªdicos del Estado, el hecho de que esa aplicaci¨®n p¨²blica a la que se destine el patrimonio p¨²blico sea ilegal no impide aplicar este tipo de malversaci¨®n, sino que debe llevar a sancionar las dos conductas por separado (el desv¨ªo de fondos y los des¨®rdenes p¨²blicos, en este caso).
El nuevo tipo de malversaci¨®n por el que apuesta la Abogac¨ªa no prev¨¦ penas de c¨¢rcel en su modalidad b¨¢sica, solo multa de 3 a 12 meses e inhabilitaci¨®n de 1 a 3 a?os. No obstante, la reforma incluye tambi¨¦n una f¨®rmula agravada (con penas de uno a cuatro a?os de prisi¨®n y de dos a seis de inhabilitaci¨®n) para los casos en los que el delito cause un ¡°da?o o entorpecimiento graves¡± del servicio al que el patrimonio administrado estuviera destinado inicialmente. Este es el precepto en el que la Abogac¨ªa entiende que encajan los hechos por los que fueron condenados los l¨ªderes del proc¨¦s.
Respecto al delito de sedici¨®n, el representante jur¨ªdico del Estado reitera el argumento que ya expres¨® la semana pasada en su recurso contra la decisi¨®n del juez Llarena de no sustituir el delito de sedici¨®n por el nuevo de des¨®rdenes p¨²blicos en el caso del expresident Carles Puigdemont y el resto de los exdirigentes catalanes huidos. Para la Abogac¨ªa, resulta ¡°evidente¡± que los hechos objeto de condena cumplen con los requisitos exigidos en el nuevo delito, ¡°aunque¡±, subraya, ¡°presentaran una funcionalidad y alcance incluso mayor¡±. Tambi¨¦n el Supremo dej¨® dicho en su sentencia que los hechos protagonizados por Junqueras y el resto de condenados por sedici¨®n ten¨ªan ¡°una trascendencia que rebasaba con mucho los l¨ªmites de una laxa interpretaci¨®n del concepto de orden p¨²blico, para incidir en el n¨²cleo esencial de ese bien desde una perspectiva constitucional¡±.
El resultado de aplicar la reforma penal para ambos delitos lleva a la Abogac¨ªa a pedir revisar las penas de los nueve l¨ªderes independentistas condenados por el Supremo. As¨ª, adem¨¢s de la rebaja de 13 a 7 a?os para Junqueras, los exconsejeros Ra¨¹l Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa (que fueron condenados a 12 a?os de inhabilitaci¨®n) pasar¨ªan a tener una pena de 6 a?os y 9 meses. La inhabilitaci¨®n de Joaquim Forn, Josep Rull y Carme Forcadell bajar¨ªa a 6 a?os y 3 meses; y la de Jordi S¨¤nchez y Jordi Cuixart ser¨ªa de 4 a?os, con lo que el primero ya la habr¨ªa cumplido y la del segundo estar¨ªa cumplida en octubre de este a?o.
La decisi¨®n final sobre esta petici¨®n de rebaja de penas la tomar¨¢ el Tribunal Supremo tras escuchar a todas las partes. La Fiscal¨ªa envi¨® el mi¨¦rcoles su escrito, en el que insta a reducir las penas de inhabilitaci¨®n a cinco de los condenados pero mantener intactas las de otros cuatro, incluido Oriol Junqueras. Las defensas de los condenados, por su parte, reclaman la absoluci¨®n incondicional. Todos los escritos se refieren ¨²nicamente a las penas de inhabilitaci¨®n porque las de prisi¨®n ya desaparecieron en la pr¨¢ctica al indultar el Gobierno a todos los presos del proc¨¦s en junio de 2021.
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