Una ¨²nica reforma constitucional en 33 a?os
La Carta Magna fue modificada en 1992 para ser adaptada al Tratado de Maastrich
Desde que la Constituci¨®n espa?ola se aprob¨® en 1978 solo ha experimentado una reforma. Se produjo en 1992 y fue necesaria para adaptar la Carta Magna al Tratado de la Uni¨®n Europea acordado en Maastrich. En concreto tuvo como objetivo permitir que los ciudadanos de otros pa¨ªses de la UE residentes en Espa?a pudieran ir en las listas para las elecciones municipales. Esto se logr¨® incluyendo en el art¨ªculo 13.2 la expresi¨®n ¡°y pasivo".
Hoy el presidente del Gobierno, Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero, ha propuesto una modificaci¨®n constitucional para limitar el techo de gasto y el l¨ªder del Partido Popular, Mariano Rajoy, est¨¢ a favor. De salir adelante, esta ser¨¢ por tanto la segunda reforma que la Constituci¨®n experimente en su historia y nuevamente estar¨¢ muy vinculada a directrices que provienen de la Uni¨®n Europea. El pasado 16 de agosto, Alemania y Francia propusieron introducir en las Constituciones de los 17 pa¨ªses de la zona Euro una "regla de oro" de equilibrio presupuestario antes del verano que viene. El compromiso de disciplina fiscal ya est¨¢ recogido en la Carta Magna germana y Sarkozy prev¨¦ someterlo a votaci¨®n en el Parlamento franc¨¦s en oto?o.
De realizarse una iniciativa de reforma constitucional habr¨¢ un pleno extraordinario el 30 de agosto y otro el 1 de septiembre
El presidente del Congreso, Jos¨¦ Bono, ha anunciado durante la sesi¨®n de esta ma?ana que en caso de que se lleve a cabo la iniciativa habr¨¢ dos plenos de car¨¢cter extraordinario, uno el 30 de agosto y otro el 1 de septiembre, siempre y cuando la propuesta est¨¦ presentada, a m¨¢s tardar, el pr¨®ximo viernes. Bono ha advertido de que de no estar lista esta misma semana no habr¨¢ tiempo de aprobarla antes de que se disuelvan las Cortes. Dadas las elecciones del 20-N, dicha disoluci¨®n est¨¢ prevista para finales de septiembre. Fuentes de PP y PSOE han confirmado que el acuerdo est¨¢ muy avanzado, informa Efe.
Arma de doble filo
Expertos en derecho constitucional afirman que el l¨ªmite de gasto p¨²blico podr¨ªa haberse incluido en la Ley Org¨¢nica de Estabilidad Presupuestaria. Cambiando la Constituci¨®n sin embargo se garantiza que la regulaci¨®n no dependa de mayor¨ªas absolutas, dando as¨ª mayor sensaci¨®n de estabilidad. Esa estabilidad, no obstante, puede ser a su vez un elemento que limite el margen de maniobra del sistema pol¨ªtico para hacer frente a las crisis, seg¨²n el catedr¨¢tico de Derecho Constitucional, Javier P¨¦rez Royo. En su opini¨®n es por tanto una medida que si bien trasmite un mensaje de voluntad de control del d¨¦ficit y de ajuste fiscal, su ventaja es a corto plazo. ¡°A medio y largo plazo el Gobierno y las Cortes pierden una baza muy importante en momentos de crisis¡±, a?ade. La rigidez que se establece es "extraordinaria".
"El problema es que si en un momento dado es necesario fomentar el gasto para impulsar el crecimiento econ¨®mico no se va a poder hacer", explica en l¨ªnea similar Eduardo V¨ªrgala, catedr¨¢tico de Derecho Constitucional de la Universidad del Pa¨ªs Vasco. V¨ªrgala se posiciona en contra de la reforma y se muestra sorprendido de que haya sido lanzada por el PSOE, cuando "es una propuesta que encaja entre las iniciativas de la derecha". Este catedr¨¢tico indica adem¨¢s que aunque el refer¨¦ndum no es obligatorio salvo que lo solicite una d¨¦cima parte de los miembros de cualquiera de las C¨¢maras, ser¨ªa positivo convocarlo. "La corriente surgida a partir del Movimiento 15-M lleva a que se profundice en la participaci¨®n ciudadana", agrega. De no ser as¨ª, considera que se producir¨ªa una contradicci¨®n con las promesas electorales. Miles de ciudadanos ya est¨¢n reclamando en Twitter un plebiscito.
Adem¨¢s, aunque PP y PSOE suman los esca?os suficientes para sacar adelante el cambio, catedr¨¢ticos en la materia recuerdan que la medida afectar¨¢ a todas las Administraciones. Por ello abogan por implicar a m¨¢s partidos. ¡°Habr¨¢ que redactarla con mucho cuidado¡±, se?ala P¨¦rez Royo.
Procedimiento
El proceso a seguir para llevar a cabo una reforma constitucional est¨¢ regulado en la propia Constituci¨®n. Para poder modificar su articulado es necesario que el cambio en cuesti¨®n sea aprobado por al menos tres quintas partes de los miembros de cada C¨¢mara. Si ambas no se ponen de acuerdo, se intentar¨¢ obtener el consenso ¡°mediante la creaci¨®n de una Comisi¨®n de composici¨®n paritaria de diputados y senadores, que presentar¨¢ un texto que ser¨¢ votado por el Congreso y el Senado¡±, estipula la norma. Si de esta forma no se logra la aprobaci¨®n, la C¨¢mara baja podr¨¢ sacar la reforma adelante con el voto a favor de dos tercios del hemiciclo, siempre y cuando antes hubiese sido aceptada por mayor¨ªa absoluta en la C¨¢mara alta.
Para introducir el techo de gasto, el apartado a reformar es el T¨ªtulo VII
Si la modificaci¨®n fuese total o afectase al T¨ªtulo preliminar, el referente a los derechos fundamentales y libertades p¨²blicas, o el relativo a la Corona, se proceder¨ªa a la disoluci¨®n del Parlamento. En el caso expuesto hoy, para introducir el techo de gasto, no se precisar¨ªa de dicha disoluci¨®n ya que el apartado a reformar ser¨ªa el T¨ªtulo VII. Este es el que hace referencia a la econom¨ªa y la hacienda.
Iniciativas de Zapatero
Si se materializa, esta ser¨¢ la primera reforma constitucional propuesta por Zapatero que salga adelante. Tras la victoria del PSOE en las elecciones de 2004, el presidente anunci¨® durante su discurso de investidura cuatro reformas constitucionales, pero no prosperaron.
Dos de ellas ten¨ªan contenido territorial, al promover cambios en el Senado e incluir en la Carta Magna los nombres de las comunidades aut¨®nomas. Otra se refer¨ªa a la igualdad entre hombres y mujeres en la sucesi¨®n a la Corona y la ¨²ltima pretend¨ªa incluir una menci¨®n a la Constituci¨®n Europea. Ante la imposibilidad de llegar al consenso requerido, Zapatero renunci¨® a presentar formalmente sus iniciativas.
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