El Consejo de Estado discutir¨¢ hoy la declaraci¨®n soberanista de Catalu?a
El informe servir¨¢ de base al Gobierno para decidir si recurre al Constitucional el texto
![Artur Mas aplaude tras la aprobación de la declaración soberanista.](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/MHZEVZWJXYKA46ZC62FTO5KQMU.jpg?auth=b2247a14a48f4c6a8f2260f3eed16a5c18bc7ecd07a0b319c349daedc789c96f&width=414)
El Consejo de Estado discutir¨¢ este jueves la declaraci¨®n de soberan¨ªa aprobada por el Parlamento de Catalu?a. El informe que emitan servir¨¢ de base al Gobierno para decidir si recurre al Tribunal Constitucional la citada declaraci¨®n.
A pesar de que la Comisi¨®n Permanente del Consejo de Estado ha incluido este punto en el orden del d¨ªa, eso no implica que vaya a haber un informe definitivo hoy mismo. Por lo pronto, la Abogac¨ªa del Estado ha apreciado argumentos favorables para interponer el recurso de inconstitucionalidad, seg¨²n explic¨® hace poco m¨¢s de dos semanas la vicepresidenta, Soraya S¨¢enz de Santamar¨ªa.
En su comparecencia tras el Consejo de Ministros, Santamar¨ªa inform¨® de que el Consejo de Ministros hab¨ªa acordado solicitar a la Comisi¨®n Permanente del Consejo de Estado la emisi¨®n con car¨¢cter urgente de un dictamen con respeto a la procedencia de la impugnaci¨®n de la resoluci¨®n del Parlamento de Catalu?a.
La vicepresidenta asegur¨® entonces que el hecho de que los servicios jur¨ªdicos del Estado hayan apreciado argumentos favorables para recurrir ante el Constitucional la declaraci¨®n de soberan¨ªa es un "punto muy determinante".
Seg¨²n dijo Santamar¨ªa, se trata de una resoluci¨®n que agota "lo que es el procedimiento de decisi¨®n en s¨ª mismo" y supone "la apertura de un procedimiento m¨¢s amplio". La vicepresidenta insisti¨®, adem¨¢s, en que la Abogac¨ªa considera que tiene "efectos jur¨ªdicos" porque reconoce como sujeto de soberan¨ªa al pueblo catal¨¢n.
De acuerdo con el informe de la Abogac¨ªa, la declaraci¨®n del Parlamento catal¨¢n es inconstitucional por vulnerar lo dispuesto en los art¨ªculos de la Constituci¨®n 1.2 y 2, en los que se establece la unidad de la patria espa?ola y se precisa que la soberan¨ªa nacional reside en el pueblo espa?ol.
Tambi¨¦n se alude al art¨ªculo 9, que somete a la Constituci¨®n a todos los poderes p¨²blicos, con independencia de su ¨¢mbito, y el art¨ªculo 168. En este ¨²ltimo se determina la necesidad de que las Cortes aprueben por mayor¨ªa de dos tercios cualquier modificaci¨®n de la Constituci¨®n que afecte al T¨ªtulo preliminar, al Cap¨ªtulo segundo, Secci¨®n primera del T¨ªtulo I, o al T¨ªtulo II.
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