El Supremo condena a Arag¨®n por expulsar a un autista del instituto
La sentencia se?ala que se infringi¨® el derecho a la educaci¨®n del joven El afectado no podr¨¢ volver al centro porque ahora tiene 23 a?os
El Tribunal Supremo ha confirmado que el Gobierno de Arag¨®n vulner¨® el derecho a la educaci¨®n de un joven con autismo, expulsado de un instituto en Huesca cuando sus padres se negaron a administrarle medicamentos por los problemas que ten¨ªa. La sentencia ¡ªque ratifica un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Arag¨®n (TSJA) de 2013¡ª no obliga a la Administraci¨®n a readmitir al afectado en el centro educativo, ya que ahora tiene 23 a?os.?
El joven, con una discapacidad por autismo, estudiaba en un aula de educaci¨®n especial de un instituto de Huesca desde el curso 2007-2008. Los antecedentes de la sentencia recogen que su escolarizaci¨®n dio buenos resultados hasta 2011. Ese a?o se agravaron los "episodios agresivos" que sufr¨ªa, entre otras razones, por el cambio de las pautas educativas y del personal que dirig¨ªa el programa; en particular, de su tutora, la ¨²nica integrante permanente del equipo que hab¨ªa atendido al alumno.
Fue entonces cuando la direcci¨®n del centro pidi¨® a los padres del estudiante una "garant¨ªa psiqui¨¢trica", que implicaba someterlo a un tratamiento con medicamentos antipsic¨®ticos, que incluso algunos t¨¦cnicos de la propia Administraci¨®n consideraban contraindicados.
Los padres se negaron y el joven qued¨® fuera del instituto a mitad de curso. Acudieron a los tribunales, el?TSJA les dio la raz¨®n y ahora el Supremo confirma esa decisi¨®n, al rechazar el recurso interpuesto por la Comunidad de Arag¨®n contra el fallo del tribunal regional.
La decisi¨®n del Supremo servir¨¢ como jurisprudencia de referencia para dict¨¢menes futuros en esta materia
El Supremo considera que la Administraci¨®n estaba obligada a ofrecer una alternativa educativa al alumno. Tambi¨¦n cuestiona que se haya supeditado la escolarizaci¨®n del joven ¡°a una decisi¨®n paterna no contemplada en protocolo alguno¡±, en referencia a la medicaci¨®n planteada, cuya eficacia no estaba comprobada.
La sentencia no establece la reintegraci¨®n del alumno en el programa educativo del que fue excluido porque, al dictarse, el joven ya hab¨ªa cumplido los 21 a?os. Sin embargo, la decisi¨®n servir¨¢ como jurisprudencia para otros dict¨¢menes en esta materia. El fallo, del 24 de noviembre pasado, ha sido difundido este viernes.
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