Los premios inferiores a 2.000 euros de la Loter¨ªa de Navidad se pueden cobrar a partir de la misma tarde del sorteo
Si el premio del sorteo navide?o es de un importe igual o superior a esa cantidad se ha de cobrar en las entidades financieras autorizadas
Los premios del sorteo extraordinario de la Loter¨ªa de Navidad inferiores a 2.000 euros por cada d¨¦cimo o resguardo, se pueden cobrar exclusivamente en uno de los 11.000 puntos de venta de la red comercial de Loter¨ªas, a partir de la tarde de este 22 de diciembre, cuando finalicen tanto las verificaciones de los n¨²meros extra¨ªdos como los procesos inform¨¢ticos.
As¨ª lo explica la Sociedad Estatal de Loter¨ªas y Apuestas del Estado (Selae), que recuerda que es imprescindible presentar el d¨¦cimo o resguardo premiado para poder cobrar.
Asimismo, Selae apunta que si el premio es de un importe igual o superior a 2.000 euros se cobrar¨¢ en las entidades financieras autorizadas cuya lista se encuentra disponible en los puntos de venta de Loter¨ªas y en la p¨¢gina web oficial (www.loteriasyapuestas.es).
En este sentido, se?ala que el pago debe ser inmediato, con la ¨²nica tardanza de la verificaci¨®n de dicho premio a trav¨¦s de su pasarela de pago, y que las entidades financieras no podr¨¢n hacer efectivo el pago del premio sin recabar de los perceptores de los premios la documentaci¨®n e informaci¨®n necesaria para dar cumplimiento a la normativa sobre prevenci¨®n de blanqueo de capitales y de la financiaci¨®n del terrorismo, normativa fiscal o de cualquier otra ¨ªndole que resulte de aplicaci¨®n.
De este modo, el pago se realizar¨¢ mediante cheque o transferencia bancaria, a elecci¨®n de la persona agraciada. En este punto, Loter¨ªas advierte de que para su cobro no podr¨¢n obligar al agraciado a abrir cuenta alguna en dicha entidad financiera ni cobrar ning¨²n tipo de gasto ni comisi¨®n por realizar el pago.
Respecto al derecho al cobro de los premios de Loter¨ªa de Navidad, destaca que este caduca a los tres meses, contados a partir del d¨ªa siguiente al de la celebraci¨®n del sorteo. Es decir, que se pueden presentar al cobro los d¨¦cimos o resguardos premiados de Loter¨ªa de Navidad hasta el 23 de marzo de 2020, inclusive.
En caso de deterioro del d¨¦cimo o resguardo premiado, el cliente debe personarse en un punto de venta de Loter¨ªas, cumplimentar el formulario Solicitud de pago de premios, firmarlo y aportar el d¨¦cimo o resguardo deteriorado, que ser¨¢ remitido a Loter¨ªas para su autenticaci¨®n.
Para los d¨¦cimos compartidos, hay que identificar a todos los participantes a la hora de cobrar los premios iguales o superiores a 2.000 euros en las entidades financieras. Adem¨¢s, los ganadores pueden solicitar un certificado acreditativo del premio a efectos fiscales.
Si cobran el premio en uno de los puntos de venta de la red comercial de Loter¨ªas, a petici¨®n del cliente/beneficiario, el punto de venta cumplimentar¨¢ la solicitud de certificado por ingresos por premios menores de Loter¨ªa Nacional para su posterior env¨ªo a Loter¨ªas, adjuntando fotocopia por ambos lados del DNI en vigor del beneficiario. Loter¨ªas lo expedir¨¢ y lo remitir¨¢ directamente al domicilio del beneficiario que lo haya solicitado.
En este sentido, en caso de que lo cobre en una entidad financiera, el certificado se puede descargar en la p¨¢gina de Loter¨ªas (https://www.selae.es/es/web-corporativa/normativa/descargacertificado-premios).
Finalmente, si el d¨¦cimo ha sido sustra¨ªdo es recomendable presentar denuncia ante las autoridades competentes. Si dicho d¨¦cimo resultara premiado, el cliente puede personarse en un juzgado con la denuncia para que se inicie el proceso correspondiente.
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