El Supremo revoca tres a?os de c¨¢rcel a un guardia civil que detuvo a un bombero
Considera que la pena de prisi¨®n es desproporcionada por una breve y transitoria privaci¨®n de libertad aunque le condena a ocho a?os de inhabilitaci¨®n
?El Tribunal Supremo ha revocado la pena de tres a?os de prisi¨®n impuesta un guardia civil que detuvo ilegalmente a un bombero y la ha sustituido por una multa de 310 euros, aunque ha mantenido para el agente otra condena de ocho a?os de inhabilitaci¨®n absoluta. El alto tribunal ha considerado que la pena de tres a?os de prisi¨®n era desproporcionada a los hechos, por lo que ha aplicado al agente una pena atenuada prevista para el particular que detiene a una persona para presentarla inmediatamente a la autoridad. Esa posibilidad ya fue prevista por la Sala Penal del Supremo en un pleno no jurisdiccional celebrado en 2009, para unificar el criterio despu¨¦s de que algunas sentencias se pronunciasen en sentido contradictorio.
El 3 de mayo de 2009, el guardia civil Luis Manuel P. y su compa?ero de patrulla en el recinto de la feria de muestras de Tineo (Asturias) trabaron conversaci¨®n con dos auxiliares de bombero a los que conoc¨ªa el compa?ero de Luis Manuel. Uno de los bomberos, Jos¨¦ R., le reproch¨® a Luis Manuel que le hubiera sancionado por llevar una navaja en su veh¨ªculo, por lo que la conversaci¨®n fue volvi¨¦ndose tensa hasta que el guardia civil exigi¨® al bombero que se identificase.
El bombero Jos¨¦ R. no llevaba encima del documento de identidad, pero le contest¨® que lo ten¨ªa en el parque de bomberos, a unos 150 metros de donde se encontraban. Pese a que vest¨ªa el uniforme de bombero, de que era conocido sobradamente por el otro agente y que pod¨ªa ser identificado por el jefe de bomberos al que hab¨ªan avisado ante el cariz que tomaban los hechos, el guardia civil Luis Manuel P. procedi¨® a detener y esposar al bombero Jos¨¦ R.
Si hacer caso de su compa?ero de patrulla ni del jefe de bomberos, Luis Manuel introdujo a Jos¨¦ R. en el veh¨ªculo de la Guardia Civil, despu¨¦s de que ambos cayeran al suelo en el curso de un forcejeo. Cuando el veh¨ªculo oficial con el bombero detenido sal¨ªa del recinto ferial, fue interceptado por el sargento comandante del puesto, que hab¨ªa sido avisado por el compa?ero de patrulla de Luis Manuel. El sargento orden¨® la liberaci¨®n de Jos¨¦ y procedi¨® a incoar diligencias.
La Audiencia de Oviedo conden¨® al guardia civil Luis Manuel P. a tres a?os y un d¨ªa de prisi¨®n y ocho de inhabilitaci¨®n absoluta por un delito de detenci¨®n ilegal cometido por autoridad o funcionario p¨²blico del art¨ªculo 167 del C¨®digo Penal, aunque el Supremo, finalmente, le ha aplicado el tipo previsto para el particular que detiene a una persona para presentarla inmediatamente a la autoridad del art¨ªculo 163.4.
Seg¨²n el Supremo, esa interpretaci¨®n es m¨¢s proporcional para sancionar ¡°una acci¨®n consistente en una transitoria y breve privaci¨®n de libertad¡± para poner al detenido a disposici¨®n de otro agente de la autoridad que disponga sobre la pertinencia o no de la detenci¨®n.
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