El Tribunal Superior catal¨¢n plantea llevar al Constitucional la ley del Govern que rechaza fijar el 25% del castellano en las aulas
El TSJC tiene ¡°serias dudas¡± de la legalidad de la nueva norma catalana, que deja en manos de los centros definir el modelo ling¨¹¨ªstico en lugar de aplicar el porcentaje ordenado por los jueces
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) tiene ¡°serias dudas¡± sobre la constitucionalidad del reciente decreto del Govern y la ley aprobada por el Parlament sobre el uso de las lenguas cooficiales en la escuela, y considera que el nuevo marco legal impide ejecutar la sentencia del propio TSJC que fija una cuota de al menos un 25% de tiempo lectivo en castellano. Por eso, el tribunal ha trasladado a las partes personadas en la causa su opini¨®n de que el asunto debe ser elevado al Tribunal Constitucional, para que este decida si la bater¨ªa normativa¨Dimpulsada in extremis por la Generalitat para sortear los t¨¦rminos de la sentencia y que, en el caso de la ley, cont¨® con el apoyo del PSC en el Parlament¨D se ajusta o no a la Constituci¨®n.
Los partidos independentistas y el Ejecutivo catal¨¢n se han felicitado porque entienden que esta resoluci¨®n del TSJC implica una nueva paralizaci¨®n de la aplicaci¨®n de la sentencia del 25% y que, por tanto, el pr¨®ximo curso se podr¨¢ iniciar sin fijar ese porcentaje de castellano en las aulas; se muestran, adem¨¢s, confiados en la solidez de las normas, recordando que ambas pasaron el filtro del Consejo de Garant¨ªas Estatutarias. El decreto y la ley de lenguas establecen que son los centros educativos los que, de acuerdo con su realidad socioling¨¹¨ªstica y a su criterio, deber¨¢n determinar el peso de cada lengua oficial. La sentencia, sin embargo, lo que ordenaba era que en todos los centros al menos una materia troncal fuera impartida en castellano, para garantizar que ¨Dcomo dicta la jurisprudencia del Supremo y el Constitucional¨D el castellano sea lengua vehicular en Catalu?a.
En una providencia conocida este lunes, la secci¨®n quinta de la sala contencioso-administrativa del TSJC da diez d¨ªas a las partes y a la Fiscal¨ªa para que se posicionen sobre la pertinencia de llevar al Constitucional el decreto del Govern y la ley posterior. Ambas normas propiciaron un nuevo marco en Catalu?a en el uso de las lenguas cooficiales en la ense?anza, abriendo por primera vez la puerta al castellano como ¡°lengua curricular¡± pero manteniendo el catal¨¢n como ¨²nica ¡°lengua vehicular¡± y rechazando expresamente la aplicaci¨®n de porcentajes en el uso de las lenguas.
¡°Ambas normas determinan la imposibilidad legal de ejecutar la sentencia dictada en estas actuaciones¡±, se?ala la providencia, recordando que dicha sentencia del 25% ¨Dque el TSJC dict¨® en 2020 despu¨¦s de instar en vano a la Generalitat, durante a?os a que decidiera ella c¨®mo garantizar la presencia del castellano como lengua vehicular¨D se apoya en la Constituci¨®n y en las sucesivas sentencias del Constitucional y el Supremo sobre este asunto. El decreto y la nueva ley auton¨®mica, insiste el TSJC, definen un modelo ling¨¹¨ªstico ¡°incompatible¡± con esa resoluci¨®n judicial y, por extensi¨®n, consideran que con la Ley Fundamental. ¡°Estamos ante una situaci¨®n que impide de forma sobrevenida la ejecuci¨®n de la sentencia como consecuencia de la promulgaci¨®n de unas normas legales que suscitan dudas de inconstitucionalidad, de cuya validez depende la decisi¨®n que debemos adoptar sobre la continuidad o sobre la imposibilidad de la ejecuci¨®n de sentencia dictada en este proceso, lo que nos obliga a plantear la cuesti¨®n ante el Tribunal Constitucional¡±, concluye.
Las ¡°serias dudas¡± planteadas por los magistrados van en tres l¨ªneas. La principal es que creen que se vulnera el art¨ªculo 3 de la Ley Fundamental, sobre la oficialidad del castellano, y recuerdan la sentencia del TC sobre el Estatut, que aval¨® la condici¨®n de vehicular del catal¨¢n en las aulas siempre y cuando tambi¨¦n se garantice esa condici¨®n al castellano. Ni el decreto ni la ley autonomica reconocen la vehicularidad del castellano. Las otras dos objeciones planteadas por los magistrados tienen que ver con una supuesta vulneraci¨®n de su potestad jurisdiccional, al no ejecutarse lo juzgado, pues las nuevas normas expresamente impiden que se fije un 25% de horario lectivo en castellano. Por ¨²ltimo, el tribunal considera que hab¨ªa motivo de urgencia que justificaran el uso de la v¨ªa del decreto ley.
El debate jur¨ªdico ya est¨¢ servido: el Consejo de Garant¨ªas Estatutarias, ¨®rgano asesor del Parlament y la Generalitat, declar¨® por unanimidad que tanto el decreto ley como el articulado salido del Parlament se ajustaba a la Constituci¨®n. Los miembros de este ¨®rgano jur¨ªdico criticaron la decisi¨®n del TSJC de fijar un porcentaje lineal del 25% y recordaron que la actual Ley Org¨¢nica de Educaci¨®n no hace referencia a la lengua vehicular, y por tanto cree que no tiene sentido que se le exija esa puntualizaci¨®n a una norma de rango menor.
El presidente catal¨¢n, Pere Aragon¨¨s, ERC y Junts han afirmado este lunes que, conociendo lo dilatados que pueden ser los tiempos judiciales, ya se puede dar por sentado que el pr¨®ximo curso no se ver¨¢ afectado por la sentencia del TSJC. ¡°Con esta victoria parcial, conseguimos hacer valer los criterios pedag¨®gicos, acad¨¦micos y educativos para defender el catal¨¢n en la escuela. Ahora lo defenderemos ante el Constitucional¡±, tuite¨® el presidente. En Junts tambi¨¦n han utilizado la met¨¢fora b¨¦lica: ¡°Se ha ganado una batalla, pero no la guerra¡±, ha dicho su portavoz, Josep Rius.
Ganar tiempo
El art¨ªculo 35 de la Ley Org¨¢nica del Tribunal Constitucional establece que plantear la cuesti¨®n de constitucionalidad por parte de magistrados ¡°originar¨¢ la suspensi¨®n provisional de las actuaciones en el proceso judicial¡± hasta que el m¨¢ximo int¨¦rprete de la Constituci¨®n ¡°se pronuncie sobre su admisi¨®n¡±. Una vez admitida, el proceso judicial tambi¨¦n ¡°permanecer¨¢ suspendido¡± hasta que este ¡°resuelva definitivamente sobre la cuesti¨®n¡±.
Fuentes jur¨ªdicas consultadas por EL PA?S coinciden en que, una vez planteada la cuesti¨®n, la ejecuci¨®n de sentencia quedar¨¢ paralizada. Del propio auto se desprende que los jueces necesitan aclarar esta cuesti¨®n antes de saber si es posible o no ejecutar la sentencia en los t¨¦rminos en los que fue dictada. ¡°Si se plantea acudir al Tribunal Constitucional es precisamente porque necesita conocer la interpretaci¨®n de una norma que se ha de aplicar y, por tanto, no se puede resolver el pleito¡±, explican fuentes judiciales. En un escrito remitido al TSJC, la Asociaci¨®n por una Escuela Biling¨¹e (AEB) ha pedido que, aunque se eleve el caso al Constitucional, la ejecuci¨®n de la sentencia se mantenga abierta.
La consecuencia m¨¢s inmediata de esa eventual paralizaci¨®n es que la Generalitat no tendr¨ªa que dar las instrucciones a los directores de centros para asegurar un 25% de castellano en las aulas. El Gobierno catal¨¢n ganar¨ªa tiempo, y adem¨¢s posiblemente un tiempo generoso, lo que le permitir¨ªa incluso sortear este asunto ¨Dmuy sensible para el independentismo¨D en lo que queda de legislatura.
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