El Tribunal Superior permite a Vox manifestarse en Catalu?a y anula la prohibici¨®n del Ministerio del Interior
La Fiscal¨ªa hab¨ªa pedido que se estimasen los recursos del partido ultraderechista
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha acordado permitir las manifestaciones convocadas por el partido ultraderechista Vox en las cuatro provincias catalanas para ma?ana s¨¢bado y anular la prohibici¨®n que hab¨ªa acordado la Delegaci¨®n del Gobierno. Vox recurri¨® contra esa decisi¨®n y este viernes se han celebrado cuatro vistas en las secciones segunda y tercera de la Sala Contencioso-Administrativa del TSJC en las que la Fiscal¨ªa del Estado ha pedido que se pudieran celebrar las marchas en veh¨ªculos, siempre que se cumplan las medidas de seguridad para no propagar el coronavirus y evitar rebrotes. La Abogac¨ªa del Estado consideraba que la prohibici¨®n deb¨ªa mantenerse y que la medida era proporcional.
Vox invoc¨® vulneraci¨®n del derecho a la manifestaci¨®n y los jueces han atendido la petici¨®n, por lo que finalmente se podr¨¢n celebrar las protestas previstas en Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona entre las 11.30 y las 12.30 del s¨¢bado. Las cuatro resoluciones judiciales contienen el mismo argumentario y consideran que las resoluciones del Ministerio del Interior por las que se prohib¨ªan las manifestaciones son ¡°contrarias al derecho fundamental de reuni¨®n y manifestaci¨®n¡±. Los jueces insisten en que las concentraciones solo podr¨¢n transcurrir durante esos 60 minutos y que deber¨¢n atenerse al itinerario que describ¨ªan en la comunicaci¨®n que hicieron al ministerio pidiendo autorizaci¨®n.
Las cuatro sentencias judiciales contienen los mismos argumentos y recogen de manera muy amplia el argumentario de la resoluci¨®n que dict¨® el pasado 30 de abril el Tribunal Constitucional y otras posteriores dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y el de Castilla-Le¨®n: el derecho de reuni¨®n y manifestaci¨®n no es ilimitado, pero la prohibici¨®n ha de ser proporcional y tampoco se podr¨¢ impedir si se permiten salvaguardar otros derechos, en este caso el de la salud.
En el caso de las protestas en veh¨ªculos prevista para el 1 de mayo en Vigo, el Tribunal Constitucional argument¨® para prohibirla que ¡°iba a traducirse en el establecimiento de una barrera infranqueable, susceptible de dividir en dos la ciudad, impidi¨¦ndose con ello el acceso a servicios tan esenciales como pudieran ser los hospitales; todo ello, en un momento en el que Vigo estaba experimentando en un grado no menor los azotes del coronavirus¡±.
No es el caso de Barcelona, dicen los jueces, pues la ciudad se encuentra en la fase de desescalada entre el 0 y el 1. ¡°Hall¨¢ndonos a las puertas de la quinta pr¨®rroga del estado de alarma, cabe constatar (es un hecho notorio) que la pandemia ha remitido considerablemente, presentando, pues, la situaci¨®n sanitaria, un escenario sensiblemente mejor que el analizado por el Tribunal Constitucional respecto a la ciudad de Vigo¡±, dice la sentencia.
En este con texto, el TSJC considera que ¡°no parece que sea de recibo prohibir una manifestaci¨®n en veh¨ªculos cuando resulta que, ordinariamente, las personas pueden pasear por la ciudad durante franjas horarias generosas, sin l¨ªmite num¨¦rico, bajo la ¨²nica condici¨®n de hacerlo guardando las distancias y con mascarilla¡±. La marcha, a?aden, no provocar¨¢ ¡°perjuicios significativos para la vida o la salud de las personas¡± y prohibirla sobre meras conjeturas ¡°supondr¨ªa una quiebra clara del derecho fundamental de reuni¨®n y manifestaci¨®n pac¨ªfica, am¨¦n de un peligroso precedente¡±. Por todo ello se autoriza la caravana de Vox y se insiste en que solo podr¨¢ durar una hora y no cuatro como, ¡°al parecer por un error¡±, se?ala el partido en la comunicaci¨®n que hizo al ministerio.
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