El Supremo concede la nacionalidad a un musulm¨¢n rechazado por el CNI
El alto tribunal ratifica el fallo de la Audiencia Nacional por falta de pruebas El Centro Nacional de Inteligencia le acus¨® de pertenecer al movimiento religioso Tabligh
El Tribunal Supremo ha concedido la nacionalidad espa?ola por residencia a un ciudadano marroqu¨ª al que el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) acus¨® de pertenecer al movimiento religioso Tabligh Jammaat (Congragaci¨®n para la Propagaci¨®n del Islam), pero sin aportar pruebas al invocar la seguridad nacional y la ¡°reserva¡± con la que debe trabajar.
El ciudadano de iniciales A. B. reside desde 1991 en Sevilla, donde regenta una carnicer¨ªa, paga sus impuestos, tiene tres hijos espa?oles que han estudiado en colegios espa?oles y colabora con las fiestas de su barrio y en asociaciones interculturales, seg¨²n la sentencia de la Sala de lo Contencioso del Supremo. ¡°Est¨¢ perfectamente integrado en la sociedad espa?ola¡±, como exige la ley, y no hay ninguna prueba de que sea militante del movimiento fundamentalista tabligh, tal y como aleg¨® el Abogado del Estado para oponerse a la concesi¨®n de la nacionalidad. Tras una primera sentencia favorable al recurrente, ahora el Supremo ha confirmado el fallo.
El Ministerio de Justicia ha denegado la nacionalidad a miembros del tabligh en Sevilla, Murcia y Huelva, siempre basado en los informes negativos del CNI sobre este movimiento. La Abogac¨ªa del Estado inform¨® de que el ciudadano A. B. era militante y esgrimi¨® los informes, seg¨²n los cuales defiende la reislamizaci¨®n de la sociedad y cuyos miembros ¡°tienen un trato correcto, pero el m¨ªnimo indispensable, con la sociedad del pa¨ªs occidental de acogida¡±. Mientras, los dirigentes del tabligh aseguran que sus miembros predican la paz, atienden a presos, hacen labores sociales y tienen m¨¢s de 200 asociaciones registradas en la Direcci¨®n General de Relaciones para las Confesiones.
Inteligencia acus¨® al ciudadano marroqu¨ª de pertenecer al movimiento ¡®tabligh¡¯
El letrado argument¨® que el CNI no pod¨ªa aportar datos m¨¢s concretos ¡°porque es notoria la reserva que ha de guardar sobre sus fuentes y sobre la informaci¨®n espec¨ªfica de que dispone¡±, refleja la sentencia. El CNI no puede facilitar m¨¢s datos sin contar con la previa autorizaci¨®n del Consejo de Ministros, de acuerdo con la ley reguladora del organismo y la Ley de Secretos Oficiales, seg¨²n el abogado del Estado. El Supremo replica que el CNI simplemente ¡°deb¨ªa haber concretado m¨ªnimamente en qu¨¦ consist¨ªan esas actividades del solicitante incompatibles con el requisito de integraci¨®n en la sociedad espa?ola¡±, sin necesidad de ¡°mostrar documentos protegidos por la legislaci¨®n de secretos oficiales y sin que ello pusiera en riesgo los operativos de los servicios secretos o la seguridad de la naci¨®n¡±.
¡°M¨¢s all¨¢ de la afirmaci¨®n apod¨ªctica de que el solicitante pertenece al tabligh¡±, la Administraci¨®n no aport¨® ¡°un m¨ªnimo dato sobre las razones determinantes¡± de la denegaci¨®n de la nacionalidad ¡°que permitan al recurrente articular su defensa¡±. El abogado del marroqu¨ª, Jos¨¦ Antonio Salazar, explic¨® que su cliente aport¨®, por contra, una ¡°intensa actividad probatoria¡± para demostrar su integraci¨®n en el barrio de la Macarena donde vive, y en el que participa en fiestas, asociaciones de vecinos y en la Junta de Distrito, tiene tres hijos de nacionalidad espa?ola, no tiene antecedentes policiales y est¨¢ al tanto de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
El Supremo replica que el Estado debi¨® aportar ¡°un m¨ªnimo dato¡± sobre su tesis
¡°Solicit¨¦ al CNI las pruebas de que mi cliente pertenece al movimiento, aunque sea de manera indiciaria. Ahora se nota la irritaci¨®n del Supremo en la sentencia por el tono expresado y la condena en costas impuesta al Ministerio de Justicia¡±, resumi¨® Salazar. La Audiencia Nacional ya ha dado la raz¨®n a al menos otro ciudadano marroqu¨ª en su reclamaci¨®n por obtener la nacionalidad ante la Administraci¨®n, seg¨²n subray¨® el letrado sevillano. En esta ocasi¨®n la Abogac¨ªa del Estado, que le acusaba de pertenecer al tabligh, no formaliz¨® el recurso ante el Supremo, tal y como hab¨ªa anunciado.
Los musulmanes a los que se les neg¨® la nacionalidad por su adscripci¨®n a esta corriente religiosa son empresarios y comerciantes con arraigo e hijos espa?oles. Varios recurrieron a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional y ahora el Supremo ha confirmado una de ellas.
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