Condenado un abogado a indemnizar a dos v¨ªctimas de la tragedia de Biescas
El letrado tard¨® dos a?os en informar a sus clientes de que se hab¨ªa archivado el proceso penal
El Tribunal Supremo ha condenado al abogado Juan Antonio Fern¨¢ndez Jim¨¦nez y a la aseguradora HCC a indemnizar con 841.214 euros a dos de las v¨ªctimas de la tragedia de Biescas, causada por una riada que en 1996 mat¨® a 87 personas e hiri¨® a otras 183. El Supremo, que revoca una sentencia de la Audiencia de Tarragona favorable al letrado, cree que este actu¨® con negligencia al tardar casi dos a?os en comunicar a sus clientes el sobreseimiento del proceso penal. Este retraso impidi¨® a los demandantes reclamar indemnizaciones por la v¨ªa contencioso-administrativa, algo que s¨ª pudieron hacer el resto de los afectados por la cat¨¢strofe. Los demandantes, un hombre y una mujer, perdieron a sus respectivos c¨®nyuges y a una hija cada uno en la riada.
El fallo asegura que el letrado demandado ¡°vulner¨® las reglas de su profesi¨®n al incumplir la obligaci¨®n de informar a sus clientes, priv¨¢ndoles en definitiva del conocimiento del cierre del proceso penal y de la posibilidad de encauzar desde ese instante su reclamaci¨®n¡±. El condenado les aboc¨® ¡°a una situaci¨®n de incertidumbre que frustr¨® las l¨®gicas expectativas de quien conf¨ªa a un abogado la defensa de sus intereses¡±.
En 2005 la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional declar¨® la responsabilidad patrimonial del Estado y de la Diputaci¨®n de Arag¨®n en la riada e impuso indemnizaciones por un total de 11,26 millones de euros a las v¨ªctimas que reclamaron. Sin embargo, los clientes de Juan Antonio Fern¨¢ndez Jim¨¦nez no se personaron en este segundo proceso, el contencioso administrativo, por culpa de su abogado, quien, al no informarlas del sobreseimiento, dio lugar a que prescribiera su acci¨®n de responsabilidad patrimonial contra la Administraci¨®n.
420.000 euros
Durante el juicio, el abogado neg¨® haber tenido responsabilidad y sostuvo que el plazo del recurso de sus clientes para pedir la indemnizaci¨®n a la administraci¨®n deb¨ªa comenzar a contar desde la fecha de comunicaci¨®n del auto que desestimaba el caso, y no desde la fecha de ese auto.
En virtud del fallo de la Audiencia Nacional, a cada uno les habr¨ªa correspondido una indemnizaci¨®n de 420.607 euros. Esta misma cantidad ha impuesto ahora el Supremo al abogado de las dos v¨ªctimas y a su compa?¨ªa aseguradora.
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