El tribunal castrense revoca los procesamientos por torturas en Irak
La justicia militar utiliza la misma doctrina que Bush en Guant¨¢namo
El tribunal militar territorial primero ha revocado el procesamiento de cinco militares espa?oles por un presunto delito de torturas contra dos iraqu¨ªes detenidos en Base Espa?a, Diwaniya (Irak), en 2004. Y no lo ha hecho porque crea que el v¨ªdeo difundido en marzo de 2013 por EL PA?S ¡ªen el que se ve c¨®mo tres militares patean con sa?a a dos iraqu¨ªes indefensos encerrados en una celda bajo la mirada de otros tres¡ª no es ver¨ªdico. O porque dude de la identificaci¨®n de los presuntos responsables ¡ªun capit¨¢n, actualmente destinado en el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), dos cabos, uno de la Legi¨®n y otro de la Guardia Civil, y dos guardias civiles, entonces legionarios¡ª realizada por la titular del juzgado togado militar territorial 12, Patricia Moncada, tras m¨¢s de un a?o de investigaci¨®n. Ni tampoco porque minimice ¡°la incuestionable gravedad del presunto delito cometido¡±, sino por la ¡°indefinici¨®n de la condici¨®n de las v¨ªctimas del delito¡±: los dos detenidos objeto de la brutal paliza.
El tribunal rechaza la pretensi¨®n de los acusados de que no se les aplicara un delito contra las leyes y usos de la guerra con el argumento de que Espa?a nunca declar¨® formalmente la guerra a Irak. Afirma que la declaraci¨®n de guerra es ¡°una decisi¨®n pol¨ªtica que se plasma en un acto gubernamental y que no prejuzga lo que pudieran hacer los tribunales de justicia atendiendo a la real situaci¨®n de las tropas en dicho territorio¡±. Recuerda adem¨¢s, que los convenios de Ginebra, que imponen la obligaci¨®n de proteger a los civiles y a quienes ya no participen en acciones armadas (prisioneros o heridos) se aplican al margen de que exista o no una declaraci¨®n formal por ruptura de hostilidades.
Los jueces castrenses sospechan que las v¨ªctimas podr¨ªan ser terroristas
Alega que, de serlo, no se les aplicar¨ªan los convenios de Ginebra
Sin embargo, en una sorprendente interpretaci¨®n, el tribunal asegura que el ¨¢mbito de protecci¨®n de los convenios de Ginebra, base del derecho internacional humanitario, ¡°alcanza a los prisioneros de guerra y al personal civil, pero en ning¨²n caso a los terroristas¡±. Y sugiere la posibilidad de que las v¨ªctimas de los malos tratos fuesen los ¡°tres presuntos terroristas¡± que, seg¨²n el auto de procesamiento, fueron trasladados el 27 de enero de 2004 al centro de detenci¨®n de Base Espa?a, ¡°supuestamente implicados en un ataque con morteros contra Base Tegucigalpa¡±, acuartelamiento del contingente centroamericano.
El hecho de que ¡°no exista certeza sobre la condici¨®n de los agredidos [el que fuesen prisioneros, civiles o terroristas], la incertidumbre razonable sobre la aplicaci¨®n [a los mismos] de los convenios de Ginebra¡±, e incluso sobre ¡°la normativa que deb¨ªan cumplir las Fuerzas Armadas espa?olas en cuanto al tratamiento de los detenidos¡± llevan al tribunal a considerar que la juez se precipit¨® al dictar el auto de procesamiento, que revoca.
La idea de que los convenios de Ginebra no se aplican a los presuntos teroristas no es nueva. Fue la doctrina aplicada por el presidente George W. Bush para poner en marcha el campo de reclusi¨®n de Guant¨¢namo (Cuba). La Administraci¨®n estadounidense consider¨® que los detenidos en Irak o Afganist¨¢n no eran prisioneros sino ¡°combatientes enemigos ilegales¡±, por lo que se neg¨® a aplicarles los convenios de Ginebra y los puso bajo jurisdicci¨®n de comisiones militares creadas ad hoc. Sin embargo, el Supremo de EE UU desmont¨® en 2006 esta interpretaci¨®n, sentenciando que las comisiones militares eran ilegales y que los convenios de Ginebra se aplicaban en Guant¨¢namo.
La p¨¦rdida del libro de detenidos impide identificar a los maltratados
El auto sugiere pasar el caso a la justicia civil, donde estar¨ªa prescrito
El tribunal militar espa?ol no pretende que los malos tratos, que en ning¨²n momento niega, queden impunes. Ordena a la juez que siga investigando para determinar qui¨¦nes eran las dos v¨ªctimas. Pero se trata de una tarea casi imposible, pues el Estado Mayor del Ej¨¦rcito de Tierra ha comunicado ya al juzgado que no encuentra el libro donde se registraron las identidades de los detenidos por las tropas espa?olas en Irak. Consciente de ello, el propio tribunal anticipa que ¡°en caso de persistir la indefinici¨®n de la condici¨®n¡± de las v¨ªctimas de los malos tratos, ¡°el Ministerio Fiscal pudiera pronunciarse sobre la competencia de la jurisdicci¨®n¡±.
Los jueces militares sugieren as¨ª la posibilidad de que el caso pase a la jurisdicci¨®n ordinaria y se?alan, incluso, los art¨ªculos que ser¨ªan aplicables: el 609 y el 174 del C¨®digo Penal com¨²n. En vez del art¨ªculo 76 del C¨®digo Penal Militar, que es el que ha aplicado la juez y que, seg¨²n el tribunal, requiere ¡°la existencia de una situaci¨®n real de guerra¡±, aunque sea no declarada.
El art¨ªculo 609 del C¨®digo Penal ordinario castiga a quien, ¡°con ocasi¨®n de un conflicto armado, maltrate de obra o ponga en grave peligro la vida, la salud o la integridad de cualquier persona protegida¡± o ¡°la haga objeto de tortura o tratos inhumanos¡±. Casi lo mismo que se?ala el 76 del C¨®digo Penal Militar. Pero el delito com¨²n se castiga con una pena m¨¢xima de ocho a?os de prisi¨®n, y es probable que est¨¦ ya prescrito, mientras que el delito militar se castiga con 10 a 25 a?os de c¨¢rcel y es improbable que lo est¨¦.
"Hay indicios suficientes"
El tribunal revoca el procesamiento de todos los procesados, por desconocer la identidad de las v¨ªctimas, pero eso no significa que les exonere de responsabilidad. ¡°Existen datos objetivos suficientes en cuanto a su perpetraci¨®n y la gravedad del il¨ªcito penal¡±, admite. Con alguna excepci¨®n. Tal como propuso el fiscal, exonera a uno de los legionarios, defendido por el Gabinete Su¨¢rez-Vald¨¦s, que en el v¨ªdeo observa c¨®mo sus compa?eros golpean a los dos iraqu¨ªes, pero sin llegar a intervenir. El delito del que podr¨ªa ser acusado ¡ªla falta de denuncia¡ª habr¨ªa prescrito.
Su situaci¨®n es similar a la del legionario J. M. C. R., que film¨® la agresi¨®n. Se trata de uno de los testigos clave, seg¨²n reconoce el propio tribunal. El abogado de los tres militares autores materiales de la brutal paliza ¡ªun excoronel de la Legi¨®n¡ª intent¨® invalidar su testimonio asegurando que la juez, que acabar¨ªa exculp¨¢ndolo, dict¨® su prisi¨®n preventiva para presionarlo, pero el tribunal recuerda que prest¨® declaraci¨®n ¡°con todas las garant¨ªas¡±. Igualmente avala la realizaci¨®n de escuchas telef¨®nicas, ¡°adecuada y necesaria, bajo control judicial¡±, y rechaza que las noticias publicadas por El PA?S (que aport¨® el v¨ªdeo al juzgado) pudieran ¡°amedrentar a los imputados¡±.
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