Encono judicial
El Tribunal Supremo no solo ha ignorado la voluntad del legislador, sino que se ha permitido criticar abiertamente la reforma del delito de sedici¨®n
Una vez que un conflicto pol¨ªtico se judicializa, es muy dif¨ªcil sacarlo de esa v¨ªa y menos en un pa¨ªs donde la politizaci¨®n de la justicia hace que una parte de la c¨²pula judicial pueda erigirse en un actor pol¨ªtico que interviene a trav¨¦s de las sentencias. En la reciente reforma del C¨®digo Penal en la que se suprimi¨® el delito de sedici¨®n y se modific¨® el de malversaci¨®n, la voluntad del legislador estaba meridianamente clara: se trataba de adecuar la legislaci¨®n espa?ola a los par¨¢metros europeos y propiciar una rebaja de las penas que permitiera desjudicializar el conflicto catal¨¢n. Tan clara estaba esa voluntad de rebajar los cargos que la oposici¨®n de derechas sali¨® en tromba contra el Gobierno del PSOE por ceder a las exigencias de ERC.
Aunque la voluntad del legislador estuviera clara, el resultado de la reforma depend¨ªa de la interpretaci¨®n que hicieran jueces y tribunales y los primeros en pronunciarse ser¨ªan precisamente aquellos que comenzaron calificando los hechos ocurridos en el oto?o de 2017 de rebeli¨®n, el delito de m¨¢xima gravedad. Esa calificaci¨®n fue la que permiti¨® que los l¨ªderes independentistas fueran apartados de la pol¨ªtica y enviados a prisi¨®n y aunque luego la sentencia del Tribunal Supremo la rebaj¨® a sedici¨®n, acab¨® igualmente en una sentencia con altas penas de prisi¨®n e inhabilitaci¨®n. Ahora, la sala segunda del Tribunal Supremo no solo ha ignorado la voluntad del legislador, sino que se ha permitido criticar abiertamente la reforma. Mientras asegura que, al suprimir la sedici¨®n, hechos como los ocurridos en Catalu?a quedar¨¢n sin castigo, mantiene las altas penas impuestas a cuatro de los imputados por el procedimiento de aplicarles un tipo agravado de malversaci¨®n, justo lo contrario de lo que se persegu¨ªa con la reforma.
Ahora, la Fiscal¨ªa del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a ha seguido la pauta del Supremo y no disminuye sino que aumenta la petici¨®n de pena al acusar de malversaci¨®n agravada a los imputados Jov¨¦ y Salvador, en lugar de la malversaci¨®n atenuada introducida en la reforma para aquellos casos en que el desv¨ªo de fondos p¨²blicos no tuviera como finalidad el lucro personal. Eso significa que ni siquiera la Fiscal¨ªa, un ¨®rgano que jer¨¢rquicamente depende del Gobierno, se atiene a la voluntad declarada del legislador.
?C¨®mo se puede calificar esta actitud? Lo que ocurre no deja de ser la continuaci¨®n de una actuaci¨®n judicial que persigue el castigo ejemplar de los independentistas, diga lo que diga el C¨®digo Penal y aunque ello exija una interpretaci¨®n forzada claramente contraria a la voluntad del legislador. Como ha ocurrido, por cierto, en muchas de las revisiones de condena a violadores en aplicaci¨®n de la ley del solo s¨ª es s¨ª, en las que se ha ignorado la jurisprudencia existente al respecto. Si el sesgo interpretativo se repite con tanta frecuencia, tenemos un problema con la justicia. Como dice el exmagistrado del Supremo Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn en su libro El gobierno de las togas, ¡°cuando se confunden las l¨ªneas divisorias entre los distintos poderes (¡) se est¨¢ vulnerando gravemente la esencia de la democracia¡±.
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