Telecinco condenada a pagar 180.000 euros al matrimonio Aznar
La televisi¨®n inform¨® de la supuesta separaci¨®n del expresidente y la concejal del Ayuntamiento de Madrid Ana Botella por una supuesta infidelidad del marido
La Sala Primera del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a Telecinco a indemnizar al ex presidente Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar y a su esposa, Ana Botella, con 90.000 euros a cada uno, por intromisi¨®n ileg¨ªtima en el honor del matrimonio como consecuencia de una informaci¨®n referente a su supuesta separaci¨®n conyugal.
Los hechos ocurrieron en 2008, cuando en las emisiones del programa Aqu¨ª hay tomate del 22 y 23 de noviembre se hizo referencia a la separaci¨®n del matrimonio por causa de una supuesta infidelidad del marido. Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar y su esposa demandaron a la cadena al considerar falsa y carente de inter¨¦s p¨²blico dicha informaci¨®n. La demanda fue parcialmente estimada por un juzgado de primera instancia y posteriormente por la Audiencia Provincial de Madrid, aunque esta ¨²ltima redujo la indemnizaci¨®n acordada por el juzgado, de 120.000 a 90.000 euros. Este ¨²ltimo pronunciamiento ha sido el confirmado por el Tribunal Supremo.
La sentencia del alto tribunal, de la que ha sido ponente el presidente de la Sala Primera, Juan Antonio Xiol R¨ªos, explica que la informaci¨®n divulgada, aunque de inter¨¦s p¨²blico, --el que suscita el conocimiento de aspectos privados de personas p¨²blicas-- no cumple el requisito de la veracidad, puesto que los demandados procedieron inmediatamente a desmentir lo que no pasaba de ser un rumor.
La Sala recuerda que la informaci¨®n no veraz sobre infidelidades conyugales constituye una intromisi¨®n ileg¨ªtima tanto en el honor del c¨®nyuge a quien se atribuye la infidelidad como en el del c¨®nyuge que la estar¨ªa soportando, pues del primero se predica un comportamiento indebido y al segundo se le atribuye una situaci¨®n socialmente considerada en general como humillante o digna de l¨¢stima, que no est¨¢ obligado a soportar.
El Supremo tambi¨¦n confirma el pronunciamiento favorable a la existencia de una intromisi¨®n ileg¨ªtima en la intimidad de la pareja en la medida en que la informaci¨®n divulgada, revelar una supuesta relaci¨®n sentimental causante de la ruptura conyugal que indudablemente afecta a aspectos que integran la intimidad de los demandantes, que estos no hab¨ªan consentido revelar con anteriores pautas de comportamiento. La notoriedad p¨²blica del matrimonio no le priva del derecho a mantener reservados aspectos de su intimidad ajenos a tal dimensi¨®n p¨²blica.
Indemnizaci¨®n a Agag
Por otra parte, el Supremo tambi¨¦n ha confirmado una condena al director del peri¨®dico digital Extraconfidencial.com, y a la editora Extra Confidencial S.L. a indemnizar con 3.000 euros a Alejandro Agag, por la informaci¨®n titulada "El yerno de Aznar intermedi¨® en la adjudicaci¨®n de la obra del AVE Madrid-Barcelona", publicada el 20 de marzo de 2007.
?El Supremo desestima el recurso del director del peri¨®dico dado que, si bien la informaci¨®n publicada ten¨ªa inter¨¦s p¨²blico, no cumpl¨ªa el requisito de veracidad, al asumir una informaci¨®n que no hab¨ªa sido objeto de contraste, transmitiendo de rumores afrentosos para el honor profesional de la persona afectada.
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