Hacia una nueva Defensor¨ªa P¨²blica Electoral
La estigmatizaci¨®n que genera la desigualdad de las personas se convierte en un freno para el acceso y ejercicio de sus derechos humanos, entre ellos los pol¨ªticos
La exclusi¨®n, discriminaci¨®n y estigmatizaci¨®n son problemas p¨²blicos a¨²n no resueltos en M¨¦xico. Se trata de fen¨®menos presentes en nuestro d¨ªa a d¨ªa, pero de los cuales no todos hemos estado conscientes. Hay varios factores que est¨¢n asociados a estos problemas, entre los que destacan la desigualdad en la distribuci¨®n de recursos, la inequidad de g¨¦nero, la pertenencia a una minor¨ªa sexual o ¨¦tnica, a un grupo con discapacidad, a la situaci¨®n migratoria, a la condici¨®n social o de salud y a otras condiciones que impiden a las personas acceder a ciertos recursos y oportunidades o gozar de ciertos derechos.
La exclusi¨®n es causa de desigualdad, mientras que la discriminaci¨®n genera una sociedad menos participativa y comprometida. A fin de cuentas, la estigmatizaci¨®n que genera la desigualdad de las personas se convierte en un freno para el acceso y ejercicio de sus derechos humanos, entre ellos los pol¨ªticos.
Bajo la premisa de una justicia con enfoque social, en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci¨®n (TEPJF) nos propusimos recientemente transformar la Defensor¨ªa P¨²blica Electoral para Pueblos y Comunidades Ind¨ªgenas en una Defensor¨ªa P¨²blica Electoral, a fin de ampliar el acceso a la justicia de las mujeres y personas pertenecientes a grupos en situaci¨®n de vulnerabilidad, que han sido discriminados hist¨®ricamente.
La actual Defensor¨ªa P¨²blica Electoral para Pueblos y Comunidades Ind¨ªgenas del TEPJF se constituy¨® como un ¨®rgano para proveer protecci¨®n jur¨ªdica especial para las personas integrantes de los pueblos y comunidades ind¨ªgenas. Su finalidad era ofrecer un servicio gratuito de defensa y de asesor¨ªa profesional y t¨¦cnica, que les permitiera a las personas integrantes de ese grupo hacer efectivo su derecho de acceso a la justicia en la jurisdicci¨®n electoral.
Desde su nacimiento y hasta el 28 de enero de 2022, es decir, en sus 6 a?os de existencia, la Defensor¨ªa atendi¨® a 1.779 personas ind¨ªgenas con el objetivo de coadyuvar a que acudan a la justicia electoral para exigir la protecci¨®n de sus derechos pol¨ªtico-electorales. Este ¨®rgano se ha consolidado como una instituci¨®n a la que cada vez acuden un mayor n¨²mero personas integrantes de los pueblos y comunidades ind¨ªgenas, pues, desde su creaci¨®n, la tasa de solicitudes ha aumentado en un 117%.
Hasta ahora, el TEPJF ha considerado que los grupos ind¨ªgenas forman parte de los grupos en situaci¨®n de vulnerabilidad que requieren medidas especiales y diferenciadas, que atiendan tanto a su situaci¨®n de vulnerabilidad como a sus especificidades culturales, para garantizar su derecho fundamental de acceso a la justicia, pero, de igual forma, se ha reconocido que no son los ¨²nicos grupos en esas condiciones.
El concepto de grupos en situaci¨®n de vulnerabilidad es un fen¨®meno condicionado por el desarrollo de las relaciones sociales y se refiere a aquellos que, por su edad, raza, sexo, condici¨®n econ¨®mica, caracter¨ªsticas f¨ªsicas, circunstancia cultural o pol¨ªtica, se encuentran en mayor riesgo de que sus derechos sean violentados.
Bajo esa l¨ªnea, parte de las resoluciones del Tribunal Electoral ©¤como un ¨®rgano garante del Estado de Derecho y de la democracia, que pone el acento en una justicia electoral con enfoque de responsabilidad social©¤ han derivado en el reconocimiento leg¨ªtimo de la existencia de diversas minor¨ªas que acuden a ese ¨®rgano para solicitar la protecci¨®n a sus derechos pol¨ªtico-electorales.
La reforma a la Defensor¨ªa contribuir¨¢ tambi¨¦n a fortalecer la autonom¨ªa del ¨®rgano y a coadyuvar en la resoluci¨®n de conflictos antes de que lleguen a la jurisdicci¨®n electoral. Se garantizar¨¢, adem¨¢s, que cuente con personal especializado y sujeto a est¨¢ndares relevantes de profesionalizaci¨®n. En el dise?o de la propuesta se han analizado otros casos de experiencias y de buenas pr¨¢cticas y principios en materia de defensor¨ªa, tanto en el ¨¢mbito nacional e internacional.
En especial, esta reforma permitir¨¢ a la nueva Defensor¨ªa extender el beneficio de los servicios que ya ofrece a personas de las comunidades y pueblos ind¨ªgenas, a mujeres en una perspectiva de interseccionalidad (j¨®venes, ind¨ªgenas, etc¨¦tera.) y en casos de paridad y de violencia pol¨ªtica de g¨¦nero; a personas mexicanas residentes en el extranjero, afromexicanas, con discapacidad, j¨®venes, adultas mayores, de la diversidad sexual y de g¨¦nero, as¨ª como en prisi¨®n preventiva.
Los procesos de democratizaci¨®n en los pa¨ªses de Am¨¦rica Latina y la b¨²squeda por la igualdad son interdependientes. En sociedades como la nuestra, con altos niveles de discriminaci¨®n y exclusi¨®n social, es necesario implementar correctivos iniciales y adicionales para mejorar las condiciones de vida de la ciudadan¨ªa. Una sociedad democr¨¢tica reclama una sociedad igualitaria, no solamente desde el ¨¢mbito electoral, el voto, sino de la igualdad del acceso a la justicia.
Los grupos discriminados hist¨®ricamente han reclamado la apertura de espacios y oportunidades pol¨ªticas. Se han movilizado para integrarse a las discusiones en las que no se les tomaba en cuenta y para participar en un di¨¢logo en el que nunca hab¨ªan tenido voz. La nueva Defensor¨ªa pretende ser una contribuci¨®n hacia esa ruta por la b¨²squeda de la igualdad en democracia.
Reyes Rodr¨ªguez Mondrag¨®n es el presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci¨®n
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