C¨®mo votar por correo en las elecciones generales del 23-J
El voto por correo permite al ciudadano poder votar sin tener que acudir f¨ªsicamente a su colegio electoral. El plazo de solicitud es desde el 30 de mayo al 13 de julio
Los espa?oles con derecho a voto est¨¢n llamados de nuevo a las urnas el 23 de julio. El Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) ha publicado la fecha de convocatoria de las elecciones generales, tal y como anunci¨® este lunes el presidente del Gobierno, Pedro S¨¢nchez. Ser¨¢n los primeros comicios que se celebren en julio, por lo que al tratarse de un mes de vacaciones veraniegas, el voto por correo cobrar¨¢ presumiblemente una mayor relevancia. Seg¨²n la ley electoral, se puede solicitar desde el mismo d¨ªa en el que se publica la convocatoria en el BOE. Es importante tener en cuenta que una vez se opte por esta modalidad de voto ya no se podr¨¢ ejercer de forma presencial.
En las recientes elecciones municipales y auton¨®micas del 28 de mayo se admitieron 1.082.030 solicitudes para votar por correo, lo que supuso un 5,01% m¨¢s respecto al n¨²mero de solicitudes admitidas en las anteriores elecciones auton¨®micas y municipales, celebradas el 26 de mayo de 2019. Finalmente, fueron m¨¢s de 984.000 personas las que ejercieron su derecho a votar a trav¨¦s de esta modalidad.
Ya puedes pedir online el #VotoPorCorreo para las elecciones generales del 23 de julio. Tienes hasta el 13 de julio para solicitarlo en https://t.co/whxFNnnn14 #Elecciones23J
— Correos (@Correos) May 31, 2023
Estos son los pasos a seguir:
1. A partir del 30 de mayo, los ciudadanos que quieran votar por correo podr¨¢n pedir en cualquier oficina de Correos el impreso de solicitud que certifica que optan por esta modalidad. Para ello deber¨¢n acudir en persona y deber¨¢n presentar el DNI, el pasaporte o el carnet de conducir originales. Tambi¨¦n se puede solicitar de forma telem¨¢tica en la web de correos, para lo cual el interesado debe disponer de una firma electr¨®nica. El plazo para pedir el voto por correo se cierra el 13 de julio.
2. Para cumplimentar el impreso de solicitud se debe indicar la direcci¨®n postal donde se quiere recibir toda la documentaci¨®n electoral, ya sea el domicilio personal, el lugar de trabajo, o cualquier direcci¨®n en la que desee recibirlo.
3. Una vez hecha la solicitud, los ciudadanos recibir¨¢n en su domicilio un sobre certificado que deber¨¢n recoger en persona con toda la informaci¨®n electoral, el certificado de inscripci¨®n en el censo, todas las papeletas con las candidaturas que se presentan a estos comicios, y los sobres correspondientes. Seg¨²n la ley, la Oficina del Censo Electoral remitir¨¢ esta informaci¨®n al domicilio por ¨¦l indicado entre el 3 julio y el 16 de julio. El BOE publicar¨¢ todas las candidaturas el 27 de junio.
4. Una vez establecidas las candidaturas y recibida toda la informaci¨®n, para votar se deber¨¢ remitir el sobre con la papeleta correspondiente a una oficina de Correos dentro de su horario de apertura normal. El plazo para hacerlo es hasta el 20 de julio, tres d¨ªas antes de que se celebren las elecciones.
5. Correos conservar¨¢ hasta el d¨ªa de la votaci¨®n toda la correspondencia y la trasladar¨¢ a las mesas electorales correspondientes a las nueve de la ma?ana. Aunque, seguir¨¢ dando traslado de la que pueda recibirse en dicho d¨ªa, hasta las ocho de la tarde.
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