El Gobierno de Ayuso maniobra para impedir que el PSOE impugne su medalla a Milei
La Abogac¨ªa regional aduce que los socialistas no tienen legitimidad para recurrir la concesi¨®n del galard¨®n ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid
El gobierno de la Comunidad de Madrid, que preside Isabel D¨ªaz Ayuso, maniobra para impedir que el PSOE impugne en la justicia la pol¨¦mica concesi¨®n de la medalla internacional de la regi¨®n al presidente de Argentina, Javier Milei. As¨ª consta en un escrito registrado el 2 de diciembre ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), al que accedi¨® EL PA?S, en el que la abogac¨ªa regional argumenta que ¡°el desacuerdo ideol¨®gico o pol¨ªtico¡± no legitima a los socialistas, ni como partido, ni como diputados individuales, para llevar este asunto ante la justicia, por lo que reclama que se inadmita su recurso. ¡°Lo que persigue la parte actora es una defensa enconada de una determinada posici¨®n pol¨ªtica, cuesti¨®n que nada tiene que ver con el ¨¢mbito y finalidad del procedimiento contencioso-administrativo¡±, afea la representaci¨®n del gobierno de Ayuso, que aduce que la mera defensa de la legalidad no es raz¨®n suficiente para el pleito. En todo caso, por ahora, ¡°el procedimiento sigue abierto¡± y ¡°sin novedad¡±, seg¨²n un portavoz del gobierno regional.
21 de junio de 2024. Cumbre de alto voltaje en la Real Casa de Correos, sede del Gobierno madrile?o, donde Ayuso recibe a Milei en un momento de m¨¢xima tensi¨®n. El l¨ªder argentino aterriza en Espa?a tras tildar de ¡±corrupta¡± a Bego?a G¨®mez, la mujer del presidente, Pedro S¨¢nchez, al que a su vez define como ¡°cobarde¡± o ¡°socialista arrogante¡±, tras escuchar c¨®mo el ministro espa?ol de Transportes, ?scar Puente, suger¨ªa que ¨¦l pod¨ªa haber consumido ¡°sustancias¡±. Durante la ceremonia de entrega de la medalla, que pilla en fuera de juego al presidente del PP nacional, Alberto N¨²?ez Feij¨®o, Milei lanza un discurso frontalmente contrario a los principios del Estado social y democr¨¢tico que consagra la Constituci¨®n espa?ola.
Por ejemplo, proclama que la justicia social es ¡°un monstruo horrible, empobrecedor [...] una idea verdaderamente aberrante, profundamente injusta y violenta¡±. Y a?ade que los impuestos son un robo ¡°porque no se pagan voluntariamente, se pagan a punta de pistola¡±.
Antes y despu¨¦s de que reciba la medalla, tanto el Gobierno de Espa?a como la oposici¨®n de izquierdas madrile?a ponen en duda que el mandatario americano cumpla con los requisitos formales para ser galardonado.
Porque Milei se ha desplazado hasta Madrid para recibir el premio anual del Instituto Juan de Mariana ¡°por su defensa de las ideas de la libertad¡±. Es decir, que el viaje, en interpretaci¨®n del gobierno central, tiene car¨¢cter ¡°privado¡±. Y por ello, desde el mismo anuncio de la cita, surge la doble discusi¨®n sobre si la decisi¨®n de entregarle el galard¨®n regional incumple la ley de acci¨®n exterior estatal; y sobre si Milei est¨¢, o no, de viaje oficial en Madrid, requisito indispensable para la concesi¨®n de la medalla internacional de la regi¨®n, seg¨²n la ley que la regula.
¡°Sin duda se trata de una visita privada. No hay nada de agenda oficial de lo que yo he conocido hasta ahora de esa visita¡±, afirm¨®, categ¨®ricamente, Jos¨¦ Manuel Albares, ministro de Exteriores. Sin embargo, caben otras interpretaciones.
