El Supremo endurece las penas por tener o difundir pornograf¨ªa infantil
El tribunal agrava las condenas para los casos especialmente degradantes y vejatorios
El Tribunal Supremo ha doblado la pena de c¨¢rcel impuesta a un hombre acusado de posesi¨®n y distribuci¨®n de pornograf¨ªa infantil al aplicarle la agravante que prev¨¦ la ley para los delitos de prostituci¨®n y corrupci¨®n de menores en casos especialmente degradantes y vejatorios. La sentencia del Supremo, que casa una anterior de la Audiencia Provincial, fija una nueva doctrina para estos casos al extender esta agravante a los que posean o distribuyan material pornogr¨¢fico, no solo a los que produzcan dicho material, como se aplicaba hasta ahora.
El C¨®digo Penal prev¨¦ penas de entre uno y cinco a?os de c¨¢rcel para los delitos de tenencia y distribuci¨®n de pornograf¨ªa infantil en los casos sin agravantes. Con la nueva doctrina establecida por el Supremo, la pena se eleva a entre cinco y nueve a?os. En el caso que ha dado lugar a esta sentencia, el tribunal ha condenado al autor a una pena de cinco a?os, frente a los dos a?os y cuatro meses que le hab¨ªa impuesto la Audiencia Provincial.
El caso lleg¨® al Supremo por el recurso interpuesto por el fiscal, que pidi¨® al alto tribunal que aplicara esta agravante debido a la violencia de las im¨¢genes que almacenaba y que hab¨ªa distribuido desde sus cuentas de correo el acusado. El aviso lleg¨® al grupo de delitos telem¨¢tico de la Guardia Civil del Departamento de Seguridad Interior de Estados Unidos, que alert¨® de que desde una cuenta de correo que operaba desde Espa?a se distribu¨ªan por internet archivos de imagen y video de menores ni?os practicando sexo con adultos.
La Guardia Civil localiz¨® al usuario de esa cuenta de correo en un piso del barrio de Aluche de Madrid, en cuyo registro encontraron m¨¢s de 700.000 archivos de contenido ped¨®filo en discos duros, DVDs y correos electr¨®nicos enviados desde el ordenador del acusado. Seg¨²n el relato recogido en la sentencia, entre estas im¨¢genes y v¨ªdeos hab¨ªa menores de tres a seis a?os, e incluso un beb¨¦, sometidos a pr¨¢cticas sexuales ¡°de extrema violencia, sadomasoquistas o con animales¡±.
Hasta ahora, las agravantes que prev¨¦ el c¨®digo penal para delitos de corrupci¨®n de menores que revistan una car¨¢cter ¡°particularmente degradante y vejatorio¡± y para el material pornogr¨¢fico que represente a ni?os o discapacitados que son v¨ªctima de violencia f¨ªsica o sexual, sol¨ªa aplicarse solo para los que elaboran ese material. Sin embargo, el Supremo considera que puede tambi¨¦n extenderse a los que lo almacenen o difundan, seg¨²n la sentencia de la sala de lo Penal de la que ha sido ponente C¨¢ndido Conde-Pumpido y que firman tambi¨¦n los magistrados Andr¨¦s Mart¨ªnez Arrieta, Antonio del Moral, Andr¨¦s Palomo y Perfecto Andr¨¦s .
El tribunal admite que todos los casos de utilizaci¨®n de menores para elaborar material pornogr¨¢ficos son en s¨ª mismos degradantes y vejatorios, por lo que para aplicar la doctrina fijada ahora el juez tendr¨¢ que argumentar por qu¨¦ los hechos adquieren ¡°especialmente¡± ese car¨¢cter y que la descripci¨®n de las im¨¢genes que se recojan en la sentencia permita apreciarlo de manera objetiva por el contenido ¡°aberrante¡± de las pr¨¢cticas a las que se sometan a los menores.
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