El Supremo sanciona a un guardia civil por ejercer de escolta en Marbella de la Familia Real Saud¨ª sin autorizaci¨®n
El agente ten¨ªa permiso para compatibilizar su trabajo con el de conductor, pero hizo durante el verano de vigilante privado del matrimonio Bin Turky
Francisco Javier P. D., guardia civil del servicio mar¨ªtimo provincial de M¨¢laga, firm¨® un contrato en el verano de 2021 para trabajar, durante sus vacaciones, como ch¨®fer en Marbella de la Familia Real Saud¨ª. El agente ten¨ªa reconocido el derecho a compatibilizar su profesi¨®n con la de conductor personal, pero, en lugar de a esta tarea, se dedic¨® a ejercer de escolta privada de la familia Bin Turky, acompa?¨¢ndoles, armado, en sus salidas por la ciudad y vigilando el interior y el exterior de su vivienda. El Tribunal Supremo ha confirmado ahora al agente una sanci¨®n muy grave, consistente en tres meses y un d¨ªa de suspensi¨®n de empleo, al dar por probado que hizo de escolta de la familia real sin autorizaci¨®n.
La sentencia distada por la Sala Militar detalla c¨®mo el guardia acompa?¨® a la familia Bin Turky, pertenecientes a la Familia Real Saud¨ª, entre el 1 de agosto y el 17 de septiembre de 2021. Los pr¨ªncipes hab¨ªan contratado tambi¨¦n los servicios de una empresa de seguridad privada, pero los empleados que declararon en el expediente abierto al agente aseguraron que este, que ¡°hac¨ªa gala¡± de ser guardia civil, era el que proteg¨ªa ¡°directamente¡± al matrimonio Bin Turky y que nunca le vieron ejercer de conductor. Siempre iba sentado en el asiento del copiloto o detr¨¢s, cuando sal¨ªan del veh¨ªculo no se separaba de la pareja y cuando estaban en la casa vigilaba el per¨ªmetro de la villa.
La unidad territorial de Seguridad Privada de la Comisar¨ªa de Polic¨ªa Nacional de M¨¢laga realiz¨® labores de seguimiento de los escoltas de la familia y las actas que redact¨® constataron que el guardia se encargaba de la seguridad de la familia. ¡°Los actuantes observaron c¨®mo el var¨®n descrito permanec¨ªa siempre cerca de las dos mujeres, manteniendo en todo momento una distancia m¨ªnima de separaci¨®n tras ellas, que podr¨ªa varias entre 3 y 5 metros, aproximadamente, de tal forma que cuando ellas caminaban ¨¦l tambi¨¦n lo hac¨ªa y cuando aquellas paraban el var¨®n paraba igualmente, conservando una vez m¨¢s la distancia. El interesado no interactu¨® con las mujeres en ninguna ocasi¨®n, permaneciendo absolutamente atento al entorno de las mismas, hasta el punto de que los agentes actuantes debieron adoptar especial cuidado para no ser descubiertos, dado el intenso estado de vigilancia que desplegaba el aludido¡±, escribi¨® la polic¨ªa sobre una visita a un centro comercial. Una vez dentro del establecimiento, los polic¨ªas se acercaron al guardia, que se identific¨® como tal, aleg¨® que ten¨ªa contrato para ser conductor de la Familia Real Saud¨ª y admiti¨® que iba armado con una pistola de propiedad particular.
El informe que la polic¨ªa envi¨® a la Subdelegaci¨®n del Gobierno conclu¨ªa que el agente, cuando fue identificado, ¡°se encontraba desarrollando actividades de seguridad privada prestada a particulares de manera irregular¡±. Ese informe, junto a las declaraciones de testigos y empleados de la empresa de seguridad privada, fueron claves para resolver el expediente abierto a Francisco Javier P. D. El guardia fue sancionado en principio con seis meses de suspensi¨®n por una falta disciplinaria muy grave tipificada en el art¨ªculo 7.18 de la Ley Org¨¢nica del r¨¦gimen disciplinario de la Guardia Civil, de 2007: ¡°Desarrollar cualquier actividad que vulnere las normas sobre incompatibilidades¡±. El agente recurri¨® y la Direcci¨®n de la Guardia Civil rebaj¨® la sanci¨®n a tres meses, ratificada en marzo de 2023 por la ministra de Defensa, Margarita Robles. Esa sanci¨®n es la que ahora ha confirmado el Supremo tras un nuevo recurso.
El agente aleg¨® ante el Supremo que solo ejerc¨ªa de ch¨®fer durante sus vacaciones y que se hab¨ªa vulnerado su presunci¨®n de inocencia, extremo que rechaza el tribunal advirtiendo del ¡°abundante caudal probatorio¡± que existe en contra del guardia. ¡°Caudal por el que fluyen sin dificultad los hechos que la propia resoluci¨®n sancionadora tiene por probados¡±, advierte la sala. Del otro lado, respecto a las pruebas de descargo aportadas por Francisco Javier P. D., el Supremo concluye que ¡°no demuestran que los hechos declarados privados no se correspondan con la realidad¡±.
Junto a este agente fue sancionado otro compa?ero que trabaj¨® durante las mismas fechas para la Familia Real Saud¨ª como ¡°acompa?ante¡±, ¡°asisti¨¦ndoles para sus compras y dot¨¢ndoles de seguridad en sus movimientos¡±, y que no ten¨ªa ning¨²n tipo de autorizaci¨®n para compatibilizar su trabajo en la Guardia Civil con otra ocupaci¨®n. Este guardia admiti¨® los hechos durante la tramitaci¨®n del expediente sancionador y acept¨® la sanci¨®n.
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