El Supremo insin¨²a que el fiscal del ¡®caso Camps¡¯ actu¨® con poco celo
El tribunal defiende la importancia de la acci¨®n popular cuando el ministerio p¨²blico no es suficientemente activo
En la sentencia sobre el caso Camps por la que el Tribunal Supremo ratifica el veredicto de absoluci¨®n del jurado, el alto tribunal defiende la legitimidad de la acci¨®n popular para recurrir una decisi¨®n de este tipo aunque no lo haga el fiscal. El expresidente de la Generalitat Francisco Camps trat¨® de que no se admitiera el recurso de casaci¨®n contra su absoluci¨®n precisamente porque lo hab¨ªan presentado solo un grupo de diputados socialistas valencianos en ejercicio de la acusaci¨®n popular. Pero el alto tribunal concluy¨® que los recurrentes estaban plenamente legitimados. No solo eso. La resoluci¨®n habla de la importancia de la acci¨®n popular en los casos en los que la Fiscal¨ªa no ejerce la acusaci¨®n con suficiente intensidad.
La sentencia, cuyo fallo se avanz¨® el 9 de abril, y que adoptan los magistrados de la Sala de lo Penal Carlos Granados, Juan Ram¨®n Berdugo, Manuel Marchena y Antonio del Moral ¡ªcon el voto discrepante de Joaqu¨ªn Gim¨¦nez¡ª, habla en general y no espec¨ªficamente sobre Camps en este punto. Pero deja caer que, ¡°en el momento actual¡±, la acci¨®n popular ¡°puede asumir un importante papel en la persecuci¨®n de aquellos delitos que pueden infringir un bien perteneciente a la esfera o patrimonio social, con respecto a los cuales se ha podido observar un escaso celo por parte del Ministerio Fiscal a la hora de ejercitar la acci¨®n y sostener la acusaci¨®n penal¡±.
La sentencia habla, adem¨¢s, de otro de los temas m¨¢s pol¨¦micos del veredicto del jurado que absolvi¨® a Camps: la falta de motivaci¨®n suficiente del porqu¨¦ se lleg¨® a la conclusi¨®n de que este era inocente cuando en la causa obraban m¨²ltiples pruebas, seg¨²n el parecer de los recurrentes, de que el expresidente y Ricardo Costa hab¨ªan recibido m¨²ltiples regalos de la trama G¨¹rtel.
Absuelto sin argumentos
El magistrado Joaqu¨ªn Gim¨¦nez Garc¨ªa considera en un voto particular que la sentencia absolutoria de Camps es ¡°nula de pleno derecho¡± por su ¡°clamorosa¡± falta de argumentaci¨®n. Gim¨¦nez explica que el magistrado que presidi¨® el juicio se limit¨® ¡°sin m¨¢s¡± a levantar ¡°un acta¡± de lo decidido por los miembros del jurado, sin armar un razonamiento de su resoluci¨®n ni justificar el fallo. Y cree que debi¨® haber un mayor esmero en explicar el porqu¨¦ de la absoluci¨®n ante ¡°la falta de convicci¨®n¡± que expres¨® el jurado sobre si Camps particip¨® o no en los hechos juzgados. El discrepante sugiere que la sentencia no cumple el ¡°est¨¢ndar exigible a toda resoluci¨®n judicial¡± para garantizar ¡°la legitimidad de la decisi¨®n¡±, y que por ello debi¨® ser devuelta a su redactor para que motivase la absoluci¨®n.
Los cuatro magistrados consideran que no hab¨ªa contradicci¨®n en el relato de hechos planteado por el jurado y que estos se limitaron a valorar las pruebas de una forma determinada. El Supremo habla de la ¡°dosis¡± necesaria de motivaci¨®n que debe sustentar las ¡°afirmaciones o negaciones del jurado¡±. Y opina que, de las tres opciones posibles ¡ªque hace falta incluir una ¡°descripci¨®n detallada, minuciosa y cr¨ªtica de la interioridad del proceso psicol¨®gico que conduce a dar por probados o no los hechos"; que no es necesaria ninguna precisi¨®n; y que el jurado debe individualizar las pruebas y otros elementos de convicci¨®n pero sin mucha profundidad¡ª, la m¨¢s ¡°razonable¡± es la intermedia.
Se?ala el alto tribunal que ¡°cuando se trata de sentencias dictadas por el tribunal del jurado no puede exigirse a los ciudadanos que lo integran el mismo grado de razonamiento intelectual y t¨¦cnico que debe exigirse al juez profesional¡±. Considera que ¡°no es necesario que el jurado haga una ponderaci¨®n argumentada de los medios de prueba, sino que ponga en conocimiento del p¨²blico, del acusado, y eventualmente del tribunal que tenga facultades para revisar el fallo, los elementos que permitan juzgar sobre la racionalidad del juicio realizado¡±. ?Y c¨®mo se hace esto? ?Hasta d¨®nde tiene que detallar estos elementos? Seg¨²n la sentencia ¡ªque cita abundante jurisprudencia¡ª, ¡°basta con la enumeraci¨®n de los medios de prueba de los que el jurado ha partido¡±.
En resumen, la motivaci¨®n que se exige a un jurado es ¡°bastante menos exigente¡± que la que rige para los dem¨¢s tribunales. Si al jurado no es posible exigirle ¡°un juicio t¨¦cnico¡±, ¡°tampoco cabe esperar de ¨¦l un an¨¢lisis depurado de los distintos elementos de prueba y la razonada valoraci¨®n sint¨¦tica del conjunto¡±. A mayor abundamiento, seg¨²n los cuatro magistrados, las sentencias absolutorias ¡ªcomo la de Camps¡ª necesitan de menor motivaci¨®n que las de culpabilidad.
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