Revocar la inmunidad diplom¨¢tica, una medida sin precedentes
Violar un recinto diplom¨¢tico pondr¨ªa en peligro a los diplom¨¢ticos del pa¨ªs que ha tomado la medida
![Guillermo Altares](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2F0a1d84e0-efad-4172-a1f8-8f2fd94d0b67.jpg?auth=a39bd907029ba4d604e53cb72a660dec8fb36f54f06a3f1f46d6f62cc0bff152&width=100&height=100&smart=true)
![Un policía pide a un chófer que aparentemente iba a recoger a Assange frente a la embajada de Ecuador que abandone la zona.](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/66BE5VPEOO45WJ7ZWNPLU3FAQA.jpg?auth=01de967a56e4c2dacfdcf87ffd5bf48dd4d257d408a5392a35da4fd0b1fce696&width=414)
Las legaciones diplom¨¢ticas gozan de un estatuto especial: son inviolables. Las fuerzas de seguridad de un pa¨ªs no pueden entrar en un recinto que goce de protecci¨®n diplom¨¢tica en ninguna circunstancia. De hecho, la excepci¨®n que plantea la ley brit¨¢nica, que Londres ha esgrimido en el caso de Julian Assange, que se encuentra refugiado en la Embajada de Ecuador en Londres, se basa en un caso extremo: la muerte de una polic¨ªa en Londres por disparos desde la Embajada libia, en 1984. La Embajada fue rodeada, los diplom¨¢ticos de Tr¨ªpoli expulsados, las relaciones rotas; pero los agentes de Scotland Yard no pisaron la Embajada, ni detuvieron al culpable.
Tras la crisis de los rehenes en Teher¨¢n, cuando la Embajada de EEUU fue asaltada tras la revoluci¨®n iran¨ª de 1979 y se produjo una toma de rehenes que se prolong¨® durante a?os, Washington adopt¨® una legislaci¨®n que tambi¨¦n permite, en casos extraordinarios, revocar la inviolabilidad de un recinto diplom¨¢tico. En ning¨²n caso se tratar¨ªa de autorizar un asalto, sino que debe contar con la autorizaci¨®n de un juez.
La Convenci¨®n de Viena de 1961 convirti¨® en ley unas normas que se aplicaban desde mucho antes y que se remontan pr¨¢cticamente a la inviolabilidad de las Iglesias en la Edad Media. Violar un recinto diplom¨¢tico pondr¨ªa adem¨¢s en peligro a los diplom¨¢ticos del propio pa¨ªs que ha tomado esa medida. El ex embajador brit¨¢nico Craig Murray declar¨® este jueves: "Si la polic¨ªa entra en la Embajada de Ecuador todos los diplom¨¢ticos brit¨¢nicos en todo el mundo estar¨¢n en peligro".
Incluso en caso de conflictos, de guerras, la inviolabilidad de un recinto diplom¨¢tico se respeta: estos d¨ªas se conmemora el centenario del nacimiento de Raoul Wallenberg, un diplom¨¢tico sueco que durante el Holocausto salv¨® la vida de miles de jud¨ªos en Budapest d¨¢ndoles refugio en edificios que gozaban de la protecci¨®n diplom¨¢tica de Suecia. En esas circunstancias extremas, se respet¨® el recinto diplom¨¢tico, al igual que durante la Guerra Civil en Madrid. Las violaciones de un territorio diplom¨¢tico son rar¨ªsimas: los talibanes entraron en la sede de la ONU en 1996 tras tomar Kabul, capturaron al depuesto presidente Najibul¨¢ y lo colgaron en una farola en el centro de la capital afgana.
El art¨ªculo 21 de la Convenci¨®n de Viena de 1961 describe la inviolabilidad de las Embajadas de la siguiente forma: "Los locales de la misi¨®n son inviolables. Los agentes del Estado receptor no podr¨¢n penetrar en ellos sin consentimiento del jefe de la misi¨®n". El Convenio de Viena sobre relaciones consulares de 1963 es a¨²n m¨¢s claro: "Los locales consulares gozar¨¢n de la inviolabilidad que les concede este art¨ªculo. 2. Las autoridades del Estado receptor no podr¨¢n penetrar en la parte de los locales consulares que se utilice exclusivamente para el trabajo de la oficina consular, salvo con el consentimiento del jefe de la oficina consular, o de una persona que ¨¦l designe, o del jefe de la misi¨®n diplom¨¢tica del Estado que env¨ªa. Sin embargo, el consentimiento del jefe de oficina consular se presumir¨¢ en caso de incendio, o de otra calamidad que requiera la adopci¨®n inmediata de medidas de protecci¨®n. 3. Con sujeci¨®n a las disposiciones del p¨¢rrafo 2 de este art¨ªculo, el Estado receptor tendr¨¢ la obligaci¨®n especial de adoptar todas las medidas apropiadas para proteger los locales consulares, con arreglo a las disposiciones de los p¨¢rrafos anteriores, contra toda intrusi¨®n o da?o y para evitar que se perturbe la tranquilidad de la oficina consular o se atente contra su dignidad. 4. Los locales consulares, sus muebles, los bienes de la oficina consular y sus medios de transporte, no podr¨¢n ser objeto de ninguna requisa, por razones de defensa nacional o de utilidad p¨²blica. Si para estos fines fuera necesaria la expropiaci¨®n, se tomar¨¢n las medidas posibles para evitar que se perturbe el ejercicio de las funciones consulares y se pagar¨¢ al Estado que env¨ªa una compensaci¨®n inmediata, adecuada y efectiva".
Incluso en caso de guerra, de ruptura de relaciones diplom¨¢ticas, el Convenio de Viena asegura: ¡°El Estado receptor estar¨¢ obligado a respetar y a proteger, incluso en caso de conflicto armado, los locales consulares, los bienes de la oficina consular y sus archivos¡±.
Sin embargo, el Reino Unido adopt¨® en 1987 una legislaci¨®n que permit¨ªa la polic¨ªa, con el permiso de un juez, entrar en un recinto diplom¨¢tico en caso de se produzca una utilizaci¨®n il¨ªcita de esa inmunidad. La ley fue aprobada por el Parlamento despu¨¦s del esc¨¢ndalo que provoc¨® la muerte, en 1984, de una agente de polic¨ªa, Yvonne Fletcher, disparos efectuados desde la Embajada Libia de St. James Square. Londres acab¨® por cortar las relaciones diplom¨¢ticas con Libia, pero no lleg¨® a entrar en la Embajada ni nadie fue procesado por este crimen. La BBC explica que, cuando la ley fue defendida en el Parlamento, la baronesa Young dijo en la C¨¢mara de los Lores que el Gobierno pensaba en situaciones extraordinarias, cuando una legaci¨®n fuese utilizada para actos terroristas como en el caso Fletcher.
La ley, llamada Diplomatic and Consular Premises Act de 1987, prev¨¦ desde entonces que la polic¨ªa pueda entrar en un recinto diplom¨¢tico si lo autoriza un juez pero, como precisa un experto jur¨ªdico a la BBC, el Gobierno brit¨¢nico tendr¨ªa que convencer a un tribunal de que la presencia de Julian Assange en la Embajada de Ecuador en Londres es una violaci¨®n del derecho internacional. La legislaci¨®n no se ha aplicado nunca.
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