La Justicia confirma que las elecciones catalanas se celebrar¨¢n el 14-F
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a avanza que anula el decreto del aplazamiento de los comicios, aunque la sentencia se har¨¢ p¨²blica a partir del lunes
La Justicia ha acabado este viernes con la incertidumbre sobre la fecha de las elecciones auton¨®micas catalanas. El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha confirmado que los comicios ser¨¢n el pr¨®ximo 14 de febrero al admitir un recurso contra el decreto del Gobierno catal¨¢n que aplazaba la votaci¨®n al 30 de mayo por el coronavirus. El tribunal ha avanzado el fallo, pero no la sentencia ¨ªntegra, que ser¨¢ dada a conocer a las partes el pr¨®ximo lunes.
El tribunal hab¨ªa suspendido, de forma provisional, el decreto de la Generalitat que aplazaba los comicios. Faltaba, sin embargo, el pronunciamiento definitivo, que ha llegado este viernes, coincidiendo con el inicio de la campa?a electoral. La Secci¨®n Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se hab¨ªa dado como fecha l¨ªmite para decidir hasta el 8 de febrero. Pero la ¡°buena fe procesal¡± de las partes ha permitido disponer de todos los escritos antes de tiempo y pronunciarse con antelaci¨®n.
La decisi¨®n del tribunal no es firme y puede a¨²n recurrirse ante el Tribunal Supremo. Pero en ese caso, el TSJC recuerda que el recurso ¡°no ser¨ªa suspensivo de la ejecuci¨®n de la decisi¨®n adoptada¡±, y las elecciones se celebrar¨ªan igualmente el pr¨®ximo 14 de febrero. La nota de prensa tambi¨¦n se?ala que la sentencia ¡°har¨¢ expresa menci¨®n¡± a esa buena fe procesal de las partes para ¡°llegar a una resoluci¨®n en la mayor brevedad de tiempo¡±.
Un particular y varias formaciones pol¨ªticas recurrieron ante el TSJC el decreto de aplazamiento de las elecciones. Los magistrados aceptaron la suspensi¨®n cautelar para preservar la posibilidad de mantener la convocatoria en febrero, por lo que el proceso electoral continu¨®, con el inicio este viernes de la campa?a. El pasado 22 de enero, el TSJC dio a conocer las razones para la suspensi¨®n cautelar. Entonces aleg¨® que deb¨ªan celebrarse el 14 de febrero por su ¡°inter¨¦s p¨²blico¡± y no caer en la ¡°provisionalidad¡±. Y a?adi¨® que ni el estado de alarma ni las restricciones para contener el coronavirus imped¨ªan su celebraci¨®n ¡°con garant¨ªas¡±.
La decisi¨®n del tribunal del pasado 22 de enero, que contaba con un voto particular a favor del atraso de las elecciones, s¨ª abr¨ªa la puerta al aplazamiento de las elecciones en el caso de que hubiese un empeoramiento de la situaci¨®n epidemiol¨®gica o un incremento de las restricciones. Se refer¨ªa a ¡°cambios sustanciales¡± hasta el d¨ªa de los comicios que pudiesen ¡°justificar otra decisi¨®n de las autoridades competentes¡±. Algo que no ha ocurrido.
Finalmente, en el tribunal ha prevalecido el argumento con el que suspendieron cautelarmente el decreto de aplazamiento: retrasar las votaciones sin una nueva fecha clara aboca a un ¡°periodo prolongado de provisionalidad¡± que ¡°afecta al normal funcionamiento de las instituciones democr¨¢ticas¡±. Y hac¨ªan referencia expresa a un momento de ¡°precariedad institucional¡± en la Generalitat, sin un presidente despu¨¦s de que Quim Torra fuese inhabilitado y con el Parlamento disuelto.
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