Un juez otorga prisi¨®n domiciliaria a Brenda Quevedo, despu¨¦s de 15 a?os sin sentencia
La mujer, que fue torturada y violada durante su estancia en la c¨¢rcel, est¨¢ acusada del secuestro de Hugo Alberto Wallace, hijo de Isabel Miranda. Hace cuatro a?os que la ONU hab¨ªa pedido su liberaci¨®n inmediata
Despu¨¦s de 15 a?os sin sentencia en c¨¢rceles mexicanas, Brenda Quevedo podr¨¢ seguir su proceso en arraigo domiciliario. Un juez de distrito ha determinado el cese de la prisi¨®n preventiva, despu¨¦s de que un tribunal colegiado haya considerado que es ¡°una medida excepcional¡± sobre la que ya ¡°no existe una necesidad actual y real para que contin¨²e¡±. Quevedo fue detenida en 2007 en Kentucky, Estados Unidos, y extraditada a M¨¦xico en septiembre de 2009, como una de las acusadas del pol¨¦mico secuestro de Hugo Alberto Wallace, hijo de Isabel Miranda de Wallace. Durante este tipo en prisi¨®n, Quevedo ha sido torturada y violada por funcionarios de seguridad, en dos ocasiones. Hace ya cuatro a?os que el grupo de trabajo de la ONU hab¨ªa exigido su liberaci¨®n inmediata.
La Defensor¨ªa P¨²blica Federal ha comunicado este martes el cambio de medidas cautelares para Brenda Quevedo. El juez Primero de Distrito de Procesos ha impuesto prisi¨®n domiciliaria, vigilada por la Polic¨ªa Federal Ministerial; el uso de localizador electr¨®nico; la prohibici¨®n de salir sin autorizaci¨®n judicial de la zona conurbada de Ciudad de M¨¦xico ni del pa¨ªs, adem¨¢s de la prohibici¨®n de comunicarse o acercarse a la v¨ªctima indirecta o a su domicilio. A cambio, Quevedo podr¨¢ abandonar el Cefereso 16, la ¨²nica c¨¢rcel federal de mujeres de M¨¦xico, donde las brutales condiciones han ocasionado una ola de suicidios entre las reclusas.
Esta decisi¨®n es un ¨¦xito para sus defensores. ¡°Consideramos que la prolongaci¨®n del plazo para ser juzgada y de la prisi¨®n preventiva por m¨¢s de 15 a?os a la que estuvo sujeta, no es razonable y, por el contrario, resulta excesiva¡±, ha se?alado la Defensor¨ªa P¨²blica Federal, que lleva su caso desde 2019. El cambio de medida viene del Primer Tribunal Colegiado de Apelaci¨®n del Primer Circuito, en la causa 176/2022 con fecha del 21 de junio, en la que se determin¨® que ¡°no se justifica la prolongaci¨®n de la prisi¨®n preventiva, ya que los factores que en su momento la justificaron han variado con el transcurso el tiempo¡±.
Brenda Quevedo fue detenida el 28 de noviembre de 2007 en Estados Unidos. Estaba acusada de privaci¨®n de la libertad y delincuencia organizada por el presunto secuestro de Hugo Alberto Wallace, sucedido el 12 de julio de 2007. Quevedo fue se?alada como integrante de una supuesta banda en una declaraci¨®n obtenida bajo tortura a Juana Hilda Gonz¨¢lez Lomel¨ª. Una gota de sangre, encontrada siete meses despu¨¦s del presunto crimen en la casa de Gonz¨¢lez, sirvi¨® para mantener a flote la acusaci¨®n. A pesar de las irregularidades, Quevedo fue extraditada el 25 de septiembre de 2009 a Ciudad de M¨¦xico.
En una sala del aeropuerto de la capital recibi¨® las primeras amenazas, tras negarse a aceptar ¡°un trato¡± para declararse culpable. Fue trasladada al penal de Santiaguito, en Almoloya de Ju¨¢rez (Estado de M¨¦xico). Dos d¨ªas despu¨¦s de su llegada, con la excusa de ir a una audiencia, fue sacada de su celda y llevada a una sala donde la esperaban tres polic¨ªas con pasamonta?as. Durante una hora y media fue brutalmente torturada: esposada, asfixiada con una bolsa y destrozada a golpes. El objetivo: que se declarara culpable. Quevedo denunci¨® las torturas a las que hab¨ªa sido sometida ante la direcci¨®n del penal, por medio de un amparo, y ante la Fiscal¨ªa especializada en delitos contra servidores p¨²blicos. Todas fueron desestimadas.
