La renovaci¨®n de la promesa democr¨¢tica en Chile
Afianzar el Estado social es una tarea pendiente para todos. Y lo es, en particular, en aquellos pa¨ªses donde su construcci¨®n todav¨ªa est¨¢ lejos de completarse, lo que pone en juego la estabilidad
Vaya ante todo con estas l¨ªneas mi pleno respeto a la voluntad democr¨¢tica de los chilenos y, en particular, a lo que libremente decidan en el pr¨®ximo 4 de septiembre en el refrendo sobre la propuesta de una nueva Constituci¨®n para su pa¨ªs. Ello no impide, sin embargo, m¨¢s bien al contrario, como muestra de ese respeto, hacer algunas observaciones sobre el proceso que ha conducido a esa propuesta y el contenido de la misma.
Al menos desde la experiencia hist¨®rica del acceso de Salvador Allende al poder, una de las figuras m¨¢s dignas de todo el siglo XX, hemos tenido siempre presente desde Europa, y singularmente desde Espa?a, con inter¨¦s y afecto por el pueblo chileno, la evoluci¨®n del pa¨ªs sudamericano. No puede extra?ar, por ello, que ese inter¨¦s se haya renovado con los acontecimientos que marcaron el estallido social de octubre de 2019 y que desembocaron, entre otras consecuencias, en la opci¨®n, refrendada por los ciudadanos, de convocar una Asamblea Constituyente, cuyo resultado se va a someter a su definitiva consideraci¨®n.
El malestar social que est¨¢ en el origen del proceso chileno, es obvio, no es en absoluto exclusivo de este pa¨ªs, pues se ha vivido con mayor o menor intensidad, y sigue ah¨ª latente, en la mayor¨ªa de las democracias a ra¨ªz de la gran recesi¨®n de 2008. En todas ellas ha producido efectos en el ecosistema pol¨ªtico, que est¨¢n a¨²n por dilucidar, en un contexto de gran incertidumbre y polarizaci¨®n, y ya no solo nacional, sino tambi¨¦n global.
Lo propio del proceso chileno es que la reconstrucci¨®n de la convivencia pol¨ªtica y social se haya tratado de encauzar elaborando una nueva Constituci¨®n, algo que por lo dem¨¢s tiene pleno sentido en Chile, ya que dicha tarea estaba pendiente de acometer para resolver el problema de legitimidad de origen de una democracia cuyo anclaje reside, a pesar de las reformas posteriores, en la Constituci¨®n de 1980 emanada durante la dictadura.
?C¨®mo podr¨ªa fundar hoy, en estos tiempos tan ayunos de certezas, con la cohesi¨®n social amenazada y la divisi¨®n pol¨ªtica exacerbada, la renovaci¨®n de la promesa democr¨¢tica un nuevo texto constitucional?
El art¨ªculo 1 de la Propuesta de Constituci¨®n comienza proclamando que ¡°Chile es un Estado social y democr¨¢tico de derecho¡±. De este modo, la forma de Estado se describe y prescribe en los mismos, id¨¦nticos, t¨¦rminos en que lo hace la Constituci¨®n espa?ola de 1978. Y me parece significativo que as¨ª sea.
Porque obligado resulta recordar que nuestra Ley Fundamental no hizo por su parte sino incorporarse, con el retraso causado por la dictadura, a un ciclo hist¨®rico que hab¨ªan inaugurado otras Constituciones europeas tras la Segunda Gran Guerra. As¨ª, con parecidos t¨¦rminos a los indicados, se identific¨® ya entonces, en Italia, Francia o Alemania, la f¨®rmula jur¨ªdico-pol¨ªtica que resultaba de la evoluci¨®n hist¨®rica del Estado Constitucional, un modelo de organizaci¨®n de la convivencia que, como es sabido, hunde sus ra¨ªces en las llamadas revoluciones liberales o atl¨¢nticas, animadas por el pensamiento ilustrado, y que acababa de liberarse de la amenaza existencial que supuso para ¨¦l la irrupci¨®n del fascismo.
Y es que se trataba de aprender de la experiencia del per¨ªodo de entreguerras, de la suerte corrida por sus d¨¦biles democracias de partidos, en un contexto de fuerte inestabilidad social y a la postre pol¨ªtica (como el vivido bajo la Constituci¨®n de Weimar o la de la II Rep¨²blica espa?ola), para fortalecer ese Estado constitucional superviviente con el reconocimiento de derechos sociales y la consiguiente habilitaci¨®n a los poderes p¨²blicos para intervenir en la esfera econ¨®mica.
Pudiera parecer parad¨®jico que una propuesta de Constituci¨®n como la chilena, que resulta claramente innovadora en tantos aspectos, parta de una definici¨®n de la forma de Estado que cuenta ya nada menos que con algo m¨¢s de 70 a?os de vida. Pero, en mi opini¨®n, se trata de una paradoja explicable.
En primer lugar, porque con car¨¢cter general en este trance hist¨®rico en el que nos encontramos, la f¨®rmula en cuesti¨®n necesita no ya de ser defendida frente al riesgo de retrocesos de distinto signo pol¨ªtico, sino, m¨¢s bien, reforzada o renovada, sobre todo en su dimensi¨®n de Estado social. Esta necesidad est¨¢, como se ha recordado, en el origen mismo del ¨²ltimo ciclo del Estado constitucional y ha emergido con intensidad con cada crisis econ¨®mica de las ¨²ltimas d¨¦cadas, sacudiendo la legitimidad del sistema pol¨ªtico, debilitando la promesa democr¨¢tica. Afianzar el Estado social es una tarea pendiente, lo es hoy para todos.
Y lo es, en particular, en aquellos pa¨ªses donde todav¨ªa la construcci¨®n del Estado social est¨¢ lejos de completarse. Como es el caso de Chile, que tiene que recuperar el camino desandado con un principio, el de subsidiariedad del Estado, que militaba en unas coordenadas radicalmente opuestas a la del Estado Social, pues la prestaci¨®n de los servicios esenciales de la comunidad debe contar con una garant¨ªa que solo puede ser p¨²blica.
Lo que caracteriza al Estado social es su vocaci¨®n y aptitud para anticiparse a los conflictos, para prevenirlos, con su intervenci¨®n asistencial de car¨¢cter sist¨¦mico, y ello requiere inexcusablemente, adem¨¢s de pol¨ªticas presupuestarias sostenibles, de sistemas tributarios robustos, sustentados en el principio de progresividad.
Est¨¢ en juego la estabilidad porque lo est¨¢ la justicia o la equidad social. La desigualdad acaba envenenando a la democracia. Sin cohesi¨®n social, est¨¢n en serio peligro el respeto a la alternancia pol¨ªtica y a la institucionalidad, al tiempo que solo a trav¨¦s de estas ¨²ltimas tiene sentido preservar aquella. Esta es la l¨®gica de conjunto del modelo y me parece que est¨¢ presente en el proyecto de Constituci¨®n que se somete a la voluntad de los chilenos.
Desde el punto de vista de la forma territorial del Estado, la Propuesta opta por caracterizar a Chile como un ¡°Estado plurinacional¡±, integrado por ¡°entidades territoriales aut¨®nomas y territorios especiales¡±, y proclama su respeto por la identidad cultural de los pueblos ind¨ªgenas. Siempre he cre¨ªdo que la integraci¨®n en un mismo proyecto de comunidad solo puede fundarse en el respeto a la diversidad de quienes la componen.
La Constituci¨®n proyectada es tambi¨¦n innovadora en el completo cat¨¢logo de derechos que consagra. As¨ª, llama la atenci¨®n la rotundidad con que aborda el tratamiento de la discriminaci¨®n. Hay que destacar que estemos en presencia del primer texto constitucional elaborado por una convenci¨®n constituyente de car¨¢cter paritario. Y si fue paritaria en su origen, no pod¨ªa sino tratar de serlo en su contenido normativo, para hacer efectivamente posible una sociedad en que mujeres y hombres compartan el protagonismo.
Por ¨²ltimo, no se puede pasar por alto hasta qu¨¦ punto el texto constitucional est¨¢ atravesado por la preocupaci¨®n medioambiental. Es verdad que las consecuencias provocadas por el cambio clim¨¢tico deben afrontarse globalmente, pero solo con conciencias nacionales vigorosas se podr¨¢ dar la imperiosa respuesta que se requiere. La propuesta chilena me parece ejemplar en este sentido.
Termino como empec¨¦, manifestando mi afecto y mi respeto por el pueblo chileno. Y, desde este respeto, me atrevo a expresar que el ¡°apruebo¡± puede suponer un paso adelante decisivo, una opci¨®n en favor del Chile que m¨¢s admiramos, la de un pa¨ªs dispuesto a que la dignidad y la justicia social presidan su futuro.
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