El Supremo rechaza la denuncia contra Ayuso por las muertes en residencias de ancianos durante la pandemia
El alto tribunal estima que no ha quedado clara la relaci¨®n causa-efecto entre los ¡°protocolos de la verg¨¹enza¡± y los fallecimientos producidos
El Tribunal Supremo ha archivado la denuncia presentada contra la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel D¨ªaz Ayuso, por las muertes en las residencias de ancianos durante la pandemia, al considerar que no est¨¢ clara la conexi¨®n entre la falta de derivaciones de los internos hacia los hospitales y los fallecimientos registrados. El auto de la Sala Penal explica que ¡°no disponemos, ni la denuncia los proporciona, datos precisos para concluir en qu¨¦ medida los criterios de derivaci¨®n hospitalaria que en la denuncia se denominan ¡®protocolos de la verg¨¹enza¡¯ fueron acertados y rigurosos m¨¦dicamente en funci¨®n de la situaci¨®n epidemiol¨®gica y hospitalaria de cada momento¡±. La resoluci¨®n a?ade que tambi¨¦n se desconoce ¡°cu¨¢l fue el verdadero grado de cumplimiento de esos protocolos¡± o ¡°qu¨¦ concretos pacientes pudieron fallecer por su aplicaci¨®n¡±.
La iniciativa contra Ayuso parti¨® de un particular, por los delitos de homicidio imprudente, omisi¨®n del deber de socorro, derecho a tratamiento m¨¦dico y delito de prevaricaci¨®n con la agravante de premeditaci¨®n. Todo ello en relaci¨®n con las muertes de 7.291 personas en las residencias de la Comunidad durante la pandemia de COVID-19. El auto estima que la denuncia no puede ser admitida a tr¨¢mite por estar planteada en t¨¦rminos gen¨¦ricos e indeterminados. El auto advierte, en cambio, que en sede penal se requerir¨ªa ¡°vincular el fallecimiento de concretas personas con concretas medidas o decisiones adoptadas por la persona denunciada¡±, extremos que en el texto presentado no se precisan.
El denunciante hizo constar que los ¡°protocolos de la verg¨¹enza¡±, de obligado cumplimiento para el personal de las residencias, impidi¨® la derivaci¨®n a hospitales de personas mayores enfermas que ten¨ªan ¡°un alto nivel de dependencia o deterioro cognitivo, provocando la muerte de un elevad¨ªsimo n¨²mero de ellas que fallecieron sin atenci¨®n m¨¦dica¡±. En la documentaci¨®n del caso se mencionaban informes de la Polic¨ªa Municipal sobre la ¡°situaci¨®n cr¨ªtica¡± de numerosas residencias, que se citan expl¨ªcitamente.
Al texto de la denuncia se incorpor¨® tambi¨¦n un estudio internacional sobre ¡°las consecuencias de no derivaci¨®n a hospitales de residentes en residencias mayores de la Comunidad de Madrid¡± y otro de la epidemi¨®loga Mar¨ªa Victoria Zunzunegui. La conclusi¨®n expuesta por el denunciante fue que ¡°la mortalidad por covid en marzo y abril de 2020 entre los mayores que viv¨ªan en residencias y que no fueron hospitalizados super¨® el 40% en la Comunidad de Madrid ¨Dentre el 40,8% y el 46%, seg¨²n los dos estudios dedicados a Madrid¨D mientras que en otras comunidades aut¨®nomas ese porcentaje oscil¨® entre el 7,7% y el 25,9%¡±.
En cambio, la tasa de mortalidad entre los residentes que s¨ª fueron hospitalizados fue m¨¢s bajo: entre el 27,7% y 42,5%, seg¨²n esos mismos estudios sobre la Comunidad de Madrid. En otras autonom¨ªas ese porcentaje se movi¨® en un rango entre el 26,9% y el 66,6%. Los autores concluyen que en Madrid no se permiti¨® la derivaci¨®n al hospital de muchos de los casos m¨¢s graves que podr¨ªan haberse beneficiado de la atenci¨®n hospitalaria, sino que se envi¨® al hospital a aquellos con un mejor estado funcional.
Antes de analizar la posible responsabilidad de la presidenta de la Comunidad de Madrid, el auto ¨Ddel que ha sido ponente el magistrado Juan Ram¨®n Berdugo¨D subraya que ¡°en otros ¨¢mbitos distintos se puede cuestionar cr¨ªticamente, analizar cient¨ªficamente o mostrar rechazo social a las medidas sanitarias que en aquellos dif¨ªciles y dram¨¢ticos momentos adoptaron las autoridades competentes¡±, y a?ade que ¡°sin embargo, aqu¨ª, en sede de un tribunal de la jurisdicci¨®n penal, solo nos corresponde analizar lo que se denuncia en los estrictos t¨¦rminos en que se desenvuelve la responsabilidad penal¡±.
La resoluci¨®n de la Sala Penal ¨Dcompuesta por cinco magistrados¨D explica a este respecto que una eventual atribuci¨®n de responsabilidad penal a ¡°la persona aforada (Ayuso) exigir¨ªa apreciar con nitidez la existencia de una relaci¨®n de causalidad concreta y precisa entre los fallecimientos y enfermedades producidos y las medidas adoptadas o las no adoptadas, pero que debieron serlo¡±. Por tanto, la relaci¨®n de causa a efecto entre los ¡°protocolos de la verg¨¹enza¡± y las ¨®rdenes del Gobierno auton¨®mico ¡°no puede plantearse en los t¨¦rminos gen¨¦ricos o difusos en que aparecen en la denuncia¡±.
El tribunal expone que el archivo acordado ¡°es compatible con el cuestionamiento cr¨ªtico¡± de las decisiones que en ¨¢mbito sanitario se pudieron tomar por las autoridades en general y las de Madrid en particular. Y a?ade que dicho archivo ¡°ni es un aval a las pol¨ªticas sanitarias que se aplicaron en relaci¨®n con las residencias de personas mayores, ni lo contrario¡±.
El auto recuerda finalmente que hay constancia de que se han presentado numerosas denuncias ante la Fiscal¨ªa y ante los juzgados de instrucci¨®n de la Comunidad de Madrid por estos mismos hechos, pero ah¨ª s¨ª en relaci¨®n con residencias determinadas y personas concretas, y que en la propia denuncia se hace referencia a ello. ¡°Es en esos procedimientos ¨Dafirma el tribunal¨Den los que puede esclarecer lo ocurrido, determinando qu¨¦ fallecimientos pudieron estar asociados a decisiones pol¨ªticas, administrativas o de gesti¨®n y c¨®mo, por qui¨¦n y de qu¨¦ manera se tomaban las decisiones de no derivaci¨®n hospitalaria¡±.
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