¡°Se puede acudir a los usos y costumbres del derecho internacional p¨²blico¡±, argument¨® Bernardo Navazo, polit¨®logo e ingeniero aeron¨¢utico espa?ol especializado en pol¨ªtica e industria de defensa y relaciones internacionales. ¡°Si Milei ha comunicado su visita, y el Gobierno de Espa?a le ha permitido aterrizar en la base militar de Torrej¨®n, le ha puesto escolta, ha permitido que los suyos porten armas... est¨¢ reconociendo, de facto, la visita como oficial¡±.
En julio, el PSOE pidi¨® la nulidad del decreto que conced¨ªa la medalla, al considerar que la distinci¨®n fue otorgada ¡°en fraude de ley¡±, ya que el decreto que la oficializaba habr¨ªa ¡°sido dictado, prescindiendo total y absolutamente del procedimiento y los requisitos legalmente establecidos¡±.
Los socialistas argumentaron que el galard¨®n respond¨ªa ¡°¨²nica y exclusivamente a la cercan¨ªa pol¨ªtica del distinguido con la Presidenta de la Comunidad de Madrid y proponente de la distinci¨®n¡±, lo que convirti¨® la cita institucional de junio, a su juicio, ¡°en una actuaci¨®n de propaganda pol¨ªtica partidista¡±, infringiendo as¨ª, ¡°el principio de neutralidad y objetividad de las Administraciones P¨²blicas, recogido en el art¨ªculo 103 de la Constituci¨®n Espa?ola¡±.
El TSJM admiti¨® el recurso a tr¨¢mite en septiembre. Y en diciembre, la Comunidad de Madrid, a trav¨¦s de la abogac¨ªa, registr¨® un escrito de alegaciones previas para intentar detener el proceso.
Desacuerdo ideol¨®gico
¡°No existe conexi¨®n alguna entre los recurrentes y el acto recurrido, al margen del desacuerdo con la concesi¨®n de la distinci¨®n honor¨ªfica a D. Javier Milei, que resulta, por la doctrina expuesta, insuficiente para sostener el recurso, al no existir una posici¨®n privilegiada de los partidos pol¨ªticos que les permita ampararse en un fundamento distinto al inter¨¦s leg¨ªtimo para ostentar legitimaci¨®n en un proceso contencioso¡±, argumenta el escrito de la Comunidad. ¡°M¨¢s all¨¢ del desacuerdo ideol¨®gico, se aprecia la evidente falta de relaci¨®n entre los demandantes y el objeto del recurso (...)¡±, a?ade.
¡°Una vez m¨¢s, hemos de recordar que los fines de pol¨ªtica general -totalmente respetables en su ¨¢mbito- no son trasladables al proceso, que no puede concebirse como una continuaci¨®n del debate pol¨ªtico, y donde el concepto t¨¦cnico-jur¨ªdico de inter¨¦s leg¨ªtimo debe entenderse como ese beneficio cierto para la persona recurrente, predicable en id¨¦nticos t¨¦rminos para las personas jur¨ªdicas, y no equiparable, en modo alguno, a un desacuerdo ideol¨®gico o pol¨ªtico, cuyo encauzamiento tiene sus propios foros¡±, se contin¨²a. ¡°(...) Se advierte a todas luces que lo que persigue la parte actora es una defensa enconada de una determinada posici¨®n pol¨ªtica, cuesti¨®n que nada tiene que ver con el ¨¢mbito y finalidad del procedimiento contencioso- administrativo¡±.
Al respecto, la Abogac¨ªa regional aporta dos ejemplos recientes, en los que se inadmit¨ªan recursos de diputados cuyo objeto era la defensa de la legalidad, pues no demostraban ¡°vinculaci¨®n alguna con el objeto del proceso¡±. Uno de los precedentes ata?e a dos diputadas que impugnaron una orden gubernamental, y el otro llevaba la firma de Vox contra una orden del consejero de Sanidad. En ambos casos se ¡°concluy¨® asimismo la falta de legitimaci¨®n activa de los recurrentes¡±. Un debate jur¨ªdico que ahora afecta a la medalla concedida por Ayuso a Milei.
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