La justicia europea limita las expulsiones de menores no acompa?ados al exigir una acogida adecuada tras el retorno
La sentencia choca con los planes de la UE de acelerar las devoluciones a trav¨¦s del nuevo pacto migratorio, a¨²n pendiente de aprobaci¨®n
El Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) ha dictado este jueves una sentencia de calado sobre los retornos de los ni?os migrantes. Antes de tomar una decisi¨®n sobre la expulsi¨®n de un menor no acompa?ado, un Estado miembro tiene la obligaci¨®n de cerciorarse y verificar que en el pa¨ªs de retorno existe una recepci¨®n adecuada. La interpretaci¨®n del TJUE supone una lectura que parece ir contra los tiempos que marca en la actualidad la UE, que busca aprobar este a?o un pacto migratorio cuyo centro de gravedad oscila en torno a la expulsi¨®n acelerada de los migrantes.
La resoluci¨®n, que ha sido emitida como respuesta a una duda prejudicial planteada por los tribunales de Pa¨ªses Bajos, se centra en el caso de un menor originario de Guinea-Conakry, llegado a este pa¨ªs en un momento sin determinar, pero que a los 15 a?os present¨® una solicitud de asilo. En ?msterdam, seg¨²n recoge el tribunal europeo con sede en Luxemburgo, el chico fue v¨ªctima de trata de seres humanos y explotaci¨®n sexual, y en la actualidad sufre secuelas en forma de graves trastornos ps¨ªquicos. Las autoridades neerlandesas determinaron que no proced¨ªa concederle el estatuto de refugiado al chico, en una decisi¨®n que equival¨ªa a una decisi¨®n de retorno. El menor interpuso entonces un recurso, alegando que no sab¨ªa d¨®nde se encontraban sus padres, ni siquiera si sabr¨ªa reconocerlos, y desconoc¨ªa si ten¨ªa m¨¢s familia.
¡°Cuando un Estado miembro pretenda dictar una decisi¨®n de retorno contra un menor no acompa?ado¡±, argumenta la sentencia del TJUE, ¡°debe tener necesariamente en cuenta, en todas las fases del procedimiento, el inter¨¦s superior del ni?o¡±, lo cual implica llevar a cabo una ¡°apreciaci¨®n general y exhaustiva de la situaci¨®n de este menor¡±. El menor, a?ade el tribunal, ¡°aunque haya sido objeto de una decisi¨®n de retorno, no podr¨ªa ser expulsado en caso de inexistencia de una acogida adecuada en el Estado de retorno¡±.
La duda en el tribunal de Pa¨ªses Bajos se suscit¨® porque en el derecho neerland¨¦s se se?alan diferencias en funci¨®n de si el menor tiene m¨¢s o menos de 15 a?os. En el caso de los menores de 15, las autoridades llevan a cabo una investigaci¨®n en relaci¨®n con la existencia de una ¡°acogida adecuada¡± en el Estado de retorno, tal y como est¨¢ previsto en la directiva europea de retorno. Si no existen las condiciones adecuadas, se concede a estos menores un permiso de residencia ordinario. Pero si el afectado es un menor de 15 a?os o m¨¢s, como el caso sobre el que dirime el TJUE, esta investigaci¨®n no se lleva a cabo.
Al contrario, las autoridades neerlandesas suelen esperar entonces a que los menores alcancen la mayor¨ªa de edad (18 a?os) para ejecutar posteriormente el retorno. As¨ª, durante el per¨ªodo comprendido entre su solicitud de asilo y la obtenci¨®n de la mayor¨ªa de edad, la residencia de un menor no acompa?ado de 15 a?os o m¨¢s en Pa¨ªses Bajos ¡°ser¨ªa irregular, pero tolerada¡±, asevera la justicia europea.
Aunque la petici¨®n de decisi¨®n prejudicial planteada por el Tribunal de Primera Instancia de La Haya se refiere a esta distinci¨®n entre menores con m¨¢s o menos de 15 a?os, la respuesta europea, como sucede a menudo, arroja una interpretaci¨®n cuyos efectos podr¨ªan tener consecuencias en la pr¨®xima normativa europea sobre migraci¨®n, actualmente en fase de debate.
El varapalo de los jueces europeos a la interpretaci¨®n y los procedimientos habituales de las autoridades neerlandesas es claro. ¡°Un Estado miembro no puede distinguir entre los menores no acompa?ados ¨²nicamente en funci¨®n del criterio de su edad para comprobar la existencia de esa acogida¡±, les exige.
El TJUE explica tambi¨¦n que los pa¨ªses han de ser consecuentes: si se adopta una decisi¨®n de retorno respecto de un menor no acompa?ado, tras haberse cerciorado de la existencia de una acogida adecuada, no deber¨ªa abstenerse de proceder a su expulsi¨®n hasta que haya alcanzado los 18 a?os, lo cual dejar¨ªa al menor en un limbo. Pero si no se le expulsa en ese momento, no se le podr¨ªa expulsar despu¨¦s sin cerciorarse de que efectivamente la situaci¨®n de acogida sigue siendo adecuada para el menor.
Esta interpretaci¨®n europea, que exige un examen riguroso y exhaustivo, choca con las intenciones de la UE, que busca un pacto migratorio que ¡°blinde las fronteras¡± con el refuerzo de unos 10.000 agentes de Frontex y proceda a la expulsi¨®n inmediata, desde la misma frontera, de aquellos que no tienen derecho al asilo, tras un examen de su caso y sus circunstancias que deber¨ªa ¡°estar listo en un plazo de cinco d¨ªas, ni uno m¨¢s¡±, seg¨²n asegur¨® recientemente en una entrevista con este diario Margaritis Schinas, vicepresidente de la Comisi¨®n Europea para Asuntos Migratorios.
En 2019, cerca de 14.000 solicitantes de asilo en la UE fueron menores no acompa?ados, seg¨²n cifras de Eurostat, en una tendencia que sigue una l¨ªnea descendente desde el m¨¢ximo registrado en 2015, durante la crisis de refugiados, cuando alcanzaron los 92.000.
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