De forma arbitraria y sin avisar a su familia fue trasladada en octubre de 2010 al penal de m¨¢xima seguridad de Islas Mar¨ªas, en Nayarit, pensado para mujeres ya sentenciadas y conocido como el Alcatraz mexicano. All¨ª el 12 de octubre fue sacada del penal y conducida a una vivienda en construcci¨®n, donde estuvo horas. ¡°Hab¨ªa una cobija sucia en el piso y se escuchaba el mar¡±, relat¨® Quevedo, que se?al¨® que estuvo ah¨ª hasta que se qued¨® dormida. Cuando ameneci¨® aparecieron cinco o seis hombres encapuchados. ¡°Le vendaron los ojos, la envolvieron en una cobija y encima de esta pusieron cinta canela; la tiraron al piso boca arriba y le quitaron los zapatos y las calcetas envolvi¨¦ndole los dedos gordos de los pies en un alambre¡±, recoge la Comisi¨®n Nacional de Derechos Humanos (CNDH). Lo que sigue son descargas el¨¦ctricas, agresiones sexuales y asfixias con agua.
Grab¨® una confesi¨®n. Un comandante la llev¨® de vuelta al penal, donde la aislaron. A la semana la llevaron al m¨¦dico porque sufr¨ªa sangrado vaginal, dolor abdominal y cervical, y ten¨ªa un absceso en el seno derecho: la doctora le dio naproxeno, seg¨²n consta en la recomendaci¨®n de la CNDH. Estuvo cuatro meses en esa celda incomunicada de forma absoluta. En cuanto sali¨® ampli¨® su denuncia por torturas.
Sin embargo, en junio de 2011, la antigua Procuradur¨ªa General de la Rep¨²blica (PGR) ¡ªcuyos elementos estaban denunciados por participar en las torturas¡ª dict¨® el no ejercicio de la acci¨®n penal en todas las indagatorias, al considerar que ¡°las lesiones de Brenda Quevedo tardaban en sanar menos de 15 d¨ªas, por lo que no podr¨ªan ser consideradas como tortura¡±. Sus abogados presentaron informes psiqui¨¢tricos de las consecuencias de estas violaciones, que fueron desestimados. Trataron de que se le practicaran las pruebas del protocolo de Estambul, pero el juez impon¨ªa que fuera personal de la PGR quien se las hiciera. Finalmente se lo hacen de forma independiente en 2022, es decir, 13 a?os despu¨¦s de la primera de las torturas.
El dictamen se?ala: ¡°Pese a no presentar huellas f¨ªsicas visibles que pudieran relacionarse con los hechos de tortura descritos (ello debido a la temporalidad en que ocurrieron), s¨ª presenta secuelas psicol¨®gicas detectadas en personas que han sido objeto de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes¡±, como estr¨¦s postraum¨¢tico, alteraci¨®n del sue?o y la alimentaci¨®n, hipervigilancia, disminuci¨®n de autoestima, alteraci¨®n de la alimentaci¨®n, desconfianza, sentimientos de humillaci¨®n por razones de g¨¦nero, miedo a situaciones con hombres, temor de da?o a su integridad o de su familia, trastorno de ansiedad y depresi¨®n. El Gobierno de M¨¦xico nunca ha refutado las declaraciones por tortura de Brenda, ni siquiera ante la documentaci¨®n que tuvo que enviar a la ONU.
En 2020, el Grupo de Trabajo sobre detenciones arbitrarias de la ONU se posicion¨® sobre el caso y resolvi¨® sin ambig¨¹edades: ¡°La demora en el enjuiciamiento de la se?ora Quevedo Cruz es inaceptablemente larga. La prisi¨®n preventiva debe ser la excepci¨®n y no la regla, y toda persona detenida por un delito tiene derecho a ser juzgada en un plazo razonable o a ser puesta en libertad¡±. El grupo considera el retraso ¡°excesivo¡± y que ¡°no puede justificarse bajo ninguna circunstancia¡±: ¡°El Grupo de Trabajo concluye que las violaciones al derecho a un juicio justo son de tal gravedad que otorgan a la detenci¨®n un car¨¢cter arbitrario¡±.
La ONU exigi¨® al Gobierno de M¨¦xico la ¡°liberaci¨®n inmediata y otorgarle el derecho exigible a una indemnizaci¨®n y otras reparaciones¡±. Cuatro a?os despu¨¦s, un tribunal ha accedido, al menos, a cambiarle la medida cautelar. Brenda Quevedo podr¨¢ dejar el Cefereso 16 en las pr¨®ximas horas.
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