El Tribunal Supremo aplica la ¡®doctrina Parot¡¯ al etarra Txikierdi
El etarra Lasa Mitxelena recurri¨® la prolongaci¨®n del tiempo en prisi¨®n Es la primera aplicaci¨®n desde el fallo del Tribunal de Estrasburgo
El Supremo ha aplicado al etarra Juan Lorenzo Lasa Mitxelena, Txikierdi, condenado por varios asesinatos y otros atentados, la llamada doctrina Parot, seg¨²n la cual aunque se le acumulen la penas hasta un m¨¢ximo cumplimiento de 30 a?os esto no afectar¨¢ a los beneficios penitenciarios. En una sentencia conocida hoy el Tribunal Supremo rechaza el recurso que el terrorista present¨® contra la decisi¨®n de la Audiencia Nacional de aplicarle este modo de contabilizar las penas, el cual sigue la llamada doctrina Parot. Es la primera ocasi¨®n en que el Supremo aplica esta doctrina desde que el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, sentenciase contra esta prolongaci¨®n de condena, aunque el fallo a¨²n no es definitivo.
Esta doctrina, en suma, retrasa que el etarra puede acceder a permisos penitenciarios y a otras posibilidades de salir de la c¨¢rcel. La Sala Penal de la Audiencia Nacional acumul¨® las penas de Mitxelena y fij¨® el l¨ªmite m¨¢ximo de cumplimiento de sus condenas en 30 a?os de prisi¨®n.
Sin embargo, a?adi¨® que los beneficios penitenciarios y la prisi¨®n preventiva abonable respecto de cada uno de ellos se le deb¨ªan aplicar individualmente, como establece la doctrina que el Supremo dict¨® a partir del caso de otro hist¨®rico etarra, Henry Parot.
Es decir, que el l¨ªmite de treinta a?os se aplica solo al cumplimiento de las penas, pero no es una nueva condena a la que aplicar los beneficios penitenciarios, que no se descontar¨¢n desde los 30 a?os, sino desde cada una de las condenas, cuyas penas suman much¨ªsimos m¨¢s a?os de c¨¢rcel.
Estos habr¨¢n de aplicarse sucesivamente, por orden de gravedad, a cada de las penas hasta alcanzar ese l¨ªmite, a partir del cual se tendr¨¢n por cumplidas todas.
El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo ha sentenciado en contra de la doctrina Parot, aunque este fallo no es definitivo, dado que est¨¢ pendiente de un recurso presentado por Espa?a.
El magistrado Joaqu¨ªn Gim¨¦nez ha formulado un voto particular en contra del fallo de la mayor¨ªa de la Sala Penal del Supremo y a favor del recurso del condenado por su desacuerdo con la doctrina en s¨ª y porque la considera "severamente limitada" por el Tribunal de Estrasburgo.
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