Entra en vigor la moratoria: los coches sin etiqueta empadronados podr¨¢n seguir circulando por Madrid en 2025
Habr¨¢ un periodo de aviso de 12 meses en el que los veh¨ªculos m¨¢s contaminantes no recibir¨¢n sanci¨®n, sino una notificaci¨®n, pero esta medida no se aplica a los residentes de las ZBE Centro y Plaza El¨ªptica
Los veh¨ªculos m¨¢s contaminantes, es decir, aquellos que no tengan etiqueta ambiental, cuyos due?os est¨¦n empadronados en la capital podr¨¢n seguir circulando por la ciudad en 2025 sin ser multados, aunque se mantiene la prohibici¨®n ya vigente desde el 1 de enero de 2024 para aquellos veh¨ªculos que no est¨¢n empadronados en Madrid. ¡°Hemos decidido dar un plazo de aviso, ampliarlo hasta los 12 meses, es decir, aquellos veh¨ªculos empadronados en la ciudad de Madrid que no tengan etiqueta ambiental podr¨¢n circular a lo largo de todo el a?o¡±, inform¨® el 12 de diciembre el delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento, Borja Carabante.
Sin embargo, esta moratoria deja fuera los coches sin etiqueta empadronados en Centro y Plaza El¨ªptica, seg¨²n aclar¨® este martes la vicealcaldesa de Madrid, Inma Sanz, que explic¨® que la medida se aplica a la ¡°zona general¡± y no a las zonas especiales, lo que provocar¨¢ que se multe a los veh¨ªculos sin etiqueta empadronados en las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protecci¨®n (ZBE) de Centro y Plaza El¨ªptica por circular o aparcar en su propio barrio. Este problema, seg¨²n Sanz, ¡°afecta a un n¨²mero muy peque?o de veh¨ªculos¡± que, sin embargo, no cuantific¨®. El acceso indebido a cualquier ZBE del territorio nacional es una infracci¨®n grave de tr¨¢fico y lleva aparejada una sanci¨®n de 200 euros, que se puede reducir a 100 por pronto pago.
?Los veh¨ªculos? con clasificaci¨®n ambiental A empadronados en #Madrid podr¨¢n estacionar en la zona SER hasta el 31 de diciembre de 2025. #JGobMadrid
— Ayuntamiento Madrid (@MADRID) December 26, 2024
?Los titulares de veh¨ªculos A s¨®lo podr¨¢n estacionar en su barrio
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Sin embargo, en Madrid ZBE, es decir, en el resto del municipio, s¨ª que podr¨¢n circular sin ser multados. As¨ª, todos los titulares de veh¨ªculos que infrinjan la normativa vigente, la Ordenanza de Movilidad Sostenible para Madrid ZBE desde las 00.00 del 1 de enero de 2025 hasta las 23.59 del 31 de diciembre de 2026 y que sean cazados por las c¨¢maras recibir¨¢n una comunicaci¨®n por carta a su domicilio de car¨¢cter informativo.
Estas son las excepciones
La implantaci¨®n completa de Madrid ZBE comienza este 1 de enero de 2025. A partir de esta fecha, entran en vigor las restricciones a la circulaci¨®n en todo el t¨¦rmino municipal que a¨²n no se aplicaban a los veh¨ªculos con clasificaci¨®n ambiental A. Estos son los propietarios de veh¨ªculos A empadronados en la capital o dados de alta en el Impuesto de Veh¨ªculos de Tracci¨®n Mec¨¢nica (IVTM) de Madrid, motocicletas y los veh¨ªculos de mercanc¨ªas A de cualquier parte de Espa?a, incluyendo los del municipio de Madrid.
Se establecen tres tipos de autorizaci¨®n de acceso, que se suman a las exenciones para veh¨ªculos que trasladen Personas con Movilidad Reducida (PMR) y veh¨ªculos hist¨®ricos ya vigentes. Este es el caso de los aut¨®nomos (o sociedades unipersonales) de 59 a?os cumplidos en 2025 en adelante con veh¨ªculos A de m¨¢s de 3,5 toneladas; as¨ª como a titulares de veh¨ªculos A o familiares que lo necesiten para su traslado a centros m¨¦dicos y hospitalarios para someterse a tratamientos hospitalarios ¨Dno a los que vayan a consultas¨D. Se establecer¨¢ un procedimiento para solicitar el acceso por registro, ya que no se realizar¨¢ de oficio. Tambi¨¦n se permitir¨¢ el acceso temporal a los veh¨ªculos A de aquellas personas que hayan comprado uno nuevo de bajas emisiones, pero que por cuestiones de fabricaci¨®n no lo haya recibido todav¨ªa.
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