El Supremo dictamina que el veto migratorio de Trump exima a los abuelos de inmigrantes
La decisi¨®n de la Corte es temporal mientras el Gobierno recurre a un tribunal de apelaci¨®n
El Tribunal Supremo de Estados Unidos respald¨® este mi¨¦rcoles la sentencia de un juez federal de Haw¨¢i que consider¨® que el veto migratorio del Gobierno de Donald Trump debe eximir a los abuelos en EE UU de inmigrantes. Pero rechaz¨® otro fallo del magistrado al permitir a la Administraci¨®n mantener su prohibici¨®n a refugiados de seis pa¨ªses de mayor¨ªa musulmana.
Es el en¨¦simo episodio judicial respecto al decreto del presidente republicano que responde a su promesa electoral de impedir la entrada al pa¨ªs a musulmanes. Trump justifica su veto en motivos de seguridad contra el terrorismo pero sus cr¨ªticos lo consideran una discriminaci¨®n religiosa contra los musulmanes. Se desconoce si la Administraci¨®n cambiar¨¢ inmediatamente las restricciones sobre los abuelos de visitantes o esperar¨¢ a que haya una sentencia firme.
La decisi¨®n del Alto Tribunal sobre los familiares es temporal hasta que se resuelva el contencioso. Cree que, en caso de querer recurrir el fallo del pasado jueves del juez de Haw¨¢i Derrick Watson, el Gobierno debe hacerlo ante la Corte de Apelaciones correspondiente.
Watson ya paraliz¨® en marzo la entrada en vigor de la segunda versi¨®n del veto migratorio de Trump, que era m¨¢s rebajada que la primera y afectaba a los ciudadanos de Siria, Sud¨¢n, Yemen, Somalia, Libia e Ir¨¢n.
El Gobierno recurri¨® entonces al Supremo, que el pasado 26 de junio le dio parcialmente la raz¨®n. La m¨¢xima autoridad judicial autoriz¨® a prohibir durante 90 d¨ªas las nuevas solicitudes de entrada a visitantes de esos seis pa¨ªses que no tengan un v¨ªnculo fiable (bona fide) con ¡°una persona o entidad¡± en EE UU. Lo mismo ocurr¨ªa durante 120 d¨ªas con los ciudadanos de esos pa¨ªses que intenten acceder al programa de refugiados de la primera potencia mundial.
El Supremo sugiri¨® entonces que esa relaci¨®n incluir¨ªa a un familiar, una oferta de trabajo o una invitaci¨®n universitaria. Pero dej¨® en manos de las autoridades la interpretaci¨®n pr¨¢ctica. La Administraci¨®n estableci¨® que el lazo debe ser ¡°cercano¡± de parentesco o laboral, y lo defini¨® como la relaci¨®n con un padre, marido o esposa, hijo, yerno o hermano que viva legalmente en EE UU. Los abuelos y otros familiares quedaron excluidos. El veto entr¨® en vigor el 30 de junio.
Seg¨²n el juez de Haw¨¢i, ¡°el sentido com¨²n¡± establece que los abuelos integren el grupo de personas consideradas familiares cercanos. El magistrado tambi¨¦n fall¨® que deb¨ªan eximirse de la prohibici¨®n de entrada a aquellos refugiados que ya hab¨ªan iniciado tr¨¢mites con agencias de recolocaci¨®n en EE UU al tener una relaci¨®n con una instituci¨®n norteamericana. Pero en este asunto el Supremo ha fallado a favor del Gobierno.
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