La reforma de la ¡®ley del solo s¨ª es s¨ª¡¯: un cambio para subir el castigo en futuras agresiones que no impedir¨¢ rebajas de pena en las ya cometidas
El texto impulsado por los socialistas supone volver al marco penal anterior de la norma, pero no toca el consentimiento
La ley de libertad sexual afronta su primera reforma cuando lleva poco m¨¢s de seis meses en vigor. Los cambios en la conocida como ley del solo s¨ª es s¨ª no servir¨¢n para taponar el goteo de rebajas de penas y excarcelaciones acordados por los tribunales en aplicaci¨®n de la nueva norma, que al unir en un solo delito lo que antes eran dos ¡ªlos abusos y las agresiones sexuales¡ª rebaj¨® la pena m¨ªnima y m¨¢xima prevista para algunos supuestos. La reforma, que recoge esencialmente la propuesta registrada en febrero por el PSOE y que se votar¨¢ este jueves en el Congreso, no se aplicar¨¢ a las agresiones ya cometidas, pero s¨ª implicar¨¢ elevar las penas de las que se cometan en el futuro cuando medie violencia, intimidaci¨®n o la v¨ªctima tenga anulada por cualquier causa su voluntad (lo que penaliza, por ejemplo, las agresiones bajo sumisi¨®n qu¨ªmica), los tres supuestos en los que el texto impulsado por los socialistas agrava el castigo y recupera el marco penal anterior a la ley del solo s¨ª es s¨ª.
La iniciativa del PSOE ha ahondado la brecha con sus socios de Podemos, para quienes distinguir con una pena m¨¢s elevada las agresiones sexuales con violencia o intimidaci¨®n implica establecer de nuevo distintas categor¨ªas de agresiones. Una de las novedades de la ley de libertad sexual es que define por primera vez qu¨¦ se entiende por consentimiento en un acto sexual: ¡°S¨®lo se entender¨¢ que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atenci¨®n a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona¡±. Antes de la entrada en vigor de esta norma, el consentimiento era tambi¨¦n el elemento que determinaba si hab¨ªa o no delito, pero el delito del que se tratara depend¨ªa del medio utilizado para cometerlo: si no se hab¨ªa empleado violencia ni intimidaci¨®n se consideraba abuso (con una pena m¨¢s suave) y si s¨ª mediaba violencia o intimidaci¨®n, agresi¨®n.
La propuesta socialista no toca la definici¨®n del consentimiento, pero s¨ª introduce en el tipo penal que define este delito un nuevo subtipo para las agresiones con violencia, intimidaci¨®n o sobre una v¨ªctima con la voluntad anulada. Esto, seg¨²n las responsables del Ministerio de Igualdad, ¡°desplaza¡± al consentimiento como ¨²nico elemento definitorio de las agresiones sexuales y obligar¨¢ a la v¨ªctima a enfrentarse a duros interrogatorios para probar la gravedad del ataque. Los socialistas rechazan esta interpretaci¨®n y aseguran que su propuesta no cambia nada en ese sentido, porque para determinar la pena con la ley del solo s¨ª es s¨ª tambi¨¦n deben probarse todas las circunstancias que rodearon la agresi¨®n, incluida la existencia de violencia o intimidaci¨®n.
El texto registrado por los socialistas deja intacta la pena (entre uno y cuatro a?os de c¨¢rcel) para el tipo b¨¢sico de agresi¨®n, recogido en el art¨ªculo 178 del C¨®digo Penal, pero incorpora un subtipo agravado (art¨ªculo 178.3) que dice as¨ª: ¡°Si la agresi¨®n se hubiera cometido empleando violencia, intimidaci¨®n o sobre una v¨ªctima que tenga anulada por cualquier causa su voluntad, su responsable ser¨¢ castigado con la pena de uno a cinco a?os de prisi¨®n¡±. Este mismo ajuste se aplica en las agresiones con penetraci¨®n, reguladas en el art¨ªculo 179. La ley de libertad sexual redujo en dos a?os la pena m¨ªnima para estos supuestos ¡ªque pas¨® de seis a cuatro¡ª para dar cabida a los antiguos abusos. La reforma del PSOE lo mantiene, pero crea una modalidad agravada que sube el castigo m¨ªnimo a seis a?os cuando exista violencia, intimidaci¨®n o se act¨²e sobre una v¨ªctima con la voluntad anulada. La pena m¨¢xima, de 12 a?os, no se toca. Tambi¨¦n se incrementa el castigo en las agresiones a menores para volver al escenario anterior, lo que supone elevar las m¨ªnimas en unos supuestos y las m¨¢ximas en otros.
Los socialistas rechazaron la propuesta de reforma presentada in extremis por Unidad Podemos, que pretend¨ªa considerar la violencia y la intimidaci¨®n como circunstancias agravantes de la agresi¨®n, pero s¨ª han aceptado algunas enmiendas, de car¨¢cter eminentemente t¨¦cnico, registradas por el PP, cuyo voto era necesario para sacar adelante el nuevo texto. La principal corrige la destipificaci¨®n que la ley del solo s¨ª es s¨ª introdujo por error de la ¡°distribuci¨®n o difusi¨®n p¨²blica a trav¨¦s de Internet, del tel¨¦fono o de cualquier otra tecnolog¨ªa de la informaci¨®n o de la comunicaci¨®n de contenidos espec¨ªficamente destinados a promover, incitar o fomentar la comisi¨®n de delitos de agresiones sexuales cuando se trate de menores de 16 a?os¡±.
Desde que el PSOE registr¨® su propuesta, los populares han insistido en que el texto copia el presentado por este partido en diciembre pasado, ante lo que los socialistas defienden que la reforma que ahora se va a aprobar fue enviada a Podemos para intentar negociar un acuerdo d¨ªas ante de que el PP difundiera la suya. El texto del PSOE coincide en parte con la propuesta que present¨® el Partido Popular, que tambi¨¦n abogaba por volver a las penas anteriores a la ley del solo s¨ª es s¨ª para las agresiones con violencia o intimidaci¨®n. No obstante, ambos textos presentan algunas diferencias, como que el de los populares dejaba fuera de este subtipo b¨¢sico agravado los casos cometidos sobre v¨ªctimas que tengan anulada por cualquier raz¨®n su voluntad; o no consideraba la violencia como un elemento que siempre implica que un acto sexual sea una agresi¨®n (aunque haya consentimiento), un aspecto que introdujo la ley del solo s¨ª es s¨ª y que mantiene el texto que se vota este jueves en el Congreso.
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