El ¡®plan Ibarretxe¡¯: semejanzas y diferencias
El Constitucional tumb¨® en 2004 un recurso similar contra la propuesta de Estatuto vasco El alto tribunal aleg¨® que aquel texto no era una ¡°resoluci¨®n¡±, pero el texto catal¨¢n s¨ª lo es
En noviembre de 2003, el Gobierno de Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar recurri¨® ante el Tribunal Constitucional el tr¨¢mite inicial del plan Ibarretxe: su entrada en el Parlamento de Euskadi. Un texto, el vasco, muy similar, en lo fundamental, a la resoluci¨®n que ha aprobado ahora, nueve a?os despu¨¦s, el Parlamento de Catalu?a. Un texto, el vasco, que ¡ªcomo ahora el catal¨¢n¡ª atribu¨ªa a esa comunidad una soberan¨ªa propia y, con ella, el derecho a decidir su estatus y su relaci¨®n con el resto de Espa?a.
Al Gobierno le sali¨® mal aquel movimiento: el Constitucional tumb¨® su recurso el 20 de abril de 2004, por siete votos contra cinco, y dej¨® que el plan Ibarretxe siguiera su andadura: primero en el Parlamento vasco y despu¨¦s en el Congreso de los Diputados (donde morir¨ªa en 2005). Por eso, porque en aquella ocasi¨®n el recurso del Ejecutivo cay¨® en saco roto, el Gobierno actual ha dudado hasta ahora si recurrir o no esta vez la resoluci¨®n del Parlamento de Catalu?a. Se arriesga a que un segundo fracaso ante el Constitucional sea utilizado por los partidos nacionalistas como arma pol¨ªtica para hacerse fuertes y seguir planteando desaf¨ªos ¡ªret¨®ricos o no¡ª a la Constituci¨®n en sus Parlamentos auton¨®micos.
Pero, a pesar de las semejanzas entre el plan Ibarretxe y la resoluci¨®n catalana, se trata de casos jur¨ªdicamente diferentes, por lo siguiente:
El Gobierno aleg¨® en 2003 lo mismo que sostiene ahora: que la soberan¨ªa reside en ¡°el pueblo espa?ol¡± en su conjunto, seg¨²n el art¨ªculo 1 de la Constituci¨®n, y que, por lo tanto, cualquier texto oficial que pretenda trocearla debe ser declarado inconstitucional y anulado. Por eso, pidi¨® al Constitucional que paralizara la tramitaci¨®n del plan del Gobierno vasco ¡ªuna nueva propuesta de Estatuto, mucho m¨¢s prolija y compleja que la resoluci¨®n catalana, pero apoyada sobre el mismo pilar soberanista¡ª en la C¨¢mara auton¨®mica.
El alto tribunal dictamin¨® en contra del Gobierno ¡ªpor la m¨ªnima: siete votos a cinco¡ª el 20 de abril de 2004. Sin entrar a valorar el contenido del plan Ibarretxe, autoriz¨® que fuera debatido en el Parlamento de Euskadi y que pudiese cumplirse as¨ª ¡°la l¨®gica del sistema democr¨¢tico, uno de cuyos fundamentos consiste en que el Parlamento es la sede natural del debate¡±. Pero el razonamiento jur¨ªdico para tumbar el recurso fue otro: el Constitucional record¨® que, seg¨²n el art¨ªculo 161.2 de la Constituci¨®n, el Gobierno central puede impugnar ¡°disposiciones y resoluciones¡± de las comunidades aut¨®nomas; y el plan Ibarretxe no era ni una ¡°disposici¨®n¡± ni una ¡°resoluci¨®n¡±, sino solo una ¡°propuesta¡± para abrir un debate; o, dicho de otra forma, era el tr¨¢mite inicial de una iniciativa que, solo cuando concluyese, podr¨ªa considerarse recurrible por el Gobierno.
Esa es una diferencia clave con el caso catal¨¢n. La resoluci¨®n que el pasado d¨ªa 23 aprob¨® el Parlamento de Catalu?a, y que declara ¡°sujeto pol¨ªtico y jur¨ªdico soberano¡± al pueblo catal¨¢n, es exactamente eso: una ¡°resoluci¨®n¡±. Tiene principio y fin en s¨ª misma. No es el acto administrativo de inicio de un debate, sino un texto con peso espec¨ªfico propio. Aparentemente, por tanto, entra en el cat¨¢logo de disposiciones que el Gobierno central puede impugnar.
Por el momento, la Abogac¨ªa del Estado ya ha concluido en su informe que la resoluci¨®n del Parlamento de Catalu?a s¨ª es recurrible (se desconoce a¨²n con qu¨¦ argumentos, porque el documento no se ha hecho p¨²blico). El Gobierno ¡ªque ahora va a recabar la opini¨®n del Consejo de Estado¡ª puede hacer caso a ese informe o no. La decisi¨®n final ser¨¢ pol¨ªtica y la tomar¨¢ el presidente, Mariano Rajoy.
La resoluci¨®n soberanista catalana no es, sin embargo, la primera de ese tenor que sale adelante en la C¨¢mara auton¨®mica (aunque s¨ª la que m¨¢s lejos ha ido). El Parlamento de Catalu?a ha aprobado al menos siete mociones o resoluciones muy parecidas en los ¨²ltimos 25 a?os. En algunas de ellas se declaraba el ¡°derecho de autodeterminaci¨®n¡± de Catalu?a, en otras, su ¡°derecho a decidir¡±. Ninguna fue recurrida por el Gobierno, ni con el PP ni con el PSOE al frente.
Ocurre que ninguna de esas resoluciones lleg¨® a calificar al ¡°pueblo catal¨¢n¡± de ¡°sujeto pol¨ªtico y jur¨ªdico soberano¡±, como ha sucedido ahora, aunque en 2011 la C¨¢mara auton¨®mica hizo algo muy cercano a eso: se autoproclam¨® ¡°sede de la soberan¨ªa del pueblo de Catalu?a¡±.
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