El caso judicial que amenaza la carrera de Clara Brugada al Gobierno de Ciudad de M¨¦xico
Un conflicto no resuelto desde hace casi 20 a?os entre la alcald¨ªa Iztapalapa y un grupo ind¨ªgena puede provocar la inhabilitaci¨®n de la candidata de Morena en la capital para ejercer cargos p¨²blicos. La decisi¨®n est¨¢ en manos de la Suprema Corte
Un a?ejo conflicto administrativo entre la alcald¨ªa Iztapalapa y un grupo de pueblos ind¨ªgenas ha escalado a la Suprema Corte de Justicia y amenaza con estallarle en las manos a Clara Brugada, abanderada de Morena al Gobierno de Ciudad de M¨¦xico, y frustrar sus aspiraciones pol¨ªticas. El pleito gira en torno a la posesi¨®n de un cementerio que los grupos ind¨ªgenas reclaman desde 2005 para usarlo seg¨²n sus costumbres ancestrales en un r¨¦gimen comunitario. La alcald¨ªa ha disputado su uso como pante¨®n civil, accesible a toda la poblaci¨®n, de tradici¨®n cat¨®lica, y bajo control de la Administraci¨®n local. El conflicto lleva a?os, y varias autoridades han abonado a complicar el caso. Brugada, que ha gobernado Iztapalapa desde 2018 y hoy est¨¢ de licencia, ha sido involucrada en el proceso, no por haber causado el problema, sino por no haber acatado diversas instrucciones judiciales para resolverlo. Ha sido una herencia indeseada, de repercusiones enormes para su futuro pol¨ªtico.
En 2017, los pueblos ind¨ªgenas presentaron formalmente a la alcald¨ªa ¡ªentonces gobernada por Dione Anguiano, del PRD¡ª un listado de peticiones sobre el uso del cementerio. La Administraci¨®n local atendi¨® algunos reclamos, pero no todos, seg¨²n los demandantes, que promovieron entonces un juicio de amparo. Un tribunal colegiado determin¨® en 2018 y 2021 ¡ªya en el periodo de Brugada¡ª que no se cumpli¨® debidamente el amparo por parte de las autoridades locales, responsabilidad que reca¨ªa en el director Jur¨ªdico de Iztapalapa y la entonces alcaldesa, vinculada como superiora jer¨¢rquica. El asunto fue turnado a la Suprema Corte, que est¨¢ en etapa de an¨¢lisis del caso. Si el Alto Tribunal confirma la omisi¨®n de las autoridades demandadas, Brugada podr¨ªa ser inhabilitada para ejercer cargos p¨²blicos hasta por 10 a?os, seg¨²n lo establece la ley. Significa que ser¨ªa inelegible como jefa de Gobierno de la capital.
Una fuente de la Corte ha se?alado a este diario que se dar¨¢ una nueva oportunidad a las autoridades de Iztapalapa para que den cumplimiento al amparo y el asunto quede salvado. En abril de 2019, el Supremo ya le hab¨ªa solicitado a la alcald¨ªa subsanar las omisiones, pero estas han persistido. Los ministros son conscientes de lo grave que ser¨ªa pol¨ªticamente que el Poder Judicial tome la medida m¨¢s dr¨¢stica contra Brugada, ha precisado la fuente, vista la declarada enemistad del presidente, Andr¨¦s Manuel L¨®pez Obrador, con los jueces federales, a los que ha acusado de conservadores, corruptos y de estar al servicio de los potentados.
Este peri¨®dico ha consultado al equipo de la abanderada morenista sobre cu¨¢l es su postura ante el conflicto y cu¨¢l ser¨¢ la estrategia que seguir¨¢. El equipo jur¨ªdico de la candidata ha asegurado que Brugada no est¨¢ se?alada en el incumplimiento, pero la Ley de Amparo establece claramente su responsabilidad como superiora jer¨¢rquica del director Jur¨ªdico, aun cuando deje el cargo de alcaldesa. Los abogados tambi¨¦n han asegurado que las peticiones de los grupos ind¨ªgenas sobre el cementerio comunitario ¡°no son atribuci¨®n de la alcald¨ªa¡±, un punto en el que han disentido los jueces, que, contrariamente, han amparado a los demandantes. ¡°Sigue el litigio¡±, han afirmado los asesores jur¨ªdicos de Brugada.
