Ecuador aprueba el uso y producci¨®n de cannabis con fines medicinales
La Asamblea Nacional avala una reforma que elimina la sanci¨®n a la posesi¨®n de f¨¢rmacos con ese principio activo
Ecuador acaba de incorporarse a la docena de pa¨ªses del mundo en los que es legal el uso y cultivo del cannabis con fines terape¨²ticos o medicinales. La Asamblea Nacional aprob¨® este martes por la noche una reforma a su C¨®digo Penal que elimina la sanci¨®n a la posesi¨®n de f¨¢rmacos que contengan el principio activo del cannabis y que saca al c¨¢?amo de la lista de plantaciones prohibidas.
En una controvertida sesi¨®n legislativa, cuyo resultado era tan imprevisible que tuvo que votarse por separado, 83 legisladores decidieron aprobar la reforma y permitir la producci¨®n, comercializaci¨®n, distribuci¨®n, uso y consumo siempre que tenga los mencionados fines medicinales o terap¨¦uticos, como ya recogen las legislaciones de otros pa¨ªses de la regi¨®n como Chile, Colombia y M¨¦xico. Pese a cosechar una amplia mayor¨ªa favorable, 20 asamble¨ªstas se posicionaron en contra y 23 m¨¢s se abstuvieron.
La legalizaci¨®n del cannabis medicinal fue uno de los cinco temas que tuvieron que abordarse por separado, en el marco de una amplia reforma al C¨®digo Org¨¢nico Integral Penal ecuatoriano. Estaba agendada para este martes la modificaci¨®n de 45 art¨ªculos y la introducci¨®n de 17 nuevos preceptos adicionales en el cuerpo normativo. El grueso de la reforma se vot¨® y se aprob¨® en bloque. Se dejaron, en cambio, cinco asuntos para una votaci¨®n aparte por la falta de consenso en la recabaci¨®n de apoyos, como la despenalizaci¨®n del aborto por violaci¨®n. La Asamblea decidi¨® rechazar este punto, a falta de cinco votos afirmativos.
En cuanto a la producci¨®n de c¨¢?amo, el art¨ªculo del C¨®digo Penal que ya excluye este tipo de plantaci¨®n de las ¡°sustancias sujetas a fiscalizaci¨®n¡±, es decir, de la lista de drogas cuyo cultivo y venta est¨¢n prohibidos, fija una condici¨®n espec¨ªfica para evitar la sanci¨®n: siempre que se trate de ¡°cannabis no psicoactivo¡± con un ¡°contenido de THC inferior a 1 % en peso seco¡±. La competencia para la regulaci¨®n de este tipo de cultivos pasa ahora a manos de la Autoridad Agraria Nacional.
La posesi¨®n y consumo tambi¨¦n estar¨¢ condicionada a que ¡°se demuestre el padecimiento de una enfermedad a trav¨¦s de un diagn¨®stico profesional¡± para justificar su uso ¡°terap¨¦utico, paliativo, medicinal¡± o como ejercicio de la ¡°medicina alternativa con el objeto de garantizar la salud¡±.
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