Parlamentarismo descafeinado
Con el abuso del decreto ley vivimos en una suerte de urgencia permanente gestionada en primera persona por el Ejecutivo en la que el Congreso no solo queda relegado a la condici¨®n de mero ratificador
Para comprender el modelo de parlamentarismo racionalizado que asume la Constituci¨®n de 1978 en Espa?a, hay que tomar en consideraci¨®n que este discurre en un contexto dominado por los partidos pol¨ªticos, protagonistas principales del escenario en el que act¨²an los Estados democr¨¢ticos contempor¨¢neos. La presencia de los partidos en el Parlamento y el Ejecutivo se perfila como elemento determinante de cara a explicar la profunda transformaci¨®n que el sistema parlamentario muestra en la pr¨¢ctica. Para empezar, porque la tradicional dial¨¦ctica entre las c¨¢maras y el Gobierno se sustituye por otra distinta, la que se entabla entre el binomio que forman la mayor¨ªa parlamentaria y el Ejecutivo, por un lado, y la oposici¨®n, por otro. De este modo, se impone un modelo de colaboraci¨®n funcional entre poderes pol¨ªticos, en el que la centralidad org¨¢nica que la Constituci¨®n atribuye al Parlamento tiende a eclipsarse en beneficio del conglomerado pol¨ªtico mayoritario. Sin perder de vista que, como sucede en Espa?a desde 2015, el contexto de fragmentaci¨®n de la representaci¨®n pol¨ªtica en sede parlamentaria genera serias dificultades para armar una mayor¨ªa homog¨¦nea que sustente al Gobierno m¨¢s all¨¢ de la investidura. Incluso en el marco de un Ejecutivo de coalici¨®n como el actual, no siempre se logra neutralizar entre sus componentes la intensa din¨¢mica de polarizaci¨®n pol¨ªtica concurrente. As¨ª se desprende de las dificultades planteadas para preestablecer una mayor¨ªa estable que permita, como regla general, definir propuestas consensuadas en temas clave para la acci¨®n de gobierno (leyes de vivienda, transexualidad o solo s¨ª es s¨ª, entre otras).
La situaci¨®n descrita, caracterizada por la existencia de unos niveles m¨¢s intensos de pluralismo en la representaci¨®n en las C¨¢maras, lejos de robustecer la instituci¨®n parlamentaria, la debilita, operando en beneficio del Gobierno. Ah¨ª est¨¢ para confirmarlo el incremento exponencial que ha experimentado el decreto ley en las ¨²ltimas legislaturas (especialmente a partir de la crisis de 2008). En la pr¨¢ctica, y a pesar de que su uso se vincula a circunstancias de ¡°extraordinaria y urgente necesidad¡±, se ha impuesto como forma cuasi habitual de legislar, sirviendo para abordar la regulaci¨®n de las cuestiones m¨¢s diversas. Todo ello en detrimento de la ley parlamentaria y de la virtualidad deliberativa que caracteriza el procedimiento legislativo desarrollado en las c¨¢maras. Vivimos en una suerte de urgencia permanente gestionada en primera persona por el Ejecutivo a resultas de la cual el Congreso no solo queda relegado a la condici¨®n de mero ratificador de la normativa gubernamental a trav¨¦s de su convalidaci¨®n. Adem¨¢s, como consecuencia de la insatisfactoria regulaci¨®n que el debate de convalidaci¨®n presenta el Reglamento del Congreso, la capacidad de cr¨ªtica de las minor¨ªas queda reducida a su m¨ªnima expresi¨®n, lo que supone un importante lastre en t¨¦rminos de calidad democr¨¢tica del sistema. Por su parte, el ejercicio de la funci¨®n de control ordinario del Gobierno por las Cortes no arroja un mejor balance. Baste con atender a las sesiones semanales de control, en las que asistimos a una permanente teatralizaci¨®n de las intervenciones a cargo de los responsables pol¨ªticos. Por lo general, emergen narrativas paralelas mediante las que se constata el enfrentamiento permanente entre visiones contrapuestas de la realidad con respecto a las que la capacidad de encontrar puntos de convergencia se muestra como rara avis.
La ¨²ltima moci¨®n de censura celebrada ofrece otro significativo ejemplo del efecto de banalizaci¨®n que experimentan los mecanismos de fiscalizaci¨®n gubernamental a cargo del Congreso. Como es sabido, de las seis censuras planteadas desde la entrada en vigor de la Constituci¨®n solo una sali¨® adelante, la que protagoniz¨® en 2018 Pedro S¨¢nchez. Habitualmente este mecanismo no fue utilizado con la pretensi¨®n de triunfar gracias a la formaci¨®n de una mayor¨ªa absoluta alternativa en el Congreso. Antes bien, a trav¨¦s del mismo se buscaba poner en tela de juicio ante la ciudadan¨ªa la acci¨®n pol¨ªtica del Gobierno, concentrando el foco de atenci¨®n en la visibilizaci¨®n del aspirante a la presidencia del Ejecutivo, que actuaba como candidato. En este sentido, la presentada en 1980 por Felipe Gonz¨¢lez contra el presidente Adolfo Su¨¢rez sigue siendo el ejemplo paradigm¨¢tico. Como contrapunto, con ocasi¨®n de las dos ¨²ltimas censuras planteadas por Vox parece emerger un significativo cambio de paradigma. En 2020, el candidato Santiago Abascal se centr¨® no tanto en erosionar la actividad gubernamental sino en marcar distancias con su principal oponente electoral, el Partido Popular y su entonces l¨ªder, Pablo Casado. Con la ¨²ltima, este planteamiento se ha confirmado, puesto que m¨¢s all¨¢ de la incorporaci¨®n de un candidato ajeno al partido, el objetivo preferente ha vuelto a centrarse no tanto en la cr¨ªtica al Gobierno sino en la de su inmediato rival pol¨ªtico y su l¨ªder (ausente), Alberto N¨²?ez Feij¨®o.
Nos encontramos, pues, con un Parlamento cada vez m¨¢s alejado de la configuraci¨®n funcional dise?ada por la Constituci¨®n y que muestra significativas debilidades que operan a favor de la instancia gubernamental. Ante la recurrente incapacidad para actuar como contrapeso efectivo a la acci¨®n del Ejecutivo, recuperando parcelas propias de actuaci¨®n, quiz¨¢s ser¨ªa m¨¢s oportuno hablar no ya de parlamentarismo racionalizado sino de parlamentarismo descafeinado.
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