La urgencia de una nueva ley de archivos
Las restricciones y la discrecionalidad en la consulta de la documentaci¨®n suponen una anomal¨ªa persistente que obstruye el trabajo de los investigadores y la transmisi¨®n a la sociedad del conocimiento cient¨ªfico del pasado
¡°Yo no creo que desatender el pasado sea nuestro mayor riesgo; el error caracter¨ªstico del presente es citarlo desde la ignorancia¡± (Tony Judt)
Los seres humanos, individualmente considerados, no pueden existir de manera plena sin conciencia de su pasado, las sociedades tampoco. Todos necesitamos la memoria de nuestro pasado de una manera u otra y, de hecho, estos son tiempos de m¨²ltiples reivindicaciones de la memoria colectiva, unas veces para reparar olvidos dolorosos e injustificables (la memoria democr¨¢tica y la reparaci¨®n de las v¨ªctimas del franquismo), otras por necesidades econ¨®micas (la puesta en valor del patrimonio hist¨®rico y art¨ªstico y el turismo cultural) y otras, la mayor¨ªa, procedentes de contertulios, pol¨ªticos, empresarios o cultivadores de m¨²ltiples disciplinas que utilizan fragmentos del pasado para justificar sus propuestas sobre el presente, ya sea en forma de carnavalescas representaciones del pasado legitimador, ya en forma de aparentemente sesudas intervenciones p¨²blicas.
En mayo, representantes de 22 asociaciones de historia ¡ªla pr¨¢ctica totalidad de las existentes¡ª constituyeron la Federaci¨®n Espa?ola de Asociaciones Cient¨ªficas de Historia (FEACH). Entre los objetivos inmediatos de la federaci¨®n est¨¢ reclamar una nueva ley de archivos que permita un mejor acceso a los mismos; buscar formas de mejorar la ense?anza de la historia; la intervenci¨®n p¨²blica en el sistema de ciencia y educaci¨®n en lo que afecta a la historia y los historiadores, y una mayor presencia social de los historiadores y acad¨¦micos en defensa de la historia y las humanidades y el rechazo a la manipulaci¨®n interesada del pasado.
Para la interpretaci¨®n de los fragmentos del pasado, los historiadores debemos, necesariamente, analizar cada uno de los elementos que la componen a la luz del an¨¢lisis minucioso de los hechos, con m¨¦todos cient¨ªficos claramente contrastables y que permitan establecer relaciones causales e identificar las interrelaciones existentes. Todo ello exige el acceso libre y universal de investigadores e investigadoras a los registros hist¨®ricos que han llegado hasta nosotros. Y entre ellos el m¨¢s importante, por el volumen de lo conservado, son los documentos custodiados en m¨²ltiples archivos p¨²blicos y privados.
Por ello, nos dirigimos al Ministerio de Cultura con diversas peticiones que, en s¨ªntesis, pueden resumirse en tres demandas. En primer lugar, mejorar el acceso a los grandes dep¨®sitos estatales, tanto en horarios de apertura como en facilidad en la consulta y reproducci¨®n de la documentaci¨®n, aspectos en los que ha habido una manifiesta voluntad de mejora que se ha traducido en avances, pero parciales. Las otras dos, mucho m¨¢s importantes, consisten en armonizar todas las condiciones de acceso del conjunto de los archivos p¨²blicos y en garantizar que las instituciones que reciben fondos p¨²blicos para la conservaci¨®n de su patrimonio (especialmente la Iglesia y la nobleza) pongan sus archivos al servicio de la investigaci¨®n con las mismas condiciones que los p¨²blicos. Las tres peticiones quedar¨ªan resueltas si, siguiendo otros modelos bien ensayados en el mundo occidental, se promulgara definitivamente una ley general de archivos.
La elaboraci¨®n de una nueva ley de archivos emerge como una reivindicaci¨®n prioritaria. Hemos tenido avances indudables en las mejoras contempladas en la Ley de Memoria Democr¨¢tica, ya vigente, y retrocesos notables como los contemplados en la ley de secretos oficiales. Un Estado de derecho avanzado debe tener principios rectores comunes que garanticen en todos los casos la investigaci¨®n rigurosa, el respeto a los principios generales de los derechos humanos y de transparencia. No hay libertad sin una historiograf¨ªa libre y racionalmente fundamentada, la ¨²nica que permite corregir y combatir los excesos de las ¡°memorias¡± manipuladas, y no hay historiograf¨ªa sin archivos y documentos sobre los que elaborar el conocimiento hist¨®rico.
Nuestra historiograf¨ªa est¨¢ bien asentada, nuestro patrimonio hist¨®rico documental es ampl¨ªsimo, ?c¨®mo es posible que afrontemos a¨²n notables dificultades para el desarrollo de nuestro cometido? Los escollos en el acceso a una importante parte de la documentaci¨®n constituyen una de las explicaciones. Las restricciones y la discrecionalidad en la consulta de la documentaci¨®n son una anomal¨ªa persistente que obstruye y entorpece el trabajo de los investigadores y la transmisi¨®n del conocimiento cient¨ªfico del pasado al conjunto de la sociedad.
Como ciudadanos de un Estado democr¨¢tico, pedimos a nuestros responsables y representantes p¨²blicos que aborden con urgencia la elaboraci¨®n de una nueva ley de archivos que establezca las condiciones de acceso a los fondos documentales, en l¨ªnea con las habituales en las democracias occidentales, sin las actuales restricciones, y el derecho de la ciudadan¨ªa al conocimiento del pasado. La historia de Europa ha demostrado una y otra vez que esto es fundamental para luchar contra todo tipo de mitos, la mayor parte de las veces perniciosos, en t¨¦rminos de construcci¨®n de una sociedad democr¨¢tica. La funci¨®n de los historiadores no es adoctrinar a sus conciudadanos, sino ofrecer an¨¢lisis racionales que permitan que fundamenten sus opciones sobre relatos veraces. Y la funci¨®n de los gobiernos es facilitar nuestra tarea.
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