La demanda: un cementerio ancestral
La reivindicaci¨®n de los pueblos ind¨ªgenas se remonta a 2005. Los demandantes, asentados en el barrio de San Francisco Culhuac¨¢n, Iztapalapa, se autoadscriben como cabezas de familias ind¨ªgenas nahoa, tolteca, colhua, azteca y mexica. En aquel a?o, solicitaron a la alcald¨ªa la titularidad de un predio localizado en Avenida Tl¨¢huac 3448 para edificar un cementerio comunitario regido seg¨²n pr¨¢cticas ancestrales, es decir, no cat¨®licas. Seg¨²n su tradici¨®n, el descanso del alma depende del bien morir, un tr¨¢nsito que exige que los cuerpos sean ¡°sembrados¡± directamente en la tierra. ¡°Si existe un pante¨®n franc¨¦s o espa?ol, ?por qu¨¦ no tener uno prehisp¨¢nico, uno mexica?¡±, contrastaba ?ngel Flores Molina, un representante de las comunidades, seg¨²n recogi¨® Reporte ?ndigo. El entonces alcalde, Horacio Mart¨ªnez, del PRD, rechaz¨® la petici¨®n.
Entre 2008 y 2011, el Gobierno capitalino, encabezado por Marcelo Ebrard, otorg¨® al barrio de Culhuac¨¢n el reconocimiento como pueblo originario y emiti¨® decretos expropiatorios favorables para que los ind¨ªgenas pudiesen ocupar el terreno reclamado. Incluso, el mandatario hizo entrega simb¨®lica del predio a los pobladores, que al paso del tiempo construyeron un Teocalli ¡ªtemplo piramidal dedicado a un dios en la cultura n¨¢huatl¡ª y se asentaron en el mismo sitio del cementerio. Conforme a los decretos, a la alcald¨ªa Iztapalapa le correspond¨ªa emprender las acciones necesarias para concretar la edificaci¨®n del pante¨®n comunitario.
Sin embargo, en enero de 2016, lejos de cumplir, la alcaldesa Anguiano ignor¨® los decretos y emprendi¨® un litigio, con apoyo de autoridades del Gobierno de Ciudad de M¨¦xico ¡ªya encabezado por Miguel ?ngel Mancera¡ª, para que el nuevo cementerio quedase en manos de la alcald¨ªa Iztapalapa, con car¨¢cter de pante¨®n civil. Aqu¨ª comenz¨® el giro de la historia. La Direcci¨®n de Patrimonio Inmobiliario del Gobierno capitalino consinti¨® los intereses de Anguiano. La alcald¨ªa present¨® en 2017 una denuncia contra los ind¨ªgenas por despojo, y, en diciembre de ese a?o, el Gobierno de Mancera orden¨® un operativo conjunto de la Polic¨ªa y la Fiscal¨ªa para desalojar por la fuerza a las familias asentadas en el predio. Hubo decenas de heridos. El Teocalli fue destruido con una m¨¢quina excavadora.
Los grupos ind¨ªgenas eran conscientes de que Anguiano perge?aba un plan para arrebatarles el cementerio. Por eso, en julio de 2017, meses antes de la denuncia y el desalojo del que ser¨ªan objeto, presentaron ante la misma alcald¨ªa Iztapalapa un listado de demandas por escrito, haciendo uso de su derecho de petici¨®n, una garant¨ªa fundamental reconocida en la Constituci¨®n. Se trata de un peculiar derecho a la respuesta, y las autoridades a las que se dirige est¨¢n obligadas a responder, siempre que los peticionarios act¨²en de manera pac¨ªfica y respetuosa.
Brugada: pagar los platos rotos
Los pueblos solicitaron en el escrito ser reconocidos como beneficiarios del nuevo cementerio de Culhuac¨¢n y participar en la administraci¨®n del mismo. Ped¨ªan garant¨ªa de audiencia, y que el Consejo Supremo de la Alianza de Barrios de Culhuac¨¢n fuese reconocido como su representante. Demandaban una tumba para 5.000 peticionarios, y que se iniciara la construcci¨®n del pante¨®n con apego a lineamientos del Instituto Nacional de Antropolog¨ªa e Historia (INAH), a diversas declaraciones de las Naciones Unidas y al Convenio 169 de la Organizaci¨®n Internacional del Trabajo (OIT), que garantiza el derecho de los pueblos ind¨ªgenas a la consulta.
En enero de 2018 la alcald¨ªa Iztapalapa contest¨® la petici¨®n, de manera insuficiente a decir de los demandantes. Los grupos ind¨ªgenas promovieron un amparo ante el Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa en Ciudad de M¨¦xico. El juez federal concedi¨® el amparo y orden¨® a las autoridades locales emitir una nueva respuesta debidamente fundada, motivada, congruente e integral a lo solicitado. Entre 2018 y 2021 ¡ªes decir, en los ¨²ltimos meses del gobierno de Anguiano y a lo largo del mandato de Brugada¡ª, la alcald¨ªa emiti¨® nuevos oficios con los que pretend¨ªa dar contestaci¨®n a la consulta.
Los pueblos recurrieron esas respuestas ante el Decimoctavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en Ciudad de M¨¦xico, que ha confirmado que la autoridad local no atendi¨® lo medular de la consulta: la alcald¨ªa no se pronunci¨® sobre si reconoc¨ªa a los demandantes de manera oficial su personalidad como sujeto colectivo de derecho, y tampoco sobre si pod¨ªan ser representados por el Consejo Supremo de la Alianza de Barrios de Culhuac¨¢n; no acredit¨® haberles dado garant¨ªa de audiencia; tampoco resolvi¨® sobre la petici¨®n de tumbas y la solicitud de administrar el cementerio conforme a sus tradiciones.
El tribunal ha requerido a la alcald¨ªa en diversos expedientes subsanar las fallas en la ejecuci¨®n del amparo. En esos oficios, el tribunal ha instruido directamente al titular de la Direcci¨®n Jur¨ªdica, pero tambi¨¦n ha apercibido expresamente a la ¡°autoridad superior jer¨¢rquica¡± ¡ªesto es, la alcaldesa¡ª para que ordenara y vigilara el cumplimiento. El asunto ha escalado dos veces a la Suprema Corte de Justicia, autoridad ¨²ltima a la que se deben remitir los casos de amparos cuando hay una conducta reiterada de incumplimiento de parte de una autoridad. La Ley de Amparo establece que los titulares de las ¨¢reas implicadas ¡°seguir¨¢n teniendo responsabilidad aunque dejen el cargo¡±.
Ahora, la Corte debe determinar si, a propuesta del tribunal colegiado, procede que el funcionario responsable ¡ªel director Jur¨ªdico¡ª sea separado del cargo y consignado ante un juez de distrito por el delito de incumplimiento de sentencias de amparo. El juez puede imponer una pena de c¨¢rcel de 5 a 10 a?os, multa e inhabilitaci¨®n de 5 a 10 a?os para desempe?ar cargos p¨²blicos. ¡°Las mismas penas ser¨¢n impuestas en su caso al superior de la autoridad responsable que no haga cumplir una sentencia de amparo¡±, dice la ley. Esta es la espada que pende sobre Brugada. Y no solo sobre ella. Seg¨²n la ley, la sanci¨®n tambi¨¦n ser¨¢ impuesta a ¡°los titulares que, habiendo ocupado con anterioridad el cargo de la autoridad responsable, hayan incumplido la ejecutoria¡±. La exalcaldesa Anguiano podr¨ªa correr con la misma suerte que la candidata de Morena al Gobierno capitalino. Solo que una de ellas, es verdad, tiene m¨¢s apostado en el juego.
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