Los asuntos que tiene pendientes
El matrimonio homosexual, la ¨²ltima reforma del aborto, la doctrina Parot o Sortu son algunos de los asuntos sobre los que el Tribunal Constitucional debe fallar
Los magistrados que integran el Tribunal Constitucional tienen centenares de asuntos sobre la mesa: recursos y cuestiones de inconstitucionalidad, recursos de amparo, etc¨¦tera. Estos son algunas de las cuestiones m¨¢s importantes y controvertidas sobre las que tribunal debe decidir.?
Matrimonio homosexual
El Tribunal Constitucional admiti¨® a tr¨¢mite en octubre de 2005 el recurso de inconstitucionalidad promovido por m¨¢s de 50 diputados del PP contra la ley que modifica el C¨®digo Civil para introducir el derecho de los homosexuales a casarse. Los populares argumentaron que la reforma legal infringe art¨ªculo 32 de la Constituci¨®n, que establece la garant¨ªa institucional del matrimonio y el derecho a contraer matrimonio del hombre y la mujer. El Gobierno recalc¨® que la Constituci¨®n ampara ese tipo de convivencia. En noviembre pasado, el l¨ªder del PP explicaba que a¨²n no ten¨ªa decido si mantendr¨ªa o derogar¨ªa la ley vigente si ¨¦l ganara las generales y el tribunal avalara la norma.
Ley del aborto
El Partido Popular, y el Gobierno de Navarra presentaron el 1 de julio de 2010 sendos recursos de inconstitucionalidad contra la nueva ley del aborto, oficialmente la Ley de Salud Sexual y Reproductiva e Interrupci¨®n Voluntaria del Embarazo. Entre los art¨ªculos recurridos por el PP est¨¢n el que ampara la interrupci¨®n libre del embarazo dentro de las primeras 14 semanas de gestaci¨®n y regula el aborto de las mujeres de 16 y 17 a?os, que deber¨¢n ir a abortar acompa?adas de sus tutores, salvo que justifiquen un conflicto extremo. Navarra recurri¨® la obligaci¨®n de garantizar la prestaci¨®n en su territorio. Unos d¨ªas despu¨¦s y antes de la entrada en vigor de la nueva ley, El Pleno del Constitucional rechaz¨®, por seis votos contra cinco, la petici¨®n del PP de suspensi¨®n cautelar de la nueva norma. La decisi¨®n cont¨® con los votos particulares de cuatro magistrados.
Sortu
El recurso de amparo presentado por los abogados de Sortu ante el Tribunal Constitucional el pasado 18 de mayo, a cuatro d¨ªas de las ¨²ltimas elecciones locales, sostiene que la negativa de la Sala Especial del Tribunal Supremo para autorizar su inscripci¨®n como partido pol¨ªtico fue una ¡°ilegalizaci¨®n preventiva que pone en riesgo el propio Estado constitucional¡±.? El recurso se fundamenta en el voto discrepante conjunto de tres presidentes de Sala del Supremo y cuatro magistrados de la Sala Especial que se mostraron favorables a la inscripci¨®n del grupo independentista e insiste en la ¡°presunci¨®n de constitucionalidad¡± que debe conducir a la legalizaci¨®n del partido. El recurso a¨²n no ha sido admitido a tr¨¢mite.
Doctrina Parot
Una veintena de etarras encarcelados recurrieron hace cuatro a?os ante el Constitucional la liquidaci¨®n de sus condenas por la aplicaci¨®n de la sentencia del Supremo que dio lugar a la denominada doctrina Parot. El tribunal tiene que decidir sobre la validez de la doctrina, alumbrada por el Supremo en 2006 tras un recurso presentado por el etarra Henri Parot (en prisi¨®n desde 1990 y condenado a miles de a?os, aplicada por el Supremo en casos de terrorismo graves, que impide acumular penas, lo que retrasa la salida de la c¨¢rcel de terroristas que ya hayan cumplido su condena. En mayo pasado, seis magistrados frente a cinco defend¨ªan estimar los recursos de terroristas afectados por la sentencia del Supremo que les impide salir de la c¨¢rcel.
Prohibici¨®n de los toros en Catalu?a.
El PP recurri¨®, en octubre de 2010, la decisi¨®n del Parlamento de Catalu?a que proh¨ªbe las corridas de toros en esa comunidad a partir de 2012. Los populares consideran que el veto "incumple cerca de una docena de art¨ªculos de la Constituci¨®n", seg¨²n explic¨® el representante popular al presentar el recurso.
Doctrina Atutxa
El Constitucional tiene que estudiar el recurso del procedimiento contra el ex presidente del Parlamento vasco Juan Mar¨ªa Atutxa, sobre la llamada doctrina Bot¨ªn, seg¨²n la cual no deben admitirse procedimientos en los que no acusen el fiscal ni los perjudicados, sino una acusaci¨®n popular. De este fallo est¨¢n pendientes los casos de Garz¨®n en los que solo mantiene la petici¨®n de juicio una acusaci¨®n popular.
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