Camps presenta la fianza con un aval de Bankia de 55.000 euros
El plazo para personarse en el juicio de los trajes acaba el 12 de septiembre
El expresidente de la Generalitat valenciana, Francisco Camps, ha presentado ya ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) la fianza de 55.000 euros impuesta por el juez instructor de la llamada causa de los trajes, incluida en el caso G¨¹rtel. La fianza se impuso a los procesados, en el auto de apertura de juicio, con el fin de garantizar el pago de las multas que se les reclaman y que ser¨¢n cobradas en el caso de que sean declarados culpables.
La cantidad estipulada por el magistrado equivale a la multa solicitada por el ministerio fiscal y un tercio m¨¢s, es decir, un total de 55.000 euros que, en el caso de Camps, que ha presentado un aval de Bankia. As¨ª, el expresidente de la Generalitat ha cumplido el plazo de 24 horas otorgado para presentar el dep¨®sito, un aval o, de lo contrario, se proceda al embargo de sus bienes, algo que no ha ocurrido en el caso de Francisco Camps.
Camps ha presentado este aval despu¨¦s de que, hace un mes, presentara ante las Cortes su declaraci¨®n de bienes, en la que alegaba poseer un patrimonio de 13.551 euros, repartido en dos cuentas corrientes (una de ellas compartida), un veh¨ªculo y un plan de pensiones. Los saldos de sus cuentas bancarias eran de 2.796 euros, y la mitad de otra compartida, de la que le corresponden 1.215 euros. Adem¨¢s, posee la mitad de una vivienda con un valor catastral de algo m¨¢s de 111.000 euros
La decisi¨®n del expresidente de la Generalitat valenciana de hacer frente al juicio con jurado, acusado de cohecho impropio, le ha dejado por delante un lento camino, debido a que agosto es un mes inh¨¢bil para la justicia. Desde que se inici¨® la instrucci¨®n por la llamada causa de los trajes, incluida en el caso G¨¹rtel, han pasado m¨¢s de dos a?os. Sin embargo, hasta que Camps se siente en el banquillo pasar¨¢n otros dos largos meses.
Hasta que llegue el d¨ªa del juicio, se habr¨¢n de cumplir los plazos marcados por el juez Jos¨¦ Flors en su auto de apertura de juicio. En ¨¦l, daba un plazo de 15 d¨ªas para que las partes, tanto acusaciones como defensas, comparecieran ante la sala con el fin de personarse. Este plazo, que acaba el 12 de septiembre, podr¨ªa ser m¨¢s breve en el caso de que la fiscal¨ªa y los letrados presentaran sus escritos antes. Pero tambi¨¦n podr¨ªa demorarse hasta entonces, momento a partir del que magistrado, Juan Climent, que presidir¨¢ el tribunal del jurado, dictar¨¢ el auto de hechos justiciables y la fecha del juicio. En cualquier caso, en medio hay otros plazos para alegar, con lo que es previsible que la fecha del juicio no se conozca hasta finales de septiembre.
El jurado estar¨¢ compuesto por nueve personas, m¨¢s dos suplentes, escogidas de entre 36 candidatos. Al margen de las causas de incompatibilidad, las acusaciones pueden recusar hasta a cuatro personas sin necesidad de argumentarlo, ¨²nicamente porque consideren que puede no ser imparcial en su decisi¨®n. En este caso, habr¨¢n de ponerse de acuerdo la fiscal¨ªa y la acusaci¨®n popular, por una parte, y la defensa de los cuatro imputados, por otra. Si no hay acuerdo, se elegir¨¢n por sorteo. En el momento en el que haya 11 seleccionados, se podr¨¢ iniciar el juicio.
El veredicto de culpabilidad tendr¨¢ que estar respaldado por siete de los nueve miembros del jurado
Tras la vista, uno de los momentos claves es el de la redacci¨®n del ¡°objeto del veredicto¡±. Se trata de la narraci¨®n de diferentes p¨¢rrafos sobre los que el Jurado deber¨¢ declarar probados o no, diferenciando entre los que fueren contrarios al acusado y los que resultaren favorables, tal como se?ala la Ley del Jurado. El relato y las preguntas a los miembros del jurado tambi¨¦n habr¨¢n de incluir el grado de ejecuci¨®n y participaci¨®n de cada uno de los procesados. Y precisar¨¢ el hecho delictivo por el cual el acusado habr¨¢ de ser declarado culpable o no culpable.
La votaci¨®n entre los miembros del jurado requiere de siete votos en el caso de que los hechos probados sean contrarios al acusado y de cinco votos si son favorables.
En la reuni¨®n del jurado, es el portavoz quien somete a votaci¨®n cada uno de los p¨¢rrafos en que se describen los hechos, tal y como fueron propuestos por el Magistrado-Presidente. Los jurados votar¨¢n si estiman probados o no dichos hechos. Para ser declarados tales, se requiere siete votos, al menos, cuando fuesen contrarios al acusado, y cinco votos, cuando fuesen favorables. Y la declaraci¨®n de culpabilidad de cada uno de los imputados precisa de la misma mayor¨ªa.
En cualquier caso, Francisco Camps tiene la opci¨®n, hasta el mismo d¨ªa del juicio, de firmar la conformidad con las penas que se le reclaman, es decir, admitir la culpabilidad por haber cometido un delito de cohecho, a lo que ya se neg¨® hace una semana y que llev¨® a presentar su dimisi¨®n.
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