Sumar se querella por prevaricaci¨®n contra los vocales conservadores del Poder Judicial por el acuerdo aprobado contra la amnist¨ªa
El grupo de Yolanda D¨ªaz considera que los consejeros propuestos por el PP actuaron de forma ¡°ilegal y arbitraria¡±
El acuerdo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) contra la ley de amnist¨ªa, aprobado antes de que se conociera siquiera el texto de la proposici¨®n de ley pactado entre el PSOE y los partidos independentistas catalanes, va a llegar a la Sala Penal del Tribunal Supremo. El grupo parlamentario de Sumar ha registrado este viernes una querella por prevaricaci¨®n contra los 10 vocales conservadores del ¨®rgano, todos propuestos por el PP en 2013 para formar parte del CGPJ, al considerar que actuaron de forma ¡°ilegal y arbitraria¡± por alcanzar un acuerdo que excede sus competencias. La querella va dirigida contra los nueve vocales que suscribieron el acuerdo y contra el presidente suplente del Consejo, Vicente Guilarte, que aunque vot¨® en blanco, convoc¨® la sesi¨®n e hizo despu¨¦s un escrito explicando su postura.
La resoluci¨®n aprobada por el CGPJ, que dentro de unos d¨ªas cumplir¨¢ cinco a?os con el mandato caducado, declara que la amnist¨ªa ¡°supone degradar y convertir¡± el Estado de derecho ¡°en objeto de mercadeo al servicio del inter¨¦s personal¡± del presidente del Gobierno, Pedro S¨¢nchez, y muestra la ¡°intensa preocupaci¨®n y desolaci¨®n¡± del ¨®rgano por lo que la medida de gracia supone de ¡°degradaci¨®n, cuando no de abolici¨®n, del Estado de derecho en Espa?a¡±.
El grupo liderado por Yolanda D¨ªaz expone que el pleno en el que se vot¨® esa resoluci¨®n, celebrado el 6 de noviembre, fue convocado ¡°al margen de las previsiones legales y con un objeto que excede de las facultades del CGPJ¡±. ¡°Los propios querellados -que son quienes elaboran y suscriben el acuerdo- as¨ª lo evidencian cuando afirman en el acuerdo que ¡®la presente declaraci¨®n no pretende sustituir el informe que se elude con la v¨ªa de tramitaci¨®n escogida para la iniciativa legislativa, pero se emite ante la imposibilidad de formularlo¡¯. Es decir, que en el propio acuerdo reconocen tanto su manifiesta falta de competencia para emitir la resoluci¨®n administrativa que constituye el acuerdo, como su deliberada voluntad de eludirla¡±, se?ala el texto que se va a registrar ante la Sala Penal.
La querella atribuye a los diez vocales propuestos por el PP un delito de prevaricaci¨®n administrativa, tipificado en el art¨ªculo 404 del C¨®digo Penal, que establece: ¡°A la autoridad o funcionario p¨²blico que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resoluci¨®n arbitraria en un asunto administrativo, se le castigar¨¢ con la pena de inhabilitaci¨®n especial para empleo o cargo p¨²blico y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince a?os¡±. A Guilarte aunque no se adhiri¨® a ese acuerdo, Sumar le atribuye un delito de prevaricaci¨®n por haber dictado una resoluci¨®n injusta a sabiendas, y cooperador necesario del delito de prevaricaci¨®n en que incurren los vocales firmantes del acuerdo por haber convocado, a petici¨®n de sus compa?eros, un pleno extraordinario para debatir esa resoluci¨®n.
El escrito expone que el acuerdo aprobado por el CGPJ cumple con los requisitos que exige el delito de prevaricaci¨®n. Por una parte, se trata de una resoluci¨®n dictada en un asunto administrativo. Sumar argumenta que los acuerdos del CGPJ se encuentran regulados en los art¨ªculos 629 y siguientes de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial (LOPJ), que en su art¨ªculo 636.1 establece que ser¨¢n inmediatamente ejecutivos; y en el 638.2 que ¡°los acuerdos del Pleno y de la Comisi¨®n Permanente pondr¨¢n fin a la v¨ªa administrativa y ser¨¢n recurribles ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo¡±.
Adem¨¢s, seg¨²n la querella, hay que excluir que se trate de un acto protegido por la libertad de expresi¨®n porque el acuerdo no expresa la opini¨®n personal de los vocales que lo suscriben, sino que adopta la forma de un acto o declaraci¨®n institucional, y porque el CGPJ no es titular del derecho a la libertad de expresi¨®n. Tambi¨¦n consideran que la resoluci¨®n del Consejo fue ¡°arbitraria¡±, el otro requisito para que exista ese delito. Y en este caso fue arbitraria, sostiene Sumar, porque el pleno carec¨ªa de competencia para dictarla, que dictar este tipo de acuerdo no est¨¢ entre las funciones que tiene encomendado el ¨®rgano.
La querella argumenta tambi¨¦n que los vocales que suscriben la resoluci¨®n aprobada se arrogan la labor de interpretaci¨®n de la Constituci¨®n, que solo corresponde al Tribunal Constitucional, y pretenden ¡°influir en la opini¨®n p¨²blica, en la actividad judicial e interferir en el desarrollo de un proceso pol¨ªtico leg¨ªtimo que debe conducir, en su caso, a la investidura de un nuevo presidente del Gobierno (vulnerando as¨ª la separaci¨®n de poderes que los querellados afirman defender)¡±. ¡°Tampoco encontramos en la normativa europea precepto alguno que justifique que un Consejo de Justicia decida extralimitarse en sus atribuciones legales para interferir en el ¨¢mbito de otro poder del Estado y sustraer competencias al ¨®rgano encargado de analizar si una disposici¨®n legal resulta contraria al texto constitucional¡±, apunta el texto.
Tras presentar la querella, Enrique Santiago, portavoz parlamentario de IU en el Grupo de Sumar, ha calificado este viernes el acuerdo del CGPJ de ¡°grave injerencia pol¨ªtica¡± y lo ha enmarcado dentro de ¡°una estrategia dise?ada previamente por fuerzas pol¨ªticas de este pa¨ªs¡±, en referencia a PP y Vox. Santiago tambi¨¦n ha criticado la reacci¨®n que provoc¨® en el ¨¢mbito de la judicatura: ¡°Hemos visto a jueces, a ¨®rganos judiciales, a decanatos, jueces decanos, presidentes de audiencias provinciales convocando manifestaciones contra acuerdos tomados en el ¨¢mbito pol¨ªtico, contra acuerdos adoptados en el ¨¢mbito parlamentario, acudiendo a las manifestaciones como tales jueces, con sus togas, algo que est¨¢ incluso prohibido por la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial¡±.
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