La Audiencia archiva dos a?os de instrucci¨®n del juez Peinado en la querella de Vox por un libro de texto nunca vendido
La resoluci¨®n recuerda al instructor que una ¡°persona jur¨ªdica¡± no puede cometer injurias o calumnias ni un partido pol¨ªtico ser objeto de un delito de odio
![El juez Juan Carlos Peinado, cerca de los Juzgados de plaza de Castilla de Madrid, en una imagen de archivo.](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/KP6CILCDIVGQNOVDNCQ2NQ52VU.jpg?auth=2f55bac64ca13aeca299744b7f8557458b3e91fd678659bbd7eaa48ae1ab494b&width=414)
![Jos¨¦ Manuel Romero](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2Fb265938e-cd4f-4d37-92d5-821dd2616571.png?auth=230b533e117446ffd65338f6854a06eb3e1eebc5a849f4060f0e4daea797c4da&width=100&height=100&smart=true)
La Audiencia Provincial de Madrid ha archivado definitivamente la causa penal abierta por el juez Juan Carlos Peinado contra la mercantil Sanoma por la edici¨®n provisional de un libro de texto que nunca se lleg¨® a distribuir en los colegios. Dicha publicaci¨®n, titulada Historia del Mundo Contempor¨¢neo, alud¨ªa a Vox, seg¨²n la denuncia, como un partido de ultraderecha heredero del nazismo. El partido de Santiago Abascal present¨® una querella por injurias, calumnias y un supuesto delito de odio contra la empresa editora y dos de sus directivos.
La Fiscal¨ªa recurri¨® la decisi¨®n del juez de continuar con la instrucci¨®n de una causa abierta contra un libro ¡°que no hab¨ªa salido a la venta, donde no hab¨ªa referencias directas a Vox ni se le catalogaba como un partido nazi, ni se le pretend¨ªa desprestigiar¡±. Adem¨¢s, detallaba como la versi¨®n definitiva del texto se titulaba ¡°la derecha radical en Europa, un fen¨®meno en auge¡± y la ¨²nica referencia a Vox era ¡°un mapa con los resultados de los partidos de extrema derecha en sus respectivos parlamentos nacionales¡±. El instructor lleg¨® a reclamar durante la investigaci¨®n el contrato suscrito con el autor del texto, que hab¨ªa fallecido, y los beneficios obtenidos de la publicaci¨®n, que nunca se lleg¨® a vender.
La Audiencia Provincial de Madrid ha decidido ahora archivar las diligencias abiertas por Peinado, quien prolong¨® su investigaci¨®n penal contra la editorial durante m¨¢s de dos a?os tras admitir a tr¨¢mite la querella de Vox. Los tres magistrados que han dado carpetazo a este procedimiento judicial recuerdan al instructor que no es posible imputar a las personas jur¨ªdicas, en este caso la firma editorial, el delito de injurias y calumnias que les atribuye Vox. ¡°El cat¨¢logo de los delitos que generan responsabilidad penal para las personas jur¨ªdicas en el derecho espa?ol son cuarenta y uno, entre los que no se encuentran los delitos de injurias y calumnias¡±, se?ala el auto de la Audiencia Provincial. Tan solo podr¨ªa seguir abierta la causa contra personas f¨ªsicas, pero la resoluci¨®n recuerda que para ello es necesario un acto previo de conciliaci¨®n con las responsables de la empresa y ese acto nunca lleg¨® a celebrarse.
Vox tambi¨¦n denunci¨® un delito de odio en el contenido del libro, pero la Audiencia Provincial recuerda al partido de ultraderecha que ese delito ¡°tiene como esencia el incitar p¨²blicamente al odio, hostilidad, discriminaci¨®n o violencia contra un grupo, una parte del grupo o contra una persona determinada, pero atacada por raz¨®n de su pertenencia a aquel, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideolog¨ªa, religi¨®n o creencias, situaci¨®n familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o naci¨®n, su origen nacional, su sexo, orientaci¨®n o identidad sexual, por razones de g¨¦nero, enfermedad o discapacidad (...)¡±. Pero que ¡°tales grupos [que pueden ser v¨ªctimas del delito de odio] no son, en l¨ªnea de principio, partidos pol¨ªticos¡±.
El Tribunal Supremo tambi¨¦n desestim¨® una querella similar de Vox contra dirigentes de Podemos que durante la celebraci¨®n de un mitin se refirieron a pol¨ªticos del partido de ultraderecha como ¡°nazis a cara descubierta¡±. ¡°El discurso del odio, para que sea delictivo, se dirige frente a determinados colectivos sociales que son de esta forma vilipendiados, cosificados, vejados y sujetos a un riesgo, al menos potencial, de agresi¨®n f¨ªsica, pretendi¨¦ndose en muchos casos su desaparici¨®n o erradicaci¨®n¡±, se?ala el auto del Supremo. El magistrado ponente, Juli¨¢n S¨¢nchez Melgar, argument¨® a continuaci¨®n por qu¨¦ no encajaba el delito de odio en los hechos que denunciaba Vox. ¡°El delito de odio defiende a esas minor¨ªas sociales, pero no a otros colectivos, como es el caso de los partidos pol¨ªticos, cuyo acomodo m¨¢s natural se residencia en los delitos contra el honor, siempre que concurran sus requisitos, muy matizados por nuestra jurisprudencia en el contexto de campa?as electorales y con el amparo, en otras ocasiones, de la prerrogativa parlamentaria de la inviolabilidad¡±.
El instructor del caso ahora archivado por la Audiencia Provincial es Juan Carlos Peinado, el mismo juez que mantiene encausada por cuatro delitos ¡ªtr¨¢fico de influencias, corrupci¨®n en los negocios, intrusismo profesional y apropiaci¨®n indebida¡ª a Bego?a G¨®mez, mujer del presidente del Gobierno, Pedro S¨¢nchez. Peinado no ha conseguido ocho meses de instrucci¨®n ni un solo indicio de los delitos que investiga,sino m¨¢s bien al contrario. Pese a esta falta de pruebas, este juez contin¨²a con la causa penal abierta y ha a?adido tres nuevos imputados al procedimiento judicial: el empresario Juan Carlos Barrab¨¦s, el rector de la Complutense, Ignacio Goyache, y el expol¨ªtico del PP y directivo de IE Juan Jos¨¦ G¨¹emes.
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