Debates electorales televisivos: ?voluntad pol¨ªtica o imposici¨®n legal?
El 23-J ha vuelto a poner sobre la mesa la necesidad de atribuir car¨¢cter obligatorio a los cara a cara en las televisiones p¨²blicas
Mucho ha llovido desde que, en 1960, se celebr¨® en Estados Unidos el primer debate electoral televisado, entre los candidatos Richard Nixon y John F. Kennedy, pero lo cierto es que dicho debate marc¨® un hito en la historia de la comunicaci¨®n pol¨ªtica que proyecta sus efectos hasta nuestros d¨ªas. Desde entonces, los encuentros televisivos entre candidatos han ido ganando terreno en las democracias occidentales y, con las diferencias y matices propios de cada pa¨ªs, se perfilan como un momento especialmente destacado en el desarrollo de las campa?as electorales. La proliferaci¨®n de redes sociales y otras v¨ªas de comunicaci¨®n digitales han generado profundos cambios en la configuraci¨®n y transmisi¨®n de los mensajes pol¨ªticos. Ah¨ª est¨¢n los tuits (ahora, los xs) que los pol¨ªticos utilizan constantemente como cauce cotidiano de relaci¨®n con la ciudadan¨ªa. Pero, aun as¨ª, los elevados ¨ªndices de audiencia que cosechan los debates televisivos ponen de manifiesto el inter¨¦s que suscitan entre el electorado: brindan la ocasi¨®n de visualizar directamente y sin intermediarios no solo la capacidad comunicativa de los candidatos participantes, sino tambi¨¦n su dominio de los temas planteados y la aptitud para defender los respectivos programas electorales frente a sus oponentes. Desde esta perspectiva, es posible afirmar que la celebraci¨®n de estos encuentros contribuye activamente a mejorar la calidad de los procesos electorales en su conjunto, al ofrecer a los votantes una informaci¨®n de primera mano sobre los principales protagonistas de las ofertas pol¨ªticas en liza.
Se?alada la dimensi¨®n cualitativamente positiva de los debates en cuesti¨®n, en Espa?a contamos con una tradici¨®n que, aunque con altibajos, est¨¢ relativamente asentada, aunque no exenta de discusi¨®n. Recuerden que el primer debate electoral se produjo en 1993, entre Felipe Gonz¨¢lez y Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar, y que habr¨¢ que esperar hasta 2008 para que se volviera a celebrar otro, esta vez entre Mariano Rajoy y Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero. Desde entonces, estos debates han tenido lugar en las campa?as posteriores, en distintos formatos y tanto en las televisiones p¨²blicas como en las privadas.
Desde una perspectiva normativa, sin embargo, la ley electoral estatal (la LOREG) no aborda esta cuesti¨®n. ?nicamente, tras su reforma en 2011, incluye una sola referencia a los debates, mencion¨¢ndolos junto a las entrevistas electorales y la informaci¨®n relativa a las campa?as en un art¨ªculo destinado exclusivamente a las televisiones privadas, a las que se exige respeto de los principios de neutralidad informativa y de proporcionalidad. Asimismo, la LOREG confiere un papel central a las Juntas Electorales, habilit¨¢ndolas para emitir instrucciones vinculantes en este ¨¢mbito. Fue precisamente una instrucci¨®n aprobada por la Junta Electoral Central (la 4/2011) la que vino a colmar el silencio legislativo sobre las televisiones p¨²blicas, incluy¨¦ndolas expresamente entre los destinatarios de los requisitos a cumplir para la organizaci¨®n de debates. As¨ª, para el caso de que estos tengan lugar (siguen siendo una opci¨®n y en ning¨²n caso una obligaci¨®n jur¨ªdica) se reitera el deber de que las televisiones, sean privadas o p¨²blicas, respeten los principios de pluralismo pol¨ªtico, neutralidad informativa, igualdad y proporcionalidad. Es tambi¨¦n esta instrucci¨®n la que establece que, en el caso de celebrarse un debate a dos (un cara a cara), tomando en consideraci¨®n los dos mejores resultados obtenidos por las fuerzas pol¨ªticas que concurrieron en las ¨²ltimas elecciones equivalentes, se hayan de organizar, asimismo, otros debates en los que participen todas las formaciones con grupo parlamentario. Como alternativa, se permite proporcionar informaci¨®n compensatoria suficiente a las dem¨¢s candidaturas con representaci¨®n parlamentaria.
Teniendo en cuenta este soporte regulador, las elecciones generales del 23-J han vuelto a poner sobre la mesa la necesidad de atribuir car¨¢cter obligatorio a los debates en las televisiones p¨²blicas, como sucede en algunas comunidades aut¨®nomas (Andaluc¨ªa y Pa¨ªs Vasco, entre otras). Este tema ya suscit¨® controversia cuando en los proleg¨®menos de la campa?a el PSOE propuso la celebraci¨®n nada menos que de seis debates y alcanz¨® su punto ¨¢lgido a ra¨ªz de la negativa de Alberto N¨²?ez Feij¨®o a participar en el encuentro a cuatro organizado por RTVE, junto a Pedro S¨¢nchez, Santiago Abascal y Yolanda D¨ªaz. Aunque este peculiar contexto pueda sugerir la necesidad de modificar la actual normativa, lo que implicar¨ªa una reforma de la LOREG, es preciso tener en cuenta que, a nivel comparado, establecer por ley la obligatoriedad de los debates electorales (como sucede en M¨¦xico o Argentina) ser¨ªa una excepci¨®n. La regla general, por el contrario, es que la normativa se refiera a requisitos para su celebraci¨®n. Esta, en cambio, no se discute, consider¨¢ndose un derecho que asiste al electorado y, por lo tanto, una obligaci¨®n de las fuerzas pol¨ªticas a la que estas no se sustraen, ya sea en aras de una mayor calidad democr¨¢tica del proceso, ya sea por evitar la penalizaci¨®n que ante la ciudadan¨ªa trae consigo la negativa a participar. Sin negar las ventajas de imponer por ley la celebraci¨®n de debates, puesto que cerrar¨ªa la puerta a esa recurrente incertidumbre que nos acompa?a en cada campa?a previa a las elecciones generales, no puede ocultarse la desaz¨®n que a estas alturas produce la inexistencia de un grado suficiente de madurez en nuestra cultura pol¨ªtica sobre un tema dotado de tan singular relevancia. Y es que tambi¨¦n en este ¨¢mbito, Espa?a sigue siendo diferente.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.