El Supremo ordena que Carlos Fabra sea juzgado por cinco delitos de fraude fiscal
El presidente del PP de Castell¨®n est¨¢ tambi¨¦n acusado de tr¨¢fico de influencias y cohecho
El ¡°ciudadano ejemplar¡±, que proclam¨® Mariano Rajoy, el pol¨ªtico ¡°absuelto¡± por las urnas, Carlos Fabra, ser¨¢ juzgado por tr¨¢fico de influencias, cohecho y por todos los delitos de fraude fiscal de los que est¨¢ acusado. As¨ª lo ha ordenado el Tribunal Supremo al revocar la decisi¨®n de la Audiencia de Castell¨®n, que consider¨® prescritos cuatro de los cinco delitos fiscales por un fraude a la Hacienda p¨²blica de 1,5 millones de euros.
La imputaci¨®n por tr¨¢fico de influencias se concret¨® despu¨¦s de que Vicente Vilar, un empresario hasta entonces amigo, revelara favores pol¨ªticos. El entonces presidente de la Diputaci¨®n de Castell¨®n y actual presidente del PP provincial, Carlos Fabra, presuntamente intent¨® acelerar la concesi¨®n de autorizaciones para la fabricaci¨®n de los productos fitosanitarios de Vilar, haciendo gestiones ante los ministerios de Sanidad y Agricultura, entre los a?os 1999 y 2003. El empresario present¨® informes, faxes, escritos y documentos que ratificaban las gestiones realizadas.
La imputaci¨®n por cohecho se se?al¨® despu¨¦s de que el mismo empresario acusara adem¨¢s a Carlos Fabra de haberle cobrado ¡°cantidades millonarias¡± por los tr¨¢mites realizados ante los ministerios. Y aport¨® facturas de joyas y fechas de entregas de dinero en bolsas de pl¨¢stico que, posteriormente, se comprob¨® que coincid¨ªan con ingresos en efectivo que Fabra realiz¨® en sus cuentas.
El inicio de las investigaciones, hace ocho a?os, deriv¨® en otras pesquisas, las de la Agencia Tributaria, que desembocaron en una denuncia por fraude fiscal, por el ejercicio de 1999. Pero ante la posibilidad de que el supuesto cobro de sus ¡°gestiones¡± y su ocultaci¨®n a Hacienda se hubiera extendido a lo largo de otros ejercicios, los jueces decidieron investigar no solo a Fabra sino a su entonces esposa, Mar¨ªa Amparo Fern¨¢ndez, y a sus cuatro hijos pues ¡°no es infrecuente que el eventual lucro obtenido trate de ocultarse en la esfera familiar¡±, tal como se?al¨® la decisi¨®n judicial por la que se autoriz¨® la investigaci¨®n.
Entonces, comenz¨® el v¨ªa crucis de los peritos de Hacienda, que iniciaron un tedioso camino hasta conseguir datos de las cuentas en las que Fabra aparec¨ªa como titular o autorizado, un total de 94, con el fin de determinar ¡°la naturaleza y origen del incremento patrimonial experimentado¡± por el presidente provincial del PP, su esposa y sus hijos entre el a?o 1999 y el a?o 2004.
El primer informe pericial, tras analizar m¨¢s de 17.000 operaciones bancarias, destap¨® unas ganancias patrimoniales no justificadas de 3,6 millones de euros, y un fraude a Hacienda de 1,7 millones de euros, que se concretaba en nueve delitos fiscales; cinco supuestamente cometidos por Fabra y otros cuatro por su ahora exesposa.
Los peritos tardaron cinco a?os en recopilar la informaci¨®n de los bancos y en cruzar los datos presentados ante Hacienda con los movimientos en cuentas y el patrimonio. Detectaron decenas de ingresos en efectivo, en la mayor¨ªa de las ocasiones de 3.000 euros (cantidad m¨¢xima con la que el banco no hab¨ªa de notificar el ingreso al Banco de Espa?a). Por ello, en muchos casos se realizaban varios ingresos en el mismo d¨ªa. Y eran los ch¨®feres los encargados de llevar a los bancos los sobres con el dinero, que entregaban, en ocasiones, directamente a los directores de las oficinas. Carlos Fabra pidi¨® entonces tiempo para presentar documentaci¨®n que acreditase la procedencia del dinero, pero solo fue capaz de certificar la procedencia de 300.000 euros, lo que dej¨® sin justificar el origen de otros 3,3 millones, que desencadenaron la acusaci¨®n de un fraude a la Hacienda p¨²blica de 1,5 millones de euros que ser¨¢, finalmente, la cantidad por la que el dirigente popular tendr¨¢ que responder ante los juzgados.
La Audiencia de Castell¨®n consider¨® que todas las resoluciones judiciales adoptadas a lo largo de cinco a?os no significaban el acto jur¨ªdico suficiente para paralizar la prescripci¨®n. El Supremo le ha quitado la raz¨®n.
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