Adanismo y Constituci¨®n
Se le est¨¢ dando a Junts el estatuto de ¨²nico representante de una Catalu?a eterna e intemporal, en asuntos que son de todos los catalanes de hoy
Cualquier reflexi¨®n sobre el acuerdo del PSOE-Junts hecho p¨²blico el pasado jueves debe empezar por condenar la violencia contra las sedes socialistas, rechazando las falsas acusaciones de ¡°dictadura¡±, ¡°atentado a la Constituci¨®n¡±, ¡°golpe de Estado¡±, etc., con las que algunos la alientan. Acusaciones formuladas en ocasiones por quienes por acci¨®n u omisi¨®n llevan perpetrando ¡ªo bendiciendo medi¨¢ticamente¡ª un atentado contra la Constituci¨®n y la democracia al no renovar el Consejo del Poder Judicial, impidiendo que los nombramientos de los ¨®rganos judiciales los hagan quienes la Constituci¨®n prev¨¦.
Nada de eso impide, sin embargo, criticar el acuerdo entre el PSOE y Junts en cuyo apartado 3?, adem¨¢s del compromiso de amnist¨ªa, ambos partidos se esfuerzan por presentar un listado de lo que llaman discrepancias, con un sistema para resolverlas y un mecanismo internacional de verificaci¨®n y seguimiento. Hay, tambi¨¦n, algunas concreciones sobre las posiciones de ambos partidos, como, entre otras, que Junts propondr¨¢ un refer¨¦ndum amparado en el art¨ªculo 92 de la Constituci¨®n (lo que se quiere presentar como su renuncia a la unilateralidad) o que el PSOE se compromete al pleno despliegue y respeto a las instituciones de autogobierno y a la singularidad institucional y ling¨¹¨ªstica de Catalu?a (sugiriendo que nada de eso se ha respetado hasta ahora en casi 45 a?os de democracia).
La lectura conjunta de ese apartado 3? y de los dos apartados previos (¡°1. Antecedentes¡± y ¡°2. Oportunidad hist¨®rica¡±) resulta desconcertante, porque parece que blanquea y asume el relato independentista. As¨ª, no resulta aceptable que para describir los or¨ªgenes del problema en la aspiraci¨®n del reconocimiento de Catalu?a como naci¨®n coincidan ambos partidos en remontarse a los Decretos de Nueva Planta y a la prohibici¨®n y persecuci¨®n del catal¨¢n durante la dictadura de Franco, para concluir que la sentencia del Tribunal Constitucional de 2010 es la causa de la situaci¨®n actual por no satisfacer tales aspiraciones, pero sin la menor alusi¨®n al intento de golpe de Estado y al desprecio a la democracia, a la Constituci¨®n y al Estatuto a partir del 6 y 7 de septiembre de 2017.
Desde luego, sobraba calificar ¡ªcomo hacen los antecedentes consensuados¡ª de leales y acordes con la legalidad vigente las solicitudes (claramente inconstitucionales) del Parlament y del Govern de delegaci¨®n de competencia para hacer un refer¨¦ndum de independencia, con reproches al Gobierno espa?ol de entonces de no considerar ¡°ninguna de estas propuestas¡± que el PSOE, conjuntamente con Junts, acepta calificar como ¡°hechas desde la lealtad y el marco legal vigente¡±.
Tambi¨¦n sobraban las descripciones de acontecimientos posteriores, cargando las tintas exclusivamente sobre actuaciones del Gobierno de Espa?a, sin la menor referencia a las graves alteraciones del orden p¨²blico y violaciones del C¨®digo Penal. O las alusiones al inicio de ¡°m¨²ltiples causas judiciales, muchas de ellas a¨²n sin resolver que afectan a un gran n¨²mero de personas¡±, como si fueran una anomal¨ªa que pudiera confundirse con actuaciones arbitrarias del poder judicial y no como una consecuencia inevitable de la consciente y voluntaria comisi¨®n de graves delitos. Confusi¨®n a que podr¨ªa inducir el t¨¦rmino lawfare que m¨¢s tarde aparece en el acuerdo PSOE-Junts junto a un compromiso de comisiones de investigaci¨®n al respecto.
Necesita explicaci¨®n por qu¨¦, entre los Decretos de Nueva Planta con la persecuci¨®n del catal¨¢n bajo la dictadura y la sentencia de 2010 del Tribunal Constitucional, no se menciona la Constituci¨®n. Parecer¨ªa que hemos tenido que esperar a la pr¨®xima investidura para encontrar por fin la soluci¨®n para los problemas internos entre catalanes, as¨ª como a sus relaciones con Espa?a.
La Generalitat republicana fue restablecida por Real Decreto-ley 41/1977, de 29 de septiembre, y la Constituci¨®n de 1978 ¡ªcon uno de los m¨¢s altos porcentajes de aprobaci¨®n en Catalu?a (90,5%) de todas las regiones y nacionalidades espa?olas¡ª supuso, precisamente, el reconocimiento de Catalu?a y de su singularidad. Con el Estatuto de 1979 el pueblo de Catalu?a de nuevo ratific¨® ese reconocimiento de Catalu?a en Espa?a.
Los antecedentes ¡ªy lo que el apartado 2? denomina ¡°oportunidad hist¨®rica¡±¡ª reflejan una concepci¨®n ¡°adanista¡± de Junts (que habr¨ªa contagiado al otro firmante) al creer que la soluci¨®n consiste en un acuerdo entre partidos y no en lo que, como forma de reconocimiento de la identidad de Catalu?a, ya quiso el pueblo de dicha nacionalidad, junto con el resto del pueblo espa?ol, al aprobar la Constituci¨®n.
Ni el mundo ni sus problemas o los problemas entre catalanes ¡ªo de algunos catalanes con Espa?a¡ª llevaban esperando desde los Decretos de Nueva Planta a que se produjese la pr¨®xima investidura para resolverlos. La soluci¨®n se encontr¨®, por fin, en 1978. Y, como nada es perfecto ni eterno, habr¨¢ que hacer reformas o mejoras, pero habr¨¢ que hacerlas sobre lo que es el cimiento firme de la Constituci¨®n, sin despreciarla. Ese suelo firme no es que Junts invoque el art¨ªculo 92 de la Constituci¨®n en un acuerdo para cuatro a?os entre partidos ¡ªque ni siquiera asegura que dure una legislatura al condicionar todo ¡°a los avances y cumplimiento de los acuerdos¡±¡ª, sino que renuncie a la unilateralidad que, en una democracia no militante, supone el punto central o quintaesencia de una aceptaci¨®n leal de la Constituci¨®n.
Otro punto a explicar es c¨®mo, en una cuesti¨®n que afecta a todos los catalanes, se asume por el PSOE un compromiso con una fuerza pol¨ªtica que es la quinta en Catalu?a, con olvido del propio PSC que es ¡ªhoy por hoy¡ª la fuerza mayoritaria en Catalu?a y con olvido de los dem¨¢s partidos ¡ªindependentistas o no¡ª con un mecanismo internacional entre ambas organizaciones. Tal vez no se perciba, pero se le est¨¢ dando a Junts el estatuto de ¨²nico representante de una Catalu?a eterna e intemporal, en asuntos que son de todos los catalanes de hoy. O no se cae en la cuenta del pre-reconocimiento de Estado que parece sugerir esa especie de mediador internacional.
La misma reflexi¨®n puede hacerse en el plano nacional de Espa?a. Habr¨¢ que aclarar c¨®mo, en una cuesti¨®n que afecta a nuestra Naci¨®n y Constituci¨®n, pueden quedar marginadas todas las fuerzas pol¨ªticas de nuestro pa¨ªs presentes en las Cortes Generales. Marginadas, pues para decir algo en asuntos de esta entidad nacional habr¨¢n de esperar a ver c¨®mo, fuera de las Cortes, llegan a un acuerdo dos fuerzas pol¨ªticas ¡ªni siquiera como grupos parlamentarios, sino como puros partidos al margen del Parlamento¡ª bajo la supervisi¨®n de un mediador internacional que ir¨ªa dando el visto bueno a cada uno de los acuerdos entre PSOE y Junts (pactados extramuros del Parlamento) que, por tener que revestir el car¨¢cter de Ley o tener el reflejo en los presupuestos del Estado (como pol¨ªticas p¨²blicas), tengan que ser sometidos a las Cortes.
Finalmente, en el primer p¨¢rrafo del acuerdo 3? se recoge, como convicci¨®n exclusiva de Junts, la ¡°legitimidad del resultado y el mandato del refer¨¦ndum del 1 de octubre y de la declaraci¨®n de independencia¡±. Si tal convicci¨®n hab¨ªa que recogerla (y m¨¢s bien parece impertinente en un acuerdo) frente a ello debi¨® decirse algo m¨¢s fuerte que afirmar que se ¡°niega toda legalidad y validez al refer¨¦ndum y a la declaraci¨®n¡±. No solo es una cuesti¨®n de ilegalidad, sino, sobre todo, de ilegitimidad del intento de golpe de Estado del que esos actos son perfecta expresi¨®n.
Tampoco es asumible la constataci¨®n conjunta de ¡°que se pueden alcanzar acuerdos importantes sin renunciar a las respectivas posiciones¡±. ?C¨®mo aceptar tal afirmaci¨®n cuando una de esas posiciones sigue siendo la de la unilateralidad al reafirmar la legitimidad del mandato del refer¨¦ndum y de la declaraci¨®n de independencia, que obliga al PSOE a decir que ¡°rechaza cualquier acci¨®n unilateral¡±? ?C¨®mo explicar una amnist¨ªa con un rechazo por parte del PSOE a la unilateralidad de Junts, sin que esta misma renuncie a ella sino, m¨¢s bien, la ratifique?
Una investidura en estas condiciones ser¨¢ plenamente leg¨ªtima, sin duda, pero basada en un error, con la impl¨ªcita asunci¨®n parcial de un relato, cuyas consecuencias me temo que, lamentablemente, iremos viendo en el futuro.
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