Dos magistrados critican el modelo de independencia y la falta de transparencia
Luis Ortega y Fernando Vald¨¦s presentaron votos particulares al aval que otorga el pleno a Cobos
Los votos particulares que presentaron los magistrados Luis Ortega y Fernando Vald¨¦s, ambos pertenecientes al sector progresista, esgrimen argumentos diferentes. El de Ortega hace especial incidencia en el ¡°nuevo modelo de independencia¡± que se determina para el Tribunal Constitucional tras el aval que la mayor¨ªa otorg¨® a su presidente, Francisco P¨¦rez de los Cobos, por compaginar su militancia en el PP con su cargo como magistrado. El de Vald¨¦s, expone c¨®mo el procedimiento elegido por la mayor¨ªa ha hurtado la posibilidad de un debate en profundidad y sostiene que el tr¨¢mite no favorece la percepci¨®n p¨²blica sobre la imparcialidad e independencia del tribunal. ¡°La p¨¦rdida de prestigio de una instituci¨®n viene de la mano de su p¨¦rdida de confianza¡±, afirma.
Ortega califica el enjuiciamiento de ¡°superficial¡±, ya que este se ha producido sobre recortes de prensa, sin que el tribunal haya certificado ni la militancia de Cobos en el PP ni su baja. ¡°En el ¨¢mbito de la independencia judicial las apariencias son muy importantes¡±, afirma. Y profundiza en su consideraci¨®n de que la afiliaci¨®n pol¨ªtica y la pertenencia al Constitucional no deber¨ªan ser compatibles: ¡°La regla de independencia es la regla sustantiva de la legitimaci¨®n de la funci¨®n jurisdiccional, mientras que las reglas de incompatibilidad son reglas auxiliares¡±, alega. Adem¨¢s, el magistrado sostiene que ¡°legitimar comportamientos individuales supone una irrecuperable deslegitimaci¨®n de las funciones constitucionalmente encomendadas a este tribunal¡±. ¡°Suficiente sombra de sospecha sobre la independencia del tribunal se produce en virtud de los procedimientos de nombramiento de sus magistrados¡±, afirma el magistrado.
Ortega apunta que el auto en el que se rechaza la recusaci¨®n de P¨¦rez de los Cobos provoca un nuevo modelo de independencia para el tribunal con un ¡°excesivo cambio de criterio¡±. As¨ª, se refiere al caso del ahora exmagistrado Pablo P¨¦rez Tremps, apartado de la deliberaci¨®n del Estatut de Catalu?a por haber realizado un trabajo previo. Entonces, seg¨²n Ortega, ¡°una postura cient¨ªfica constituy¨® un elemento objetivo¡± y, en cambio, ahora, ¡°la afinidad pol¨ªtica de un magistrado con una de las partes procesales no es motivo para entender que los recusantes tengan una duda objetivamente justificada¡±.
La ¨²nica v¨ªa de garantizar los valores de independencia, transparencia, imparcialidad, confianza y credibilidad era, seg¨²n Fernando Vald¨¦s, haber admitido a tr¨¢mite las recusaciones para debatirlas en profundidad. El magistrado expone, adem¨¢s, que la inadmisi¨®n de los recursos presentados por las instituciones catalanas ¡°no favorece la percepci¨®n p¨²blica sobre la imparcialidad e independencia¡±, Vald¨¦s a?ade.
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