Fechas clave de las elecciones generales del 23-J
La convocatoria de julio, en plenas vacaciones de verano, activa un proceso que deja solo 10 d¨ªas para presentar candidaturas de coalici¨®n. El nuevo Congreso se reunir¨ªa en plena can¨ªcula de agosto. Estos ser¨¢n los hitos fundamentales
Espa?a volver¨¢ a las urnas el 23 de julio, domingo, d¨ªa de santa Br¨ªgida de Suecia (patrona de Europa) y de la Amistad, en pleno verano y con los estudiantes de vacaciones. El presidente del Gobierno, Pedro S¨¢nchez, ha anunciado este lunes, en una comparecencia institucional sin preguntas, la convocatoria adelantada de las elecciones generales para ese d¨ªa, como consecuencia de la derrota sufrida por el PSOE y sus socios del Ejecutivo en las elecciones municipales y auton¨®micas del domingo. S¨¢nchez ha detallado que esta misma tarde se re¨²ne el Consejo de Ministros para preparar el decreto de convocatoria, que se publica ma?ana, martes, en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE).
Y tras la convocatoria, ?ahora qu¨¦? Este es el calendario de fechas clave hasta las elecciones: del voto por correo a los pactos de Gobierno, seg¨²n la ley Org¨¢nica de R¨¦gimen Electoral General (LOREG):
- 29 de mayo. El presidente del Gobierno ha anunciado esta ma?ana, en una comparecencia en La Moncloa, la convocatoria de un Consejo de Ministros extraordinario para deliberar y aprobar la convocatoria de las elecciones generales. Esta misma ma?ana ha despachado con el Rey, a quien corresponde ¡°convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los t¨¦rminos previstos en la Constituci¨®n¡±, seg¨²n el art¨ªculo 62. b de la Ley Fundamental. No obstante, la decisi¨®n de c¨®mo y cu¨¢ndo convocar es una prerrogativa del presidente del Gobierno.
- 30 de mayo. El Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) publica la disoluci¨®n de las Cortes, es decir, del Congreso y el Senado. El voto por correo puede solicitarse a partir de la publicaci¨®n de esta convocatoria.
- 9 o 10 de junio. Los partidos y federaciones que vaya a concurrir en coalici¨®n tienen 10 d¨ªas naturales, a partir de la publicaci¨®n de la convocatoria electoral en el BOE (que ser¨¢ el 30 o 31 de mayo), para comunicar a la junta electoral que van a concurrir conjuntamente, seg¨²n los plazos que recoge el art¨ªculo 44. C. de la ley. Esa fecha concluir¨¢ el d¨ªa 9 o el 10 de junio, aunque a¨²n falta conocer la letra del decreto de disoluci¨®n. En el mismo plazo de los 10 d¨ªas siguientes a la convocatoria, los partidos, federaciones y coaliciones comunicar¨¢n a la Junta Electoral Central los cambios en los nombramientos de administradores generales y de las candidaturas en cada una de las circunscripciones.
- 14 a 19 de junio. Estos son los d¨ªas en que los partidos, coaliciones o federaciones tienen que presentar las candidaturas en las juntas electorales o confirmar las ya inscritas.
- 21 de junio. Se publican las candidaturas oficialmente.
- 23 de junio. Las juntas electorales tienen que comunicar ese d¨ªa a los partidos y a los representantes de las candidaturas las irregularidades apreciadas, para cuya subsanaci¨®n hay un plazo de 48 horas.
- 27 de junio. Se publican las candidaturas que han sido proclamadas por parte de las diferentes juntas electorales, que salen publicadas al d¨ªa siguiente en el BOE. Sin proclamaci¨®n no pueden presentarse a las elecciones.
- 7 de julio. Comienza la campa?a electoral, que dura 15 d¨ªas y termina, en todo caso, a las cero horas del d¨ªa inmediatamente anterior a la votaci¨®n.
- 13 de julio. Este d¨ªa acaba el plazo para solicitar el voto por correo. El art¨ªculo 72 de la LOREG reza: ¡°Pueden emitir su voto por correo, previa solicitud a partir de la fecha de la convocatoria de elecciones y hasta el d¨¦cimo d¨ªa anterior a la votaci¨®n¡±.
- 17 de julio. ?ltimo d¨ªa legal para publicar encuestas sobre la intenci¨®n de voto.
- 20 de julio. Fecha tope para enviar el voto por correo. Para ello es necesario haberlo solicitado en plazo y haberlo recogido en las oficinas de Correo o haber recibido la documentaci¨®n en el domicilio.
- 21 de julio. Cierre de campa?a. Esta concluye en la medianoche del 21 al 22 de julio. El s¨¢bado previo a los comicios es el conocido d¨ªa de reflexi¨®n.
- 23 de julio. Los espa?oles est¨¢n convocados a votar en elecciones generales anticipadas para elegir a 350 diputados y a 208 de los 265 senadores (el resto son designados por los Parlamentos auton¨®micos).
- 17 de agosto. El nuevo Congreso que haya salido de las urnas debe ser convocado dentro de los 25 d¨ªas siguientes a la celebraci¨®n de las elecciones, seg¨²n recoge el art¨ªculo 68 de la Constituci¨®n. Es decir, el 17 de agosto es la fecha tope para constituir las C¨¢maras, pero puede hacerse antes, siempre dentro de ese plazo. Una vez constituidas, el presidente del Congreso comunica al Rey cu¨¢les son las formaciones con representaci¨®n parlamentaria y este convoca a sus representantes a una ronda de consultas para, a continuaci¨®n, proponer un candidato a la investidura. Entonces el presidente del Congreso convoca un pleno para celebrar la sesi¨®n de investidura.
- Dos meses. No hay plazo para abordar la investidura de un presidente del Gobierno. Pero, si esta doble votaci¨®n de investidura se produce y fracasa, s¨ª que empieza a correr un plazo para una nueva convocatoria electoral. El art¨ªculo 172.2 del Reglamento del Congreso se?ala: ¡°Si transcurren dos meses a partir de la primera votaci¨®n de investidura y ning¨²n candidato propuesto hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Presidente de la C¨¢mara someter¨¢ a la firma del Rey el Decreto de disoluci¨®n de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones y lo comunicar¨¢ al presidente del Senado¡±.
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