Varapalo del Poder Judicial a la reforma penal de Gallard¨®n
La comisi¨®n de Estudios avala el informe que votar¨¢ el Pleno
El Consejo General del Poder Judicial est¨¢ a punto de propinar un sonoro varapalo a la reforma penal del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallard¨®n. Ayer, la Comisi¨®n de Estudios del Consejo aprob¨® el informe cr¨ªtico elaborado por la vocal Margarita Robles que incluye dudas a la constitucionalidad de dos de los puntos m¨¢s importantes de la reforma del C¨®digo Penal: la llamada prisi¨®n permanente revisable y la custodia de seguridad.
El informe cr¨ªtico se aprob¨® por tres votos (Margarita Ur¨ªa, Carles Cruz y Margarita Robles) frente a dos (Antonio Dorado y Concepci¨®n Espejel). Los dos vocales que rechazan el informe proceden de la minor¨ªa conservadora y son considerados en el Consejo como pr¨®ximos al actual ministro de Justicia. Al informe le queda a¨²n el filtro ¨²ltimo del Pleno del Consejo que tiene previsto estudiarlo el 16 de enero. En principio, hay mayor¨ªa de vocales progresistas y, si votaran seg¨²n esa distribuci¨®n, el informe podr¨ªa salir adelante.
En todo caso, el escrito del Consejo General del Poder Judicial no es vinculante y el Gobierno no tiene que seguir sus recomendaciones. De hecho, el ministro de Justicia aprob¨® la controvertida ley de tasas judiciales en contra del rotundo informe del Poder Judicial, del Consejo Fiscal y del Consejo de Estado. En este caso, el propio fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, ha expresado p¨²blicamente sus dudas sobre la reforma penal, pese a ser tambi¨¦n pr¨®ximo al ministro de Justicia.
Margarita Robles elabor¨® una ponencia muy cr¨ªtica sobre el C¨®digo Penal de Gallard¨®n, que en la mayor¨ªa de sus extremos fue ratificado ayer por la Comisi¨®n de Estudios. Especialmente, los apartados estrella de esa reforma.
As¨ª, se considera que hay dudas acerca de la constitucionalidad de la prisi¨®n permanente revisable y de la custodia de seguridad. Con ellas podr¨ªa vulnerarse el art¨ªculo 25 de la Constituci¨®n que asegura que "las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estar¨¢n orientadas hacia la reeducaci¨®n y reinserci¨®n social y no podr¨¢n consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisi¨®n que estuviere cumpliendo la misma gozar¨¢ de los derechos fundamentales de este Cap¨ªtulo, a excepci¨®n de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria".
En este caso concreto, el informe considera que con la actual reforma no hay posibilidad de reinserci¨®n y no se especifica d¨®nde y en qu¨¦ r¨¦gimen se cumplir¨ªa la pena a?adida de custodia de seguridad que, adem¨¢s, no tiene tiempo establecido en la sentencia y, en la pr¨¢ctica, es una condena a perpetuidad.
El informe destaca que ninguno de los c¨®digos penales espa?oles elaborados durante el siglo XX incluye la prisi¨®n a perpetuidad en el cat¨¢logo de penas, incluidas las etapas no democr¨¢ticas.
"La custodia de seguridad se cumplir¨¢ despu¨¦s de la pena de prisi¨®n. Y aunque la ley fija una duraci¨®n m¨¢xima de 10 a?os, tras la custodia de seguridad se impondr¨¢ de modo obligatorio la medida de seguridad de libertad vigilada, que puede llegar a ser ilimitada a trav¨¦s del sistema de pr¨®rrogas que se establecen en la nueva regulaci¨®n. De esta manera, se viene a configurar un sistema de medidas de seguridad ilimitadas en el tiempo para sujetos imputables", asegura el informe.
La vocal Margarita Robles ser¨¢ tambi¨¦n la ponente del informe del Consejo sobre el anteproyecto de ley del Poder Judicial propuesto por el ministro Gallard¨®n.
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