El Gobierno recurre la f¨®rmula catalana para rebajar el IRPF a las rentas m¨¢s bajas
La Generalitat lleva ante el Tribunal Constitucional un art¨ªculo que deb¨ªa beneficiar a 205.000 personas en la pr¨®xima declaraci¨®n de la renta
El Gobierno central presentar¨¢ un recurso de inconstitucionalidad contra la f¨®rmula pactada el pasado a?o por el Gobierno catal¨¢n y Catalunya en Com¨² con la que se pretend¨ªa rebajar el impuesto de la renta a los contribuyentes con menores ingresos. La medida, aprobada en la ley de acompa?amiento de Presupuestos del a?o pasado, deb¨ªa beneficiar a 205.000 contribuyentes en la declaraci¨®n de la renta de 2020, cuya campa?a empezar¨¢ en pocas semanas. Fuentes del Departamento de Econom¨ªa no confirman si el recurso supondr¨¢ la suspensi¨®n del art¨ªculo recurrido o si este queda a expensas de una nueva negociaci¨®n en la comisi¨®n bilateral Generalitat-Estado.
El recurso del Gobierno se centra en el art¨ªculo 88 de la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas del Govern, en el que se inclu¨ªan una bater¨ªa de modificaciones fiscales y nuevos tributos en l¨ªnea con la demanda de Catalunya en Com¨² para dar su apoyo a los Presupuestos de 2021. La Generalitat elevaba as¨ª el m¨ªnimo personal y familiar del contribuyente (de 5.550 a 6.105 euros) si las bases liquidables general y del ahorro superaban los 12.450 euros anuales. El Estado considera que esa pr¨¢ctica supera la capacidad legal de la Generalitat al crear una nueva categor¨ªa de contribuyente.
La ministra de Hacienda, Mar¨ªa Jes¨²s Montero, ha explicado hoy que en la ley recurrida hab¨ªa siete puntos de conflicto y en los que en seis se habr¨ªa alcanzado un acuerdo en las negociaciones entre ambas administraciones. En ese caso, sin embargo, no se ha alcanzado el acuerdo y el Gobierno ha optado por acudir al Tribunal Constitucional para dilucidar el conflicto.
Montero ha defendido el margen de las comunidades para elevar el m¨ªnimo personal y familiar, pero siempre dentro de los conceptos ya definidos. De hecho, ha asegurado que la Generalitat tiene margen para efectuar operaciones similares a la escogida el a?o pasado, como ser¨ªa elevar hasta el l¨ªmite del 10% el m¨ªnimo personal y familiar del IRPF, si as¨ª lo desea, en los supuestos que ya est¨¢n establecidos en la norma que regula el impuesto de la renta.
Sin embargo, defiende el Gobierno central, Catalu?a estaba creando una nueva categor¨ªa de contribuyentes a los que suman la base liquidable general y del ahorro diciendo que si son igual o inferior a 12.450 euros procede actuar de una forma o de otra. La norma que recurre ahora el Ejecutivo es la que supone la elevaci¨®n de 5.550 euros a 6.105 euros anuales como m¨ªnimo personal y familiar.
Montero ha explicado que el Gobierno, en la Comisi¨®n Bilateral, le hab¨ªa trasladado a Catalu?a que pod¨ªa optar por otro camino para beneficiar al colectivo que pretend¨ªa beneficiar porque tienen margen para hacerlo, pero a trav¨¦s de una deducci¨®n auton¨®mica en la cuota de ese impuesto.
Por eso, ha insistido en que el problema no est¨¢ en elevar el m¨ªnimo personal, sino por crear una nueva categor¨ªa que no se contempla en la normativa general, excediendo as¨ª las competencias que no se contemplan para las CCAA.
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