El exalcalde de Gandia Arturo Torr¨®, condenado a tres a?os y medio de prisi¨®n por malversaci¨®n en el caso Tele 7
La Audiencia de Valencia concluye que el exregidor y el empresario Ricardo Faura acordaron la resoluci¨®n del contrato ¡°para conseguir atender intereses particulares y no p¨²blicos¡±
La Secci¨®n Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a tres a?os y medio de prisi¨®n y a seis a?os y medio de inhabilitaci¨®n al que fuera alcalde de la ciudad de Gand¨ªa por el PP entre los a?os 2011 y 2015, Arturo Torr¨®, como autor de un delito de malversaci¨®n por la adjudicaci¨®n de los servicios de comunicaci¨®n audiovisual del Ayuntamiento. La Sala ha impuesto adem¨¢s un a?o y nueve meses de c¨¢rcel y tres a?os y medio de inhabilitaci¨®n al empresario y administrador de la adjudicataria del contrato, Comarques Centrals Televisi¨® SL (CCTV), Ricardo Faura, como cooperador necesario. Otros cinco acusados han sido absueltos porque no ha quedado probada su participaci¨®n en los delitos.
El juicio del conocido como caso Tele 7 dirim¨ªa la responsabilidad del que fuera alcalde de Gandia y otros seis procesados por los delitos de malversaci¨®n de caudales p¨²blicos y fraude en la contrataci¨®n en la resoluci¨®n de los servicios de comunicaci¨®n del Ayuntamiento entre 2012 y 2015 con la firma CCTV. El procedimiento se inici¨® tras la querella interpuesta por los entonces concejales socialistas Jos¨¦ Manuel Orengo y Vicent Mascarell, y el Ayuntamiento de Gandia ha ejercido la acusaci¨®n particular.
La empresa p¨²blica municipal Iniciatives P¨²bliques de Gandia (IPG) recibi¨® en diciembre de 2011 una encomienda de gesti¨®n del Ayuntamiento de Gandia para la realizaci¨®n de las actividades de comunicaci¨®n que hasta su cierre hab¨ªa desempe?ado la televisi¨®n municipal Gandia TV. IPG contrat¨® con CCTV e Inversiones Especiales del Mediterr¨¢neo por importe de 1.770.000 y 1.768.584 euros respectivamente, en febrero de 2012.
Un a?o despu¨¦s, en febrero de 2013, IPG y CCTV resolvieron el contrato, con lo que la empresa p¨²blica asumi¨® la obligaci¨®n de pagar a la segunda la cantidad de 500.000 euros de dinero p¨²blico sin justificaci¨®n, seg¨²n ha quedado acreditado en la sentencia.
En ese contrato se estipulaba que la televisi¨®n se compromet¨ªa a no emitir hasta 2016 programaci¨®n de car¨¢cter pol¨ªtico en la ciudad de Gandia y que para hacerlo deber¨ªa consensuarlo con el Ayuntamiento, tal y como recoge el apartado de hechos probados de la sentencia.
Las ¡°verdaderas razones¡± de la resoluci¨®n del contrato, seg¨²n el tribunal, resid¨ªan en el inter¨¦s de Torr¨® en finalizar la relaci¨®n con la empresa televisiva y en que, una vez finalizada esa relaci¨®n, esta no incluyera dentro de su programaci¨®n contenido pol¨ªtico que no estuviera supervisados por el Ayuntamiento de Gandia. Por su parte, Ricardo Faura acept¨® ese acuerdo tanto para cobrar el dinero que IPG adeudaba a su empresa como para ¡°obtener un rendimiento econ¨®mico por acceder a lo pretendido por el se?or Arturo Torr¨®¡±.
Ambos acusados ¡°firmaron el documento sin que existiera cobertura legal para el pago del total del importe que exced¨ªa de las facturas debidas¡±, han se?alado en la sentencia, que cuantifica ese exceso en m¨¢s de 300.000 euros, una cifra que superaba la que legalmente habr¨ªa podido reclamar CCTV por la resoluci¨®n del contrato¡±.
Los magistrados concluyen que ambos condenados acordaron la resoluci¨®n del contrato ¡°para conseguir atender intereses particulares y no p¨²blicos¡± y dispusieron para ello o participaron ¡°en actos adecuados para provocar la disposici¨®n injustificada de caudales p¨²blicos¡±.
La sentencia, que puede ser recurrida en casaci¨®n ante el Tribunal Supremo, aprecia para los dos condenados la atenuante de dilaciones indebidas por el retraso en la tramitaci¨®n del procedimiento, al tiempo que cifra en al menos 135.812 euros el perjuicio ocasionado a las arcas municipales, cantidad en la que ambos deber¨¢n indemnizar conjunta y solidariamente al Ayuntamiento de Gand¨ªa.
El Tribunal descarta aplicar a ambos la reforma del delito de malversaci¨®n recogida en la reciente Ley Org¨¢nica 14/2022, al entender que no resulta m¨¢s beneficiosa en este caso para los penados que la redacci¨®n del C¨®digo Penal vigente en la fecha de comisi¨®n de los hechos.
¡°Fea intencionalidad¡±, reacciona el exregidor
Arturo Torr¨® ve ¡°claramente una fea intencionalidad y manipulaci¨®n¡± en el momento en el que se ha publicado la sentencia del caso Tele 7, a mes y medio de las elecciones locales. En un comunicado, Torr¨® subraya que la sentencia no es firme, ya que contra ella cabe recurso, y formula una serie de preguntas: ¡°?C¨®mo puedo conocer la sentencia desde el Martes Santo? y ?c¨®mo me pueden haber informado desde Madrid cuando el juicio se ha celebrado en la Audiencia Provincial de Valencia, y te¨®ricamente, la sentencia no estaba todav¨ªa dictada?¡±
El PP de Gandia asegura que se desmarca de ¡°cualquier actividad vinculada a la sentencia¡± del caso Tele 7, as¨ª como de las personas condenadas que ¡°no ostentan ning¨²n tipo de cargo ni representaci¨®n p¨²blica en la actualidad¡±.
El secretario de Organizaci¨®n del PSPV-PSOE, Jos¨¦ Mu?oz, ha afirmado que la sentencia ¡°vuelve a demostrar que el PP lleva la corrupci¨®n en su ADN¡± y ha lamentado que la Comunidad Valenciana ¡°vuelva a ser noticia por la corrupci¨®n del PP¡±.
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