La Fiscal¨ªa pide repetir el juicio del ¡®caso Alqueria¡¯ que absolvi¨® a un expresidente socialista de la Diputaci¨®n de Valencia
Anticorrupci¨®n censura al tribunal de la Audiencia provincial y reclama que se nombre otro
La Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n ha presentado un recurso contra la sentencia de la Audiencia de Valencia sobre el llamado caso Alqueria, que absolvi¨® al expresidente socialista de la Diputaci¨®n provincial Jorge Rodr¨ªguez y a otras 14 personas (tanto del PSOE como de Comprom¨ªs) acusadas de contratar a personas afines ¡°al margen de la legalidad¡±. El fiscal no solo recurre el fallo sino que pide que se repita el juicio con otro tribunal.
La sentencia, dictada dos d¨ªas despu¨¦s de las elecciones auton¨®micas pese a que el juicio finaliz¨® en noviembre del 22, tiene como principal protagonista a Jorge Rodr¨ªguez, que revalid¨® una mayor¨ªa absoluta al frente del Ayuntamiento de Ontinyent con el partido Ens Uneix, que fund¨® tras ser suspendido de militancia del PSPV-PSOE precisamente por este caso y cuando su decisi¨®n es crucial para que la izquierda mantenga la Diputaci¨®n de Valencia, el ¨²nico gran centro de poder que no perder¨ªa en la Comunidad Valenciana.
¡°La sentencia contiene una serie de afirmaciones f¨¢cticas que determinan el sentido del fallo, las cuales no tienen sustento legal y contradicen normas esenciales del ordenamiento tendentes a impedir precisamente lo que la sentencia dictada da por v¨¢lido¡±, se?ala el fiscal en su escrito.
Todos los encausados fueron absueltos despu¨¦s de que la Audiencia de Valencia considerara que aunque se ¡°pudieron forzar las costuras de una modalidad contractual que, quiz¨¢s, no era la m¨¢s apropiada para las funciones, facultades y poderes que las personas contratadas, o alguna de ellas, iban a ostentar¡± (...) ¡°la opci¨®n por esta modalidad de contrataci¨®n, no es una infracci¨®n legal flagrante y clamorosa, como exige el delito de prevaricaci¨®n, ni puede constituir tampoco un delito de falsedad¡±. ¡°No podemos tener como acreditado que la nueva estructura de Imelsa obedeciera a la necesidad o voluntad de contratar a determinadas personas como una forma de pagar favores o conceder prebendas. Consideramos, ma?s bien, que el orden fue inverso¡±, afirma el fallo.
Sin embargo, el fiscal cree que el tribunal yerra en su apreciaci¨®n y cree que las contrataciones se efectuaron ¡°por ideolog¨ªa pol¨ªtica de los partidos¡±, lo que considera que es contrario ¡°a las exigencias legales que establece el legislador precisamente para evitar el clientelismo pol¨ªtico¡±.
La sentencia se?ala: ¡°No podemos tener como acreditado que la nueva estructura de Imelsa (empresa p¨²blica) obedeciera a la necesidad o voluntad de contratar a determinadas personas como una forma de pagar favores o conceder prebendas. Consideramos, ma?s bien, que el orden fue inverso¡±, afirma. El fiscal considera que esta consideraci¨®n tampoco es acertada: ¡°La cronolog¨ªa de los hechos es a la inversa¡±, apunta en su recurso. E insiste en que el criterio de contrataci¨®n fue pol¨ªtico y que el tribunal ha ¡°edulcorado¡± la realidad.
Las ¡°afirmaciones f¨¢cticas y jur¨ªdicas que no se acomodan a la legislaci?on aplicable¡±, adem¨¢s de lo que el fiscal considera que es la omisi¨®n de valoraci¨®n de un infrome y varias declaraciones, Anticorrupci¨®n pide la revocaci¨®n del juicio y la repetici¨®n del mismo con otro tribunal.
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