Rechazada la querella contra Marlaska por aplicar r¨¢pido el ¡®fallo Parot¡¯
Manos Limpias acus¨® al juez de un delito de prevaricaci¨®n
El Tribunal Supremo ha rechazado la querella presentada por Manos Limpias contra el presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Fernando Grande-Marlaska, a quien acus¨® de un delito de prevaricaci¨®n por la r¨¢pida aplicaci¨®n del fallo Parot del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, que supuso la puesta en libertad de la etarra In¨¦s del R¨ªo, al haber cumplido, con creces, su condena.
Grande-Marlaska convoc¨® a los magistrados de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional un d¨ªa despu¨¦s de conocerse la sentencia que declar¨® ilegal la aplicaci¨®n retroactiva de la forma de computar los beneficios penitenciarios.
El Tribunal Supremo rechaza la acusaci¨®n indicando que la posici¨®n adoptada por la Audiencia Nacional coincidi¨® con la adoptada por el propio Supremo, ¡°de modo que no puede ser objetivamente il¨ªcita¡±, a lo que a?ade que ¡°nunca ser¨¢ delito dicha temporalidad¡±, en respuesta la r¨¢pida aplicaci¨®n de la jurisprudencia de Estrasburgo. El auto del Supremo hace referencia a que la sentencia de Estrasburgo ¡°ha sido objeto de todo tipo de opiniones tanto jur¨ªdicas como sociales, leg¨ªtimamente planteadas en el plano del debate p¨²blico¡±, aunque estas son irrelevantes para la resoluci¨®n de rechazar la querella.
Cauce para el TEDH
Hasta ahora, la legislaci¨®n espa?ola no marcaba los cauces para la ejecuci¨®n de las sentencias del Tribunal de Derechos Humanos (TEDH). Tras la decisi¨®n de la Audiencia Nacional de poner en libertad a In¨¦s del R¨ªo y a los etarras que apelaron a la jurisprudencia de Estrasburgo, el Supremo hizo un llamamiento para que se regulara el procedimiento. Ahora, el Ministerio de Justicia ha incluido, en la reforma de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, la que ser¨¢ la f¨®rmula para hacerlas efectivas. El texto se?ala que ante los fallos de Estrasburgo en los asuntos en los que Espa?a haya sido parte demandada y en que se declare la violaci¨®n de un derecho se presentar¨¢ un recurso de revisi¨®n ante el Tribunal Supremo en el caso de sentencias firmes. Fuentes de Justicia indicaron que la falta de un cauce dificultaba la ejecuci¨®n de las sentencias, aunque precisaron que no planteaba problemas cuando afectaban a la propia ejecuci¨®n de una sentencia y acordaba una excarcelaci¨®n